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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (27/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de febrero de 2013 488682 Competitividad Productiva son ejecutadas, mediante procesos concursables por los gobiernos regionales en el marco de las competencias establecidas por Ley; en tanto que el artículo 5o de su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 103-2012-EF, precisa que previa a la autorización de las PROCOMPITE, mediante Acuerdo de Consejo Regional, el Gobierno Regional, determina el importe que será destinado al cofínanciamiento de las propuestas productivas que, a su amparo, se presenten, sin exceder el 10% de lo presupuestado para proyectos de inversión, con excepción de los recursos provenientes de operaciones ofi ciales de crédito y donaciones y transferencias; Que, se tiene la propuesta a ser asignada para la ejecución de las PROCOMPITE en las cadenas productivas identifi cadas, la misma eme asciende a la suma de S/. 6’490,000.00, orno se aprecia en la Carta Nº 027-2012-HValdiviaP. En tanto que, con el informe Nº 564-2012-MECE-SGO-GRI/GR.MOQ, remitido por la Gerencia Regional de Infraestructura, se sugiere la asignación presupuestal para la ejecución de las PROCOMPITE, en el ejercicio presupuestal 2012, mediante modifi caciones presupuestarias viables; por lo que con Informe Nº 764-2012-GRPPAT/GR.MOQ, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, señala que según el Acta de Presupuesto Participativo Regional 2012, se ha fi jado el monto de S/. 3’500,000.00, en consecuencia, el monto a defi nir por el Consejo Regional está dado por lo asignado en el Presupuesto Participativo y la disponibilidad presupuestaria, en base a proyectos hábilitadores, que señala la GRI para el 2012; Por lo que, estando a lo dispuesto por la Ley Nº 29337 “Ley que Establece Disposiciones para Apoyar la Competitividad Productiva”; su reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº Decreto Supremo Nº 103-2012-EF; en uso de las atribuciones conferidas por el artículos 13o y el inciso a) artículo 37º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, los miembros del Consejo Regional, por unanimidad: ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR la implementación de las PROCOMPITES en el Gobierno Regional de Moquegua; encargando a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico la identifi cación de las cadenas productivas en el Ámbito de la Región Moquegua, las mismas que deberán guardar relación con lo establecido en el Plan de Competitividad Regional. Artículo Segundo.- DETERMINAR el importe de S/. 3’500,000.00 Nuevos Soles de los recursos de proyectos de inversión - Canon y Regalías Mineras - que serán destinados al cofínanciamiento de las propuestas productivas presentadas por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico. Artículo Tercero.- RECOMENDAR se priorice la cadenas productivas agropecuarias, de recursos hidrobiológicos, de industria y otras que sustenten su rentabilidad Artículo Cuarto.- COMUNÍQUESE el presente Acuerdo de Consejo Regional a las instancias pertinentes; así como disponer su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y la página Web del Gobierno regional de Moquegua. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PABLO F. RAMIREZ DELGADO Consejero Delegado Consejo Regional Moquegua 904945-1 Aprueban el Presupuesto Inicial de Apertura (PIA) 2013 del Pliego Gobierno Regional del Departamento de Moquegua ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 133-2012-CR/GRM Fecha: 22 de diciembre del 2012 VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 22 de diciembre del 2012, del Consejo Regional de Moquegua, la propuesta de Acuerdo para la Aprobación del Presupuesto Inicial de Apertura (PIA) 2013 del Pliego 455 “Gobierno Regional del Departamento de Moquegua”; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 191º de la Constitución Política del Perú, reformado con la Ley Nº 28607, y lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional de Moquegua es persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un Pliego Presupuestal; con jurisdicción en el ámbito de la circunscripción del Departamento de Moquegua, siendo su titular el Presidente Regional. Que, mediante Ley Nº 29951 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, comprendiendo los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; precisando los recursos que fi nancian dicho Presupuesto estimados por fuentes de fi nanciamiento, de acuerdo a sus anexos. Que, de acuerdo al numeral 52.1 del artículo 52º de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la programación de los presupuestos en los Gobiernos Regionales se rige por el criterio de estabilidad en base a las reglas fi scales y el marco macroeconómico multianual a que se refi ere la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal; en tanto que en el numeral 53.1 del artículo 53º de la Ley en mención, precisa que la aprobación de los presupuestos de los Gobiernos Regionales y sus Empresas se efectúan en mérito al documento presentado por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial ante el Titular del Pliego para su revisión, para que luego éste proponga dicho Proyecto al Consejo Regional para su aprobación mediante Acuerdo, siendo posteriormente promulgado a través de la Resolución Ejecutiva Regional correspondiente. Que, mediante Informe Nº 795-2012-GRPPAT/ GR.MOQ., la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional Moquegua ha remitido el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 455 “Gobierno Regional del Departamento de Moquegua” para el Ejercicio Fiscal 2013, en cumplimiento de las normas señaladas en el párrafo precedente, recomendando que el Titular del Pliego ponga en consideración del Consejo Regional de Moquegua para su aprobación que debe ser antes del 31 de diciembre del 2012. Que, el PÍA 2013 en mención, puesto a consideración del Titular del Pliego considera un ingreso total de S/. 292´553,374.00 nuevos soles por toda fuente de fi nanciamiento desagregado por Unidades Ejecutoras, y contempla un gasto anual de S/. 292’ 553,374.00 nuevos soles, cumpliendo el Principio Regulatorio de Equilibrio Presupuestario contemplado en el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 28411. Que, con Informe Nº 866-2012-GGR/GR.MOQ, el Gerente General Regional, por encargo del Presidente del Gobierno Regional de Moquegua ha elevado ante el Consejo Regional el Presupuesto Inicial de Apertura 2013, en mención, contado con la exposición de motivos y los respectivos anexos que se adjuntan al Informe Nº 795-2012-GRPPAT/GR.MOQ. de la Gerencia Regional de Planifi cación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y el Informe Legal Nº 294-2012-DRAJ/GR.MOQ de la Dirección Regional de Asesoría Jurídica. Por estas consideraciones, en uso de las facultades concedidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; el Reglamento Interno de Consejo aprobado con Ordenanza Regional Nº 001-2011-CR/GRM; en mérito al análisis y debate del Dictamen presentado por la Comisión Ordinaria de Planifi cación, Presupuesto y Ordenamiento Territorial; el Consejo Regional de Moquegua en Sesión Extraordinaria del 22 de diciembre del 2012, con el voto por Mayoría de sus miembros y con dispensa del trámite de aprobación del acta. ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR el Presupuesto Inicial de Apertura (PÍA) 2013 del Pliego 455 “Gobierno Regional