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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de febrero de 2013 488685 Etapa, encontrándose ésta registralmente califi cada como Rústico y situado en una Zona consolidada, conforme la inspección ocular y las fotografías correspondientes, existiendo en él edifi caciones, contando con los servicios básicos de agua, desagüe, energía eléctrica domiciliaria y pública, pistas y veredas; empero no obstante su situación consolidada desde hace varios años, no cuenta con habilitación urbana. Recomendándose que a fi n de sanear esta situación se proceda a dictar el acto administrativo que determine que dicha área sea declarada habilitada de ofi cio al amparo de lo dispuesto por el artículo 24º de la Ley Nº 29090, y en conformidad con la Ley Nº 29898, Ley que modifi ca la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones que establece el procedimiento de Habilitaciones Urbanas de Ofi cio; Que, mediante Informe Nº 406-2012-SGHUE-GDU/ MDA, de fecha 13 de Diciembre del 2012, la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, señala que cumple con los requisitos técnicos y los Planos Urbanos del Sector; Que, mediante Memorando Nº 642-2012-MDA/GDU de fecha 26 de Diciembre del 2012, la Gerencia de Desarrollo Urbano concordado con el Memorando Nº 630-2012-MDA/ GDU, el Informe Técnico Nº 2794-2012-SGHUE-GDU/ MDA/HBHR y el Informe Nº 353-2012-SGHUE-GDU/ MDA, determina la procedencia técnica y administrativa siendo factible la aprobación de la Habilitación Urbana de Ofi cio mediante Resolución de Alcaldía; Que, mediante Informe Nº 001-2013-MDA/GAJ de fecha 02 de Enero del 2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala se emita la Resolución de Alcaldía aprobando la Habilitación Urbana de Ofi cio del terreno de propiedad de la Asociación de Propietarios de la Urbanización “27 de Abril” del Distrito Ate Vitarte APRO- ABRIL; Que, Mediante Proveído Nº 033-2013/MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte la Resolución de Alcaldía respectiva, Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el artículo 4º de la Ordenanza Nº 223-MDA modifi cada por Ordenanza Nº 292-MDA y la Ley Nº 29898 ley que modifi ca la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones. RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR HABILITADO URBANO DE OFICIO el terreno con un área de 64,687.25 m2, correspondiente a la I ETAPA, que forma parte de un lote matriz de 70,421.95 m2, denominado SUB LOTE “E” que formó parte del Ex - Fundo Inquisidor y Pulido, lote 2, Zona Alta Sector “B” en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima, el mismo que fi gura inscrito en la Partida Electrónica Nº 1107473 del Registro de la Propiedad de Inmueble de Lima; por los fundamentos expuestos en la presente Resolución y la Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolución. La distribución del área del terreno cuya habilitación urbana de ofi cio que se aprueba es la siguiente: • AREA BRUTA TOTAL: 70,421.95 m2 • AREA BRUTA (I ETAPA) 64,687.25 m2 • AREA UTIL TOTAL: 35,242.32 m2 • AREA DE VIVIENDA: 31,943.32 m2 • AREA INDUSTRIA: 3,299.00 m2 • AREA DE VIAS: 29,024.33 m2 • AREA DE COMPENSACIÒN: 420.60 m2 • AREA BRUTA II ETAPA: 5,734.98 m2 (Área en Litigio Judicial pendiente de Habilitación Urbana) Artículo 2º.- PRECISAR que el terreno de la habilitación urbana de ofi cio correspondiente a la I ETAPA, tiene asignada la zonifi cación de Uso Residencial de Densidad Media “RDM” e Industria Liviana “12” , de conformidad con el Plano de Reajuste de Zonifi cación y Usos de Suelo para el Distrito de Ate, aprobado mediante Ordenanza Nº 1099-MML. Artículo 3º.- DETERMINAR que como resultado de la habilitación urbana que en este acto se declara, se obtiene doscientos cuarenta y seis (246) lotes, cuyas áreas, linderos y medidas perimétricas se detallan en el Plano Nº 038-2012-SGHUE-GDU/MDA y la Memoria Descriptiva que forman parte de la presente Resolución. Artículo 4º.- DISPONER la inscripción en el Registro de Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral de Lima el cambio de uso de rústico a urbano del inmueble de 64,687.25 m2, correspondiente a la I ETAPA, que forma parte de un área mayor de 70,421.95 m2 ubicado en el Distrito de Ate, el cual está inscrito en la Partida Registral Nº 11107473, del Registro de Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral de Lima, por cuenta y costo del propietario del inmueble. Artículo 5º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración Tributaria y demás áreas pertinentes de esta Corporación Edil. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 904609-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Autorizan Programa de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2013/MDLCH Chosica, 31 de enero de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 02-2013/GDS/MDLCH, elevado al despacho de la Gerencia Municipal, el Gerente de Desarrollo Social expresa que verifi cado el Informe Nº 001-13-SGRC-MDLCH, de la Sub Gerencia de Registro Civil donde comunica que en cumplimiento del Plan de Acción para el ejercicio 2013, se ha considerado la realización de MATRIMONIOS CIVILES COMUNITARIOS con la fi nalidad de contribuir y dar facilidades para que muchas parejas regularicen su unión, reforzando así la consolidación y fortalecimiento del núcleo familiar al amparo de lo preceptuado por los artículos 233 y 234 del Código Civil, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, proponiendo como fechas para la ejecución de dichos eventos las siguientes: sábado 16 de febrero por el “Día de la Amistad”, sábado 18 de mayo, sábado 24 de agosto (en la zona de Huachipa) y sábado 19 de octubre (con motivo del aniversario del distrito). Que, mediante Informe Nº 024-2013-GM/MDLCH, del Gerente Municipal elevado al despacho de Alcaldía, expresa que es necesario elaborar un Decreto de Alcaldía en el cual se autorice el Programa de Matrimonio Civil Comunitario para el año 2013, propuesto por la Gerencia de Desarrollo Social, precisándose el cronograma de fechas en los meses señalados en el Informe Nº 001- SGRC/MDLCH, señalando que los montos de pago para la celebración de matrimonios comunitarios ya se encuentran establecidos en la Resolución de Alcaldía Nº 064/2012-MDLCH, de fecha 09 de febrero de 2012, vigente a la fecha, indicando que debe cumplirse con el cobro de dichos montos. Por los fundamentos expuestos y en atribución de los artículos 84º y 20º, Inciso 6) y 16) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Primero.- Autorizar el PROGRAMA DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO en el distrito de Lurigancho - Chosica, para el año 2013, de acuerdo al siguiente cronograma: