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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de febrero de 2013 488676 debate la aprobación del CAP Modifi cado del Gobierno Regional Moquegua. CONSIDERANDO: Que, estando a lo establecido en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, reformada por la Ley Nº 28607, en concordancia con Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por la Ley Nº 28926, el Gobierno Regional de Moquegua es persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; constituyendo para su administración económica y fi nanciera un Pliego Presupuestal; cuyos funcionarios y servidores se sujetan al régimen laboral general aplicable a la administración pública, conforme a ley; Que, mediante la Ley Nº 27803, se instituye un programa extraordinario de acceso al benefi cio de reincorporación o reubicación laboral para los ex trabajadores cesados mediante el procedimiento de ceses colectivos llevados a cabo en el marco del proceso de la inversión privada, considerados irregulares; a cuyo benefi cio se acogieron cinco ex trabajador del Gobierno Regional Moquegua, al encontrarse inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente; a cuyo propósito el Artículo 11º de dicha Ley, modifi cada por la Ley Nº 28299, establece que la reincorporación laboral se produce en plazas presupuestadas vacantes que se hubiesen generado a partir del 2002, hasta la conclusión efectiva del programa extraordinario de acceso a benefi cios. En tanto que la cuarta disposición complementaria, transitoria y fi nal de la Ley Nº 29059, precisa que el acceso y goce de los benefi cios del Programa Extraordinario no podrán ser restringidos ni limitados por el cumplimiento de requisitos o supuestos similares, siendo únicamente indispensable encontrarse inscrito en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente; resultando que el incumplimiento es causal de las sanciones y penalidades establecidas en el artículo 21º de la Ley Nº 27803 y su modifi catoria; Que, para atender las reincorporaciones; durante el ejercicio 2011 se solicitó al Ministerio de Economía y Finanzas una ampliación de Crédito Presupuestario para el pago de remuneraciones de los ex trabajadores que venían solicitando su reincorporación, así como la modifi cación presupuestaria; crédito que ha sido otorgado y con Ofi cio Nº 100-2012-MEF/50.07 la Dirección General de Presupuesto Público autoriza tal modifi cación, la cual se formaliza con Resolución Ejecutiva Regional Nº 225-2012-GR/MOQ, para luego hacer efectiva la reincorporación administrativa en Sede del Gobierno Regional Moquegua con Resolución Ejecutiva Regional Nº 172-2012-GR/MOQ; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 512-2010-GR/MOQ, del 11 de junio del 2010, se autoriza y aprueba la última actualización del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) 2010 de la sede del GRM, vía reordenamiento, sin que signifi que mayor asignación de recursos; contiendo 228 cargos, de los cuales 152 son presupuestados y 76 son previstos. Sin embargo a través de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 172-2012- GR/MOQ, se reincorpora a la carrera administrativa, a partir del 01 de febrero del 2012, en condición de personal nombrado de la Sede Administrativa del Gobierno Regional Moquegua, a cinco (05) ex trabajadores comprendidos en la Ley Nº 27803: señores Miguel Marcelino Rojas Huarca, Evaristo Luciano Calderón Padilla, José Luis Moreno Castillo, Víctor Guillermo Silva Barrera y Rodolfo Rolando Angles Montesinos; ocasionando la modifi cación de dicho CAP y por ende el PAP; Que, como consecuencia de las acciones antes mencionadas se ha producido la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal del Gobierno Regional de Moquegua; estando obligado a aprobar un nuevo CAP, conforme a lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 16º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM; documento de gestión institucional que se encuentra debidamente visado por el órgano responsable de su elaboración la Ofi cina de Desarrollo Institucional, así como por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Dirección Regional de Asesoría Jurídica; Siendo el Informe Nº 490-2012-GRPPAT/ G.R.MOQ de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, los informes Nº 0180, 0135 y 083-2012-ODI-GRPPAT/GR.MOQ de la Ofi cina de Desarrollo Institucional y el Informe Legal Nº 280-2012-DRAJ/GR.MOQ de la Dirección Regional de Asesoría Jurídica del GRM, así como el Ofi cio Nº 100- 2012-MEF/50.07 de la Dirección General de Presupuesto Público y el Informe Nº 353-2012-SGPH-GRPPAT/GR- MOQ, de la Sub Gerencia de Presupuesto y Hacienda del GRM, documentación sustentatoria de la modifi cación del CAP de la Sede del Gobierno Regional Moquegua; encontrándose apto para ser aprobado, conforme a lo que establecen los artículos 14º y 15º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM; para luego ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico de la Entidad; Por lo que, en uso de las atribuciones Conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; el consejo Regional con el voto por Mayoría de sus miembros y la dispensa de lectura y aprobación del acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL CAP DEL GRM Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación del Cuadro Para Asignación de Personal -CAP del Gobierno Regional de Moquegua; que consta de doscientos treinta y tres (233) cargos, de los cuales ciento cincuenta y siete (157) están Presupuestados y setenta y seis (76) continúan Previstos, de acuerdo a los cuadros Anexos que en cuatro (04) folios forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional Nº 512-2010-GR/MOQ, del 11 de junio del 2010, que aprobó la última actualización del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) 2010 de la sede del Gobierno Regional de Moquegua. Artículo Tercero.- Los cargos aprobados en el presente Cuadro de Asignación de Personal del Gobierno Regional de Moquegua, deberán ser cubiertos en estricta observancia a la normatividad legal vigente. Artículo Cuarto.- Esta Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano y en el portal electrónico de la Entidad incluyendo sus anexos Comuniqúese al señor Presidente de Gobierno Regional de Moquegua para su promulgación. Moquegua, a los veintinueve días del mes de Noviembre del año dos mil doce. PABLO F. RAMÍREZ DELGADO Consejero Delegado Consejo Regional Moquegua POR TANTO. Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Moquegua, a los diez días del mes de Diciembre del año dos mil doce. MARTIN A. VIZCARRA CORNEJO Presidente Regional 904961-1 Declaran de interés público regional las zonas prioritarias para la conservación de la biodiversidad en la Región Moquegua ORDENANZA REGIONAL Nº 29-2012-CR/GRM Fecha: 14 de diciembre del 2012 POR CUANTO: El Consejo Regional de Moquegua ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: