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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (27/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de febrero de 2013 488690 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 906096-1 Autorizan Crédito Suplementario a favor del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 DECRETO SUPREMO Nº 042-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27329 se declara de necesidad pública la expropiación de inmuebles de dominio privado adyacentes al Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez” a fi n de realizar obras de ampliación y mejoramiento del citado aeropuerto; siendo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones el sujeto activo de la expropiación materia de dicha ley; Que, en el numeral 10.3 de las Bases Consolidadas de la Licitación Pública Especial Internacional para la Concesión del Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez”, se establece la forma en la que deberán ser destinados los recursos provenientes de la Retribución del Aeropuerto, señalando que: i) durante los tres primeros años, los recursos serán destinados íntegramente a fi nanciar la inversión, mantenimiento y operación de los demás aeropuertos administrados por CORPAC S.A. y que ii) a partir del tercer año, el 80% sería destinado a este fi n y el 20% restante debería destinarse al pago del justiprecio por la expropiación de los terrenos del AIJCH; Que, el 14 de febrero de 2001 se suscribió el Contrato de Concesión del Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez” entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en calidad de Concedente y la Empresa Lima Airport Partners S.R.L. en calidad de Concesionario, estableciéndose en el referido Contrato la obligación del Concedente de hacer entrega al Concesionario del área requerida para la ampliación del Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez”; Que, el tercer párrafo de la Cláusula 5.23 del Contrato de Concesión del AIJCH que fue modifi cado con la Adenda 4 establece que “a efectos de cumplir con lo dispuesto en el citado numeral - referido a la ampliación del aeropuerto -, el Concedente se encuentra facultado a redistribuir los recursos provenientes de los ingresos generados por la concesión del AIJCH, a que se refi ere el numeral 10.3 de las Bases Consolidadas de la Licitación Pública