Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2013 (09/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano Martes 9 de MORDAZA de 2013

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comercial o que siendo de origen distinto presenten caracteristicas similares a aquellas, son de responsabilidad de los gobiernos locales. Que, mediante Ordenanza Nº 295-2000-MML se aprueba el Sistema Metropolitano de Gestion de Residuos Solidos de MORDAZA y su modificatoria aprobada mediante Ordenanza 754-2005-MML, y su Reglamento aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 093-2003-MML, que establece las disposiciones que rigen los aspectos tecnicos y administrativos del Sistema Metropolitano de Gestion de Residuos Solidos y determinar las responsabilidades de las personas naturales y juridicas de derecho publico y privado que generen residuos solidos y de las que desarrollen actividades vinculadas a la gestion de los residuos solidos, esta Ordenanza es de obligatorio cumplimiento por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por las Municipalidades Distritales integrantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, mediante Ley Nº 29419 se aprueba la Ley que Regula la Actividad de los Recicladores, la cual establece el MORDAZA normativo para los trabajadores de la actividad de reciclaje en el Peru, promueve su formalizacion y contribuye al manejo ecologicamente eficiente de los residuos solidos en el MORDAZA de los objetivos y principios de la Ley General de Residuos Solidos; Que, D.S. Nº 005-2010-MINAM, se aprueba el Reglamento de la Ley que Regula la Actividad de los Recicladores, la cual regula la formalizacion de recicladores y la recoleccion selectiva de residuos solidos a cargo de las Municipalidades, promoviendo la integracion de actores para el aprovechamiento de los residuos solidos como base productiva de la cadena del reciclaje; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 261-2012A/MDC, se aprueba el Plan de Manejo de Residuos Solidos del distrito de Carabayllo, el cual tiene como objetivo, mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion del distrito de Carabayllo, mediante un adecuado servicio de gestion participativa y ecoeficiente de los residuos solidos municipales, la inclusion de poblaciones vulnerables y el compromiso de todos sus habitantes; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido por los Articulos 9º inciso 8), 38º, 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, dado la siguiente: "ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA Y PROMUEVE EL MANTENIMIENTO, LIMPIEZA Y MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO" Articulo Primero.- APROBAR la "Ordenanza que Regula y Promueve el Mantenimiento, Limpieza y Manejo de Residuos Solidos en el Distrito de Carabayllo", cuyo contenido se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DEROGUESE la Ordenanza Nº 214-2010-A/MDC, que Regula y Promueve el Mantenimiento, Limpieza y Manejo de los Residuos Solidos en el Distrito de Carabayllo y DEJESE sin efecto cualquier otra MORDAZA municipal que se oponga a la presente. Articulo Tercero.- FACULTESE al senor MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza en la Pagina Web de la Municipalidad, encargandose a la Oficina de Informatica para su cumplimiento. Articulo Quinto.- ENCARGAR a Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 959171-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Respaldan oposicion expresada por vecinos del distrito a la ejecucion del proyecto de semaforizacion "Country Club El Bosque Sede Ciudad"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 049-2013 La MORDAZA, 26 de junio de 2013 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: En la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 26 de Junio del 2013, el Memorial de oposicion de los propietarios y residentes de la Av. Los Frutales ­ Urb. MORDAZA, Distrito de La Molina. respecto de la ejecucion del proyecto de semaforizacion "Country Club El Bosque Sede Ciudad", y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Que, conforme al articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley 27972, los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico, dispone en su articulo 81° numeral 2.4 que las municipalidades provinciales tienen entre sus funciones especificas compartidas, instalar, mantener y renovar los sistemas de senalizacion de MORDAZA en su jurisdiccion y establece la nomenclatura de vias, en coordinacion con las municipalidades distritales; Que, mediante Memorial de fecha 25 de junio del 2013, los propietarios y residentes de la Av. Los Frutales ­ Urb. MORDAZA, Distrito de La MORDAZA, expresan su oposicion a la ejecucion del proyecto de Semaforizacion "Country Club El Bosque sede Ciudad", en la interseccion de la Av. Circunvalacion Golf Los Incas con la Av. Los Frutales, a cargo de dicha institucion segun lo aprobado por la Municipalidad Metropolitana de Lima; por cuanto no se ha realizado un adecuado estudio de impacto vial y ambiental, en perjuicio del MORDAZA y vialidad del distrito de La Molina; Que, la Gerencia de Obras Publicas de la Municipalidad de La MORDAZA, considera que dicha obra no cuenta con un estudio de MORDAZA peatonal, necesario por la existencia de alumnos y padres de familia provenientes de instituciones educativas que transitan fluidamente en dicha zona; asimismo no presenta los resultados de los indicadores de traficos (colas, demoras, niveles de servicio) obtenido como resultado de los reportes de simulacion del software syncro; del mismo modo dicho proyecto no considera que actualmente se dispone de una via con sincronizacion semaforica como es la Av. MORDAZA MORDAZA, desde el cruce de la Av. La MORDAZA hasta el Ovalo MORDAZA, la misma que seria interrumpida innecesariamente por dicho proyecto, sometiendo injustificadamente una via metropolitana de alto MORDAZA como es la Av. MORDAZA MORDAZA a una via menor como la Av. Circunvalacion Golf Los Incas, para atender a una sola institucion privada y como consecuencia, superponiendo el interes privado por encima del interes publico; Que, la Municipalidad de La MORDAZA y la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, tienen suscrito a la fecha un Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional para Instalar Mantener y/o Renovar los Sistemas de Senalizacion y la Dotacion de Equipos Semaforicos, asi como la Senalizacion, en el MORDAZA de lo establecido por la Ordenanza N° 341-MML modificada por Ordenanza

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