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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2013 (16/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 8

El Peruano Martes 16 de julio de 2013 499422 la normativa constitucional y legal del Estado, que son de obligatorio cumplimiento en los tres niveles de gobierno; Que, en el marco de la norma precitada, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ha solicitado, mediante el ofi cio de Vistos, la modifi cación de la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 063-2009-PCM/SD, antes mencionada, a fi n de excluir de las responsabilidades de la Comisión Intergubernamental del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, las que se deriven de la función “n” del Art. 51 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia agraria, por corresponderle al Ministerio de Agricultura, en su calidad de ente rector de la Política Nacional Agraria, según lo antes expuesto; Que, la modifi cación solicitada no excluye al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento de su responsabilidad sobre las transferencias pendientes de la precitada función “n” a los Gobiernos Regionales de Lambayeque y Arequipa, que comparte con el Ministerio de Agricultura, de conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo N° 088-2008-PCM, las mismas que se encuentran en su etapa fi nal de efectivización, cuyas coordinaciones las viene realizando el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, asimismo, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ha propuesto la modifi cación del Anexo de la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 063- 2009-PCM/SD, en lo que corresponde a los representantes del Ministerio ante la Comisión Intergubernamental, materia del presente, conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 179-2010-VIVIENDA; De conformidad con el Decreto Supremo N° 047- 2009-PCM, que aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2009; el Decreto Supremo N° 056- 2010-PCM, que dispone la transferencia a favor de los Gobiernos Regionales de la función de formalización y titulación de predios rústicos de tierras eriazas habilitados al 31 de diciembre de 2004, así como la reversión de predios rústicos adjudicados a título oneroso por el Estado, ocupados por asentamientos humanos; el Decreto Supremo N° 103-2011-PCM, que establece medidas para continuar las transferencias pendientes de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales; y, el Decreto Supremo N° 001-2013- AG, que establece el alcance de la rectoría de la Política Nacional Agraria en materia de saneamiento físico legal y formalización de la propiedad agraria; la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 063-2009-PCM/SD, que reconoce a la Comisión Intergubernamental del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, según lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2009-PCM; y, en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modifi catorias. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi cación del artículo 1° de la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 063- 2009-PCM/SD Modifíquese el artículo 1° de la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 063-2009-PCM/SD, que reconoce a la Comisión Intergubernamental del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, en los términos siguientes: “Artículo 1°.- Reconocimiento de la Comisión Intergubernamental del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, según lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2009-PCM Reconocer a la Comisión Intergubernamental del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, encargada de desarrollar los componentes de la gestión descentralizada de la provisión de los servicios públicos al ciudadano, para que ejerzan plenamente las funciones transferidas a los Gobiernos Regionales, comprendidas en los Art. 58 y 62 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dentro del ámbito de su competencia, en materia de vivienda y saneamiento; y, administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado, respectivamente. Asimismo, podrá desarrollar otros temas de interés sectorial, que acuerden implementar las partes involucradas en el proceso de descentralización, en mérito a lo dispuesto en el Art. 4° del Decreto Supremo Nº 047- 2009-PCM. La Comisión, además, coadyuvará a culminar el proceso de transferencia de las competencias y funciones pendientes, establecidas en el literal “n” del Art. 51 y en los Art. 58 y 62 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, correspondientes a los ciclos 2007, 2008 y 2009, en el marco de la normatividad vigente. Dicha Comisión estará integrada por representantes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, uno de los cuales la presidirá; de los Gobiernos Regionales, con excepción de Lima Metropolitana, que tiene un Régimen Especial; y, del Ministerio de Economía y Finanzas, según relación detallada en anexo adjunto; pudiéndose integrar, en cualquier momento, los representantes de los Gobiernos Locales y/o de las instancias representativas de Gobiernos Regionales o Locales, así como de entidades y órganos de la administración pública, según corresponda. Para el reconocimiento de nuevos representantes ante dicha Comisión, ya sea porque se estén incorporando nuevos miembros o porque sus actuales miembros, por convenir a sus intereses, designen a nuevos representantes en reemplazo de los que sean reconocidos por la presente resolución, será sufi ciente que tales designaciones sean comunicadas ofi cialmente a la Presidencia de la Comisión, con copia a la Secretaría de Descentralización, para la supervisión correspondiente. La conformación de la Comisión para culminar la transferencia de las funciones del Art. 62 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, a diecinueve (19) Gobiernos Regionales, con excepción de Lima Metropolitana, que tiene un Régimen Especial, dispuesta por el Decreto Supremo N° 083-2008-PCM, se hace innecesaria, en vista que la Comisión Intergubernamental que se reconoce por la presente norma, tiene, entre otros, dicho propósito; para lo cual, podrá conformarse un grupo de trabajo para tratar este tema, con los que hayan sido designados por los Gobiernos Regionales, según información proporcionada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en su ofi cio de Vistos.” Artículo 2°.- Modifi cación del Anexo de la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 063- 2009-PCM/SD Modifíquese el Anexo de la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 063-2009-PCM/SD: “Relación de Representantes del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales ante la Comisión Intergubernamental del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, conformada en el marco del Decreto Supremo N° 047-2009-PCM”, en lo que corresponde al Ministerio de Vivienda, Construcción Y Saneamiento, en los términos siguientes: - Un representante de la Comisión Sectorial de Transferencia, quien la presidirá. - Un representante del Viceministerio de Construcción y Saneamiento. - Un representante del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo. - Un representante de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, quien ejercerá la Secretaría Técnica. - Un representante de la Dirección Nacional de Vivienda. - Un representante de la Dirección Nacional de Urbanismo. - Un representante de la Dirección Nacional de Construcción. - Un representante de la Dirección Nacional de Saneamiento. - Un representante de la Ofi cina de Medio Ambiente. - Un representante del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal. - Un representante de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. Artículo 3°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA FLORIÁN CEDRÓN Secretaria de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 962492-1