Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2013 (16/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano Martes 16 de MORDAZA de 2013

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Que, el Ministerio de Agricultura y Riego, mediante Oficio Nº 510-2013-AG-DM presentado el 04 de MORDAZA de 2013, solicita la prorroga del Estado de Emergencia en las zonas cafetaleras de los departamentos de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, San MORDAZA y Ucayali, incluyendo los valles de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro (VRAEM), asimismo se declare el Estado de Emergencia en las zonas cafetaleras del departamento de Piura; para cuyo efecto adjunta los Informes Nº 0008-2013-AG-SENASA-DSV-SMFPFMYABAR emitido por la Direccion de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; el Informe Tecnico Nº 008-2013-AG-AGRO RURAL/DO/SDIA de la Sub Direccion de Insumos y Abonos del Programa de Desarrollo Productivo - AGRO RURAL; el Informe Nº 0004-2013-AGSENASA-DEPIU-EAREVALO emitido por la Direccion Ejecutiva de MORDAZA -SENASA, presentados con el Oficio Nº 0320-2013-AG-SENASA; asi como, el Informe Tecnico Nº 062-2013-AG-DGCA-DPC/JFR emitido por la Direccion General de Competitividad Agraria de fecha 02 de MORDAZA de 2013; sustentos tecnicos que evidencian el incremento de la incidencia y severidad de La Roya Amarilla del Cafeto, pese a los esfuerzos que ha venido efectuando dicho sector; Que, el numeral 2.6 del articulo 2 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley de creacion del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres ­ SINAGERD, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2012-PCM, define al Desastre, como "el conjunto de danos y perdidas, en la salud, MORDAZA de sustento, habitat fisico, infraestructura, actividad economica y medio ambiente, que ocurre a consecuencia del impacto de un peligro o amenaza cuya intensidad genera graves alteraciones en el funcionamiento de las unidades sociales, sobrepasando la capacidad de respuesta local para atender eficazmente sus consecuencias, pudiendo ser de origen natural o inducido por la accion humana"; Que, resulta necesario precisar que la vigencia del Estado de Emergencia declarada por Decreto Supremo Nº 048-2013-PCM, a la fecha de MORDAZA de la solicitud de su prorroga ante el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI ya habia caducado; sin embargo, del sustento tecnico presentado por el Ministerio de Agricultura y Riego se aprecia que no solo subsisten las condiciones de emergencia e incremento de la incidencia y severidad de La Roya Amarilla del Cafeto en las zonas cafetaleras anteriormente citadas, sino que ademas se ha incluido en la solicitud a nuevas zonas cafetaleras ubicadas en el departamento de Piura; Que, la Direccion de Respuesta del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, mediante Informe Tecnico Nº 0011-2013-INDECI/11.0 de fecha 04 de MORDAZA de 2013, considerando y habiendo analizado de manera integral, toda la informacion y sustento tecnico presentado por el Ministerio de Agricultura y Riego, manifiesta que para contrarrestar el incremento de la propagacion de La Roya Amarilla del Cafeto en las zonas cafetaleras ya identificadas con los danos reportados en varios departamentos del MORDAZA y continuar con las medidas de control necesaria para evitar el riesgo de las siguientes campanas de la produccion cafetera con las consecuentes perdidas economicas para las familias y para el pais; opina favorablemente para que se recomiende aprobar la Declaratoria de Estado de Emergencia de las zonas cafetaleras en los departamentos de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, San MORDAZA, Ucayali y Piura; incluyendo los valles de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro (VRAEM), por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a contrarrestar la emergencia y evitar la propagacion de La Roya Amarilla del Cafeto y atender las zonas afectadas; Que, la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas urgentes que permitan, a los Gobiernos Regionales de las zonas cafetaleras en los departamentos de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, San MORDAZA, Ucayali, y MORDAZA, incluyendo los valles de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro (VRAEM) y los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, con la intervencion del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, el Ministerio de Agricultura y Riego, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA y demas instituciones y organismos, dentro de sus competencias, ejecuten las acciones inmediatas y necesarias destinadas al control de la propagacion de La Roya Amarilla del Cafeto y la atencion de la emergencia

DEBE DECIR:

"DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
(...) QUINTA. Gestion de servidores bajo diferentes regimenes en entidades publicas en el regimen del Servicio Civil (...) El MORDAZA de implementacion de las entidades al regimen del Servicio Civil no configura la causal de terminacion prevista en el inciso k del articulo 49 de la presente Ley."

962647-1

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en las zonas cafetaleras de los departamentos de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, San MORDAZA, Ucayali y MORDAZA, incluido los valles de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro (VRAEM)
DECRETO SUPREMO Nº 082-2013-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 048-2013-PCM publicado el 04 de MORDAZA de 2013, se declaro el Estado de Emergencia en las zonas cafetaleras de los departamentos de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, San MORDAZA y Ucayali; incluido los valles de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro (VRAEM), por el plazo de sesenta (60) dias calendario, por incremento de la incidencia y severidad de la enfermedad Hemileia Vastatrix o Roya Amarilla del Cafeto, con vigencia hasta 03 de MORDAZA de 2013; Que, La Roya Amarilla del Cafeto, es una enfermedad producida por el hongo Hemileia Vastatrix, considerada la enfermedad mas importante de este cultivo, estando entre los principales factores que influyen en su desarrollo la temporada de lluvias, el inoculo residual (hojas afectadas con roya) que queda en el MORDAZA al MORDAZA de la estacion lluviosa y el grado de densidad foliar del arbol, y presentandose los niveles maximos de la enfermedad que implican la defoliacion cuando finaliza la epoca lluviosa; enfermedad que viene afectando vastas extensiones de cultivo de cafe y a muchas familias que viven en torno a esta cadena agro productiva; Que, segun datos proporcionados por la Organizacion Internacional de Cafe (OIC), en el 2011 la produccion mundial de cafe fue de 132 millones de sacos, de 60 kg., cada uno, y los porcentajes de los volumenes de produccion se distribuyeron principalmente entre: Brasil, que continuo siendo el lider en la produccion mundial de cafe; Indonesia, Vietnam, Colombia, y Peru como noveno productor mundial, habiendose logrado el reconocimiento internacional por su calidad, como sucede con nuestro cafe organico; por lo que su cultivo constituye una importante fuente generadora de empleo para un aproximado de 170 mil familias, estimandose que indirectamente 2 millones de peruanos estan inmersos en esta cadena agro productiva, como son productores, comerciantes, acopiadores, transportistas, distribuidores, tostadores, administradores, entidades financieras, exportadores, tecnicos y profesionales en todos los sectores mencionados, cafeterias, asi como la agroindustria, entre otros;

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