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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2013 (07/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 66

El Peruano Domingo 7 de julio de 2013 498880 DE APOYO BAGUA “GUSTAVO LANATTA LUJAN”, por estar elaborado conforme a Ley. Que, según lo dispuesto en el literal a) del artículo 15º concordante con el Inc. a) del artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada con la Ley Nº 27902 precisa, que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, así como aprobar decisiones de carácter Institucional, de interés público y ciudadano a través de Ordenanzas Regionales. Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por la Ley Nº 29053 establece, que es atribución del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional. Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece, que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, estando a lo acordado y aprobado en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 011 de fecha 05 de Junio de 2013, con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el inc. a) del Art. 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nº 27902, 28968 y 29053. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) modifi cado de la Unidad Ejecutora 403, Hospital de Apoyo “GUSTAVO LANATTA LUJAN” el cual consta de Seis (06) Títulos, Veintiocho (28) Artículos y Una Disposición Complementaria. Artículo Segundo.- DEROGAR toda norma regional que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DISPONER que a través de la Secretaría del Consejo Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario Ofi cial el peruano y su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional Amazonas. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 11 días del mes de junio del año 2013. WALTER HUGO SANCHEZ FERNANDEZ Presidente Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publíque y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 17 JUN. 2013. JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Presidente Gobierno Regional Amazonas 958307-1 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Disponen publicar concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de junio de 2013 DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 070-2013-GR-SM/DREM Moyobamba, 26 de junio del 2013 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los gobiernos regionales ejercerán funciones especificas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales, encontrándose entre ellas, las funciones en materia de minas, específicamente la de: Otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal; conforme lo señala el inciso f) del artículo 59º de la referida Ley; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2008- MEM-DM se resuelve declarar al Gobierno Regional de San Martín, haber concluido el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de la misma; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 017-2007- GRSM/CR se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas de San Martín, en la que establece la función de Otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 24º del Reglamento de Procedimientos Mineros aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-92-EM, y con las visaciones de la Ofi cina Técnica de Minería y Ofi cina de Asesoría Legal de la Dirección Regional de Energía y Minas de San Martín; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publicar en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de junio del 2013, de acuerdo a la nomenclatura que se establece: NOMENCLATURA: A) NOMBRE DE LA CONCESION; B) CODIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO DE RESOLUCION DIRECTORAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM PSAD 56 DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS 1.- A) AGREGADOS DIAZ B) 720001412 C) DAVID DIAZ DIAZ D) 068-2013-GR-SM/DREM E) 18 F)V1: N9344 E247 V2: N9343 E247 V3: N9343 E245 V4:N9344 E245 2.- A) TAGA B) 720003112 C) CORPORACION TAGA CONTRATISTAS GENERALES E.I.R.L. D) 069- 2013-GR-SM/DREM E)18 F) V1: N9332 E285 V2: N9331 E285 V3: N9331 E284 V4:N9332 E284 Regístrese y publíquese. RAFAEL RENGIFO DEL CASTILLO Director Regional de Energía y Minas 958245-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Aprueban Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2014, en el Distrito de Punta Hermosa ORDENANZA Nº 245-2013-MDPH Punta Hermosa, 20 de junio del 2013 EL ALCALDE DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA: