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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2013 (07/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 70

El Peruano Domingo 7 de julio de 2013 498884 El Consejo Directivo en su sesión Nº 11-2013 de fecha 14 de junio de 2013; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Disponer la publicación en el diario ofi cial “El Peruano” del proyecto de resolución que aprueba: i) La Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión aplicables a EMAPA HUACHO S.A. en el quinquenio 2013- 2018 y ii) Los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios, así como su exposición de motivos. Los anexos del referido proyecto serán publicados en la página web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe, sin perjuicio de ser notifi cados a EMAPA HUACHO S.A. Artículo 2º.- Convocar a Audiencia Pública para el día, hora y lugar que la Gerencia General señale oportunamente en el correspondiente aviso, la cual se realizará de acuerdo con las reglas consignadas en la página web: www.sunass.gob.pe, encargándose a la Gerencia de Usuarios efectuar las coordinaciones necesarias para el desarrollo de la referida audiencia. Artículo 3º.- Los interesados podrán remitir sus comentarios sobre el proyecto a que se refi ere el artículo 1 de la presente resolución, al local de la SUNASS, sito en: Av. Bernardo Monteagudo Nº 210-216, Magdalena del Mar, o por vía electrónica a audienciahuacho@sunass. gob.pe, hasta el quinto día hábil siguiente a la fecha de realización de la audiencia pública. Con la intervención de los señores consejeros Fernando Momiy Hada; Jorge Luis Olivarez Vega y Julio Baltazar Durand Carrión. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO MOMIY HADA Presidente Consejo Directivo Nº -2013-SUNASS-CD Lima, VISTO: El Informe Nº --- 2013-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria mediante el cual presenta: i) El Proyecto de Estudio Tarifario con la propuesta de Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión que serán aplicadas por EMAPA HUACHO S.A. en el quinquenio regulatorio 2013-2018; y ii) La propuesta de los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que serán aplicados por dicha empresa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Gerencia de Regulación Tarifaria Nº 007-2012-SUNASS-GRT se iniciaron los procedimientos de aprobación de: i) La Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión y ii) Los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales de EMAPA HUACHO S.A.; Que, según el informe de visto -el cual forma parte integrante de la presente resolución- de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas1, se ha cumplido con: i) Publicar en el diario ofi cial “El Peruano” el proyecto de resolución que aprueba la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión, así como los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales; ii) Realizar la Audiencia Pública correspondiente el -- de -- de 2013; y iii) Elaborar el Estudio Tarifario Final y el informe de evaluación de la Propuesta Final de los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales (que contienen la evaluación de los comentarios realizados a los proyectos publicados y los expresados con ocasión de la Audiencia Pública); Que, sobre la base del Informe Nº -- -2013-SUNASS- 110, el Consejo Directivo considera que corresponde aprobar la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión, así como los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales de EMAPA HUACHO S.A.; Que, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, se ha previsto en la Fórmula Tarifaria, recursos que coadyuven al cumplimiento de la referida norma; El Consejo Directivo en su sesión del -- de --- de 2013; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Aprobar la Fórmula Tarifaria que será de aplicación a EMAPA HUACHO S.A., para el quinquenio regulatorio 2013-2018, mediante incrementos tarifarios base y condicionado, de acuerdo con lo especifi cado a continuación. A. INCREMENTOS TARIFARIOS BASE A.1. LOCALIDAD DE HUACHO 1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0,425) (1 + ĭ) T1 = To (1 + 0,425) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) Donde: To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 ĭ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor El incremento tarifario base previsto para el primer año es de 42,5% en agua potable y de 42,5% en alcantarillado. A.2. LOCALIDADES DE SAYÁN Y VÉGUETA 1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0,341) (1 + ĭ) T1 = To (1 + 0,341) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) Donde: To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 ĭ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor El incremento tarifario base previsto para el primer año es de 34,1% en agua potable y de 34,1% en alcantarillado. 1 Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. PROYECTO