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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2013 (04/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 40

El Peruano Jueves 4 de julio de 2013 498622 constructivo no convencional denominado “Techo Aligerado Unidireccional Sistema ISOLFORG”; Que, de la revisión del expediente correspondiente a la solicitud de aprobación del sistema constructivo no convencional denominado “Techo Aligerado Unidireccional Sistema ISOLFORG”, se advierte que cuenta con la opinión técnica favorable emitida por el SENCICO, de acuerdo a los Informes Nº 03-2013- 09.002, Nº 028-2013- 09.00 y el Acta XIII de la Comisión de Evaluación Técnica de Sistemas Constructivos No Convencionales, así como los Informes Nº 003-2013/VIVIENDA-VMCS/DNC-RRR, Nº 007-2013/VIVIENDA-VMCS/DNC-RRR, Nº 008- 2013-VIVIENDA-DNC/BVPP y Nº 069-2013-VIVIENDA- VMCS/DNC, teniendo en consideración las limitaciones contenidas en la Memoria Descriptiva correspondiente; Que, de conformidad a la opinión del órgano técnico y habiéndose cumplido con las disposiciones técnicas de la materia, resulta procedente aprobar el sistema constructivo no convencional denominado “Techo Aligerado Unidireccional Sistema ISOLFORG”, presentado por la empresa ISOLFORG PERÚ S.A.C. con una vigencia de aprobación de diez (10) años; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del MVCS, el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, Reglamento de Organización y Funciones del MVCS, el Decreto Supremo Nº 010-71-VI y el Decreto Supremo Nº 08-95-MTC que dispone la fusión del ININVI al SENCICO. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación del Sistema Constructivo No Convencional Aprobar el Sistema Constructivo No Convencional denominado “TECHO ALIGERADO UNIDIRECCIONAL SISTEMA ISOLFORG”, presentado por la empresa ISOLFORG PERÚ S.A.C.; conforme a la Memoria Descriptiva que forma parte integrante de la presente Resolución, con una vigencia de aprobación de diez (10) años desde la fecha de aprobación de la presente. Artículo 2º.- Limitaciones Técnicas La utilización del Sistema Constructivo No Convencional “TECHO ALIGERADO UNIDIRECCIONAL SISTEMA ISOLFORG”, estará limitado a las especifi caciones técnicas contenidas en la Memoria Descriptiva del sistema aprobado. Artículo 3º.- Publicación Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y el Sistema Constructivo No Convencional denominado “TECHO ALIGERADO UNIDIRECCIONAL SISTEMA ISOLFORG”, en el Portal Electrónico Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) y del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO (www.sencico.gob.pe), en ambos casos en la misma fecha de la publicación de la citada Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 957617-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN