Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2013 (07/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA 7 de MORDAZA de 2013

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consta de Tres Titulos, Treinta y Siete articulos y Cinco Disposiciones Finales, que forman parte integrante de la presente Ordenanza y cuyo texto integro sera publicado en la Pagina Web de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa: www.munipuntahermosa.gob.pe. Articulo Segundo.- CONVOCASE a la Sociedad Civil Organizada y a las Instituciones Publicas y Privadas del Distrito de Punta MORDAZA, a participar del MORDAZA del Presupuesto Participativo 2014. Articulo Tercero.- ENCARGASE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Oficina de Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Humano, Desarrollo MORDAZA y a la Oficina de Comunicaciones. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 958308-1

VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo del presente el Informe Nº 059-2013-OP-MDPH de la Jefe de Presupuesto y Contabilidad la C.P.C MORDAZA MORDAZA MORDAZA con MORDAZA MORDAZA del presupuesto Participativo Basado en Resultados para el ano Fiscal 2014 a efectos de consolidar y ejecutar el MORDAZA en la Municipalidad de Punta MORDAZA en cumplimiento a las Directivas correspondientes y siendo esto puesto consideracion del Concejo lo cual es recogido de la Ley MORDAZA del Ministerio de Economia y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 194ºde la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, el Articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades" dispone que el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con los vecinos; y los articulos 9º, 53º y 97º, disponen que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado; Que, asimismo, la Decimo Sexta Disposicion Complementaria establece que las municipalidades determinaran espacios de concertacion adicionales a los previstos en la presente ley y regularan mediante ordenanza los mecanismos de aprobacion de sus presupuestos participativos; Que, los articulos 18º y 20º de la Ley 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establecen que los planes y Presupuestos Participativos son de caracter territorial y expresan los aportes y participacion del sector publico y privado, de las sociedades regionales y locales asi como la cooperacion tecnica internacional; dichas herramientas de inversion se elaboran y ejecutan en funcion a Planes de Desarrollo y Programas de Inversiones debidamente concertados, con sujecion a las normas tecnicas del Sistema Nacional de Inversion Publica; Que, mediante la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y su modificatoria Ley Nº 29298, se establece disposiciones que aseguran la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de Programacion Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo un aspecto fundamental para dicho MORDAZA de Planes de Desarrollo Concertado; Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 y de la Ley Nº 29298, establece en su Primera Disposicion Final que los Gobiernos Regionales y Locales, emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en el presente Reglamento y a las Directivas que emita la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, con el proposito de facilitar el desarrollo del MORDAZA participativo, a traves de mecanismos que faciliten la participacion de ciudadanos no organizados o no representados por organizaciones ya constituidas; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 007-2010EF/76.01 se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, "Instructivo para el MORDAZA de Presupuesto Participativo Basado en Resultados" donde se enmarca en MORDAZA enfoque de gestion Publica, en el cual los recursos publicos se asignan, ejecutan y evaluan en funcion a cambios especificos que se deben alcanzar para mejorar el bienestar de la poblacion; Que, con Informe Nº 059-2013-MDPH/OPP de la Oficina de Presupuesto solicita se inicie el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2014 de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA y presenta la propuesta de Ordenanza que regula el MORDAZA de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el ano fiscal 2014; aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE Y REGLAMENTA EL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE PUNTA MORDAZA PARA EL ANO FISCAL 2014 Articulo Primero.- APRUEBESE el Reglamento para el MORDAZA del Presupuesto Participativo del Ano Fiscal 2014, en el Distrito de Punta MORDAZA ,que

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 065-MSI, que aprobo el Reglamento Interno del Concejo Distrital
ORDENANZA N° 356-MSI San MORDAZA, 20 de junio de 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA VISTO: en Sesion Ordinaria de Concejo N° 18 de fecha 20 de junio de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza N° 065-MSI, publicada el 27 de diciembre de 2003, modificada por Ordenanza N° 073-MSI, N° 096-MSI, N° 145-MSI, N° 198-MSI, N° 251-MSI y N° 261MSI, se aprobo el Reglamento Interno del Concejo Distrital; Que, en la estacion Orden del Dia de la Sesion Ordinaria de la fecha el Concejo Municipal, acordo modificar algunos articulos del Reglamento Interno del Concejo Municipal N° 065-MSI, modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el articulo 9° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta para este punto, aprobo la siguiente; ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N° 065-MSI Articulo Primero.- Modifiquese el numeral 5) del Articulo 16°, sobre las funciones del Secretario General y Articulo 35°, sobre lectura y aprobacion de actas del Reglamento Interno del Concejo Distrital de San MORDAZA, aprobado por Ordenanza N° 065-MSI; y modificatorias, en los siguientes terminos: "Articulo 16°.(..) 5. Dar forma final a las Ordenanzas, acuerdo y resoluciones del Concejo de conformidad con las decisiones del Concejo y suscribirlos conjuntamente con el MORDAZA, previa puesta en conocimiento al Concejo Municipal del texto final de los mismos, para un periodo de observaciones de dos (2) dias". "Articulo 35°.- Iniciada la Sesion, se procedera a la lectura del acta de la Sesion Ordinaria anterior y de las Sesiones Extraordinarias si las hubiere, las cuales deberan ser remitidas impresas junto con la citacion a la Sesion, o remitidas por algun medio magnetico o electronico, bajo responsabilidad.

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