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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2013 (04/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Jueves 4 de julio de 2013 498614 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a la República de Panamá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 066-2013-IN Lima, 03 de julio de 2013 VISTO, el Ofi cio N° 288-2013-MP-FN del 17 de junio de 2013, suscrito por el Doctor José Antonio PELÁEZ BARDALES, Fiscal de la Nación, con el cual remite el Ofi cio RE (LEG/OCJ) N° 4-3-A/1154 del 17 de junio de 2013, cursado por la Ofi cina de Cooperación Judicial del Ministerio de Relaciones Exteriores, que adjunta la Nota Diplomática N/V. A.J. N° 1566 del 7 de junio de 2013, de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá, con la cual hace de conocimiento que el ciudadano nigeriano nacionalizado ecuatoriano Kenneth UDOERIKA NNABUCHI, comunicó su decisión de ser entregado a las autoridades peruanas mediante escrito presentado el 4 cíe junio de 2013, por tal motivo se cuenta con un plazo de treinta (30) días calendario para ejecutar tal extradición a partir del 10 de junio de 2013, fecha de recepción de la nota antes mencionada por nuestra Embajada en la República de Panamá, en la que se precisa que de no hacerse cargo del requerido dentro del citado plazo, el mismo será puesto en libertad y no podrá ser detenido nuevamente para los fi nes de la presente solicitud de extradición; consecuentemente solicitaron los planes de desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Panamá - República de Panamá hacia territorio peruano. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 003-2013-JUS del 5 de enero de 2013, se resolvió acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano nigeriano nacionalizado ecuatoriano Kenneth UDOERIKA NNABUCHI, formulada por el Segundo Juzgado Penal Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del Delito Contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas agravado, en perjuicio del Estado peruano y disponer su entrega por vía diplomática a la República de Panamá, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 174-2013- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 20 de junio de 2013, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión del servicio a partir del 5 al 9 de julio de 2013, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Roni Tyler CHAHU GENDRAU y del Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Edgar Augusto REINA ROJAS, a la ciudad de Panamá - República de Panamá, a fi n de que ejecuten la extradición activa del ciudadano nigeriano nacionalizado ecuatoriano Kenneth UDOERIKA NNABUCHI, formulada por el Segundo Juzgado Penal Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del Delito Contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas agravado, en perjuicio del Estado peruano; Que, con Memorándum Múltiple N° 232-2013- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 21 de junio de 2013, el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de resolución autoritativa de viaje al exterior en comisión del servicio de los funcionarios policiales antes indicados, el mismo que irrogará gastos al Estado peruano; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado con Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Legislativo N° 1135 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2012-IN y el Decreto Legislativo N° 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1°.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión del servicio, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Roni Tyler CHAHU GENDRAU y del Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Edgar Augusto REINA ROJAS, del 5 al 9 de julio de 2013, a fi n de que ejecuten la extradición activa del ciudadano nigeriano nacionalizado ecuatoriano Kenneth UDOERIKA NNABUCHI, formulada por el Segundo Juzgado Penal Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del Delito Contra la Salud Pública -Tráfi co Ilícito de Drogas agravado, en perjuicio del Estado peruano, a realizarse en la ciudad de Panamá - República de Panamá. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Personas T/C Total S/. Viáticos US$ 315.00 5 x 2 = 3,150.00 2,775 8,741.25 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal policial designado, deberá presentar ante el titular de la entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; asi como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 957717-3