Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2013 (07/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA 7 de MORDAZA de 2013

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negociaciones sobre servicios financieros involucran temas regulatorios, ademas de los temas de politica comercial, por lo que esta Superintendencia participara de manera particular en las reuniones del grupo de negociacion sobre servicios financieros, cuyas sesiones se llevaran a cabo del 15 al 20 de MORDAZA de 2013; Que, dichas reuniones implican el tratamiento de temas que involucran la prestacion de los servicios que brindan las empresas que operan en los sistemas supervisados y temas referidos a la inversion en el MORDAZA, por lo que resulta necesaria la participacion de esta Superintendencia a fin de prestar el apoyo tecnico que su especializacion como organismo supervisor y regulador de los sistemas financiero, de seguros y privado de pensiones le confiere, a fin de coadyuvar a lograr la determinacion de mejores condiciones para la prestacion de los servicios financieros que se deriven de las relaciones comerciales sujetas al referido acuerdo; Que, en ese sentido, siendo de interes nacional e institucional, se ha considerado conveniente designar, a la senorita MORDAZA MORDAZA Canazaca, Analista Principal de Regulacion del Departamento de Regulacion de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, para que en representacion de esta Superintendencia, integre la Delegacion Peruana que participara en la reunion del grupo de negociacion sobre servicios financieros; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-16, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013 estableciendose en el Numeral 4.3.1., que se autorizaran los viajes al exterior para participar en eventos cuyos objetivos obliguen la representacion sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones oficiales que comprometan la presencia de los funcionarios de la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en la referida reunion, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos y Tarifa CORPAC, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", la Resolucion SBS N°3316 -2013, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, N° SBS-DIRADM-085-16, que incorpora lo dispuesto en los Decretos Supremos Nos. 047-2002-PCM y 056-2013-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de la senorita MORDAZA MORDAZA Canazaca, Analista Principal de Regulacion del Departamento de Regulacion de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica de la SBS, a la MORDAZA de Kota Kinabalu, Malasia del 11 al 23 de MORDAZA de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La citada profesional, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, deberan presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion, segun se indica, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 5,356.64 Viaticos US$ 4,500.00 Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA POGGI CAMPODONICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 958738-1

el articulo 6º del Reglamento de la Reserva de Siniestros, deberan presentar ante la Superintendencia la metodologia comun con anterioridad al 1 de octubre del 2013. 2. Las empresas contaran hasta el 31 de diciembre de 2013, para presentar las metodologias aprobadas por el Directorio, mencionadas en los articulos 5° y 7° del Reglamento de la Reserva de Siniestros. 3. Excepcionalmente, las empresas deberan presentar a la Superintendencia, los anexos ES-26, ES-27 y ES-28 senalados en el articulo 15° del Reglamento de la Reserva de Siniestros con las bases de datos correspondientes al 31 de diciembre de 2013, otorgandose como plazo para su remision a traves del software SUCAVE hasta el 30 de MORDAZA de 2014. 4. Las empresas contaran con un plazo hasta el 31 de diciembre de 2013, para presentar las metodologias mencionadas en el articulo 8° del Reglamento de la Reserva de Siniestros, las cuales se consideraran autorizadas con la finalidad de que se inicie su aplicacion, sin perjuicio de que la Superintendencia pueda realizar observaciones posteriores a dichas metodologias. En ese momento quedaran sin efecto, para estas empresas, las metodologias previstas en las normas enunciadas en el siguiente parrafo. En caso de que alguna empresa no presente metodologias, la Superintendencia le asignara un modelo que deberan utilizar de manera transitoria, con la finalidad de que realice la valuacion de la IBNR y la reserva de gastos directos para liquidacion de siniestros en tanto no presenten metodos propios. Excepcionalmente, la Superintendencia podra autorizar a las empresas un cronograma de adecuacion para la constitucion de las reservas resultantes de las referidas metodologias. El 1 de enero de 2014, quedara derogado el Reglamento de la Reserva de Siniestros Ocurridos y No Reportados aprobado por la Resolucion SBS N°1048-99. Asimismo, quedaran sin efecto la Circular N° S-603-2003 en lo que se refiere a las disposiciones para el calculo de la reserva de siniestros ocurridos y no reportados del seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio del sistema privado de pensiones bajo el regimen de aporte adicional, asi como la Circular Nº S-552-93 en la parte correspondiente a las disposiciones relativas a la reserva de siniestros ocurridos y no reportados de las reservas de seguros previsionales correspondiente al regimen temporal. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA POGGI CAMPODONICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 958735-1

Autorizan viaje de profesional a Malasia, en comision de servicios
RESOLUCION SBS Nº 4096-2013 MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (A.I.) VISTA: La solicitud presentada VISTA: La comunicacion cursada por el Viceministerio de Comercio Exterior a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la XVIII Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociacion Transpacifico (TPPA, por sus siglas en ingles), las mismas que se llevaran a cabo del 15 al 25 de MORDAZA de 2013 en la MORDAZA de Kota Kinabalu, Malasia; CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de la citada Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociacion Transpacifico (TPPA), las

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