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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2013 (16/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 17

El Peruano Martes 16 de julio de 2013 499431 condiciones consideradas en la prórroga dispuesta mediante Resolución Jefatural Nº 272-2011-ANA; Que, asimismo, si bien el presente procedimiento se inició con fecha posterior al vencimiento de la prórroga dispuesta mediante Resolución Jefatural Nº 272-2011- ANA, dicha situación no es óbice para otorgar la prórroga solicitada, más aún cuando, de acuerdo a lo señalado por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, subsisten las condiciones que justifi caron el otorgamiento de la reserva, al no haberse otorgado derechos de uso de agua a cargo de la reserva y que se trata de la ejecución de proyectos de inversión pública declarados de interés nacional; y, Estando a lo opinado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, con los vistos de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos y de la Secretaría General, de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 15 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos y el literal o) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovación de la Reserva de Agua Renovar, en vía de regularización, hasta la fecha de dación de la presente Resolución, la reserva de recursos hídricos otorgada mediante Decreto Supremo Nº 003- 2009-AG a favor de los Proyectos Especiales Chavimochic y Chinecas. Artículo 2º.- Prórroga de la Reserva de Agua Prorróguese por dos (02) años adicionales, la reserva de recursos hídricos otorgada mediante Decreto Supremo Nº 003-2009-AG a favor de los Proyectos Especiales Chavimochic y Chinecas, la misma que comprende las aguas superfi ciales de libre disponibilidad del río Santa, de acuerdo al cuadro siguiente: Disponibilidad Hídrica (MMC) Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Set Oct Nov Dic Total Chavimochic 202,46 202,82 231,05 225,34 88,41 29,33 21,20 16,95 8,94 19,24 59,38 138,73 1 243,85 Chinecas 156,38 179,08 200,45 196,23 89,75 66,06 52,89 49,36 51,62 74,58 80,78 90,44 1 287,62 Artículo 3°.- Determinación del caudal ecológico Precisar que el volumen del Proyecto Especial Chinecas, incluye el caudal ecológico para el tramo comprendido entre la bocatoma Condorcerro y desembocadura al mar, el mismo que no deberá ser menor a un caudal continuo de 5 m3/s, equivalente a 157,68 MMC anuales. Artículo 4º.- De la supervisión de la reserva de agua La Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, es responsable de supervisar el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua 962367-1 Encargan funciones de la Administración Local de Agua Moquegua RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 299-2013-ANA Lima, 15 de julio de 2013 VISTO: El Informe N° 388-2013-ANA-0A-URH, de la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, las Administraciones Locales de Agua son unidades orgánicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ámbitos territoriales; Que, mediante Resolución Jefatural N° 011-2010-ANA, se encargó las funciones de la Administración Local de Agua Moquegua, al señor Fidel Antonio Zegarra Granda; Que, de acuerdo al Informe del visto, el citado funcionario hará uso de su descanso físico del 17 al 31 de julio de 2013, siendo necesario cubrir su ausencia a fi n que el normal desarrollo de la unidad orgánica antes mencionada no se vea afectada; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado por Decreto Supremo N°006-2010-AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Encargar temporalmente, a partir del 17 hasta el 31 de julio de 2013, al señor CAMILO DE LELIS HUAMANI YANQUE, las funciones de la Administración Local de Agua Moquegua, en adición a las funciones de su Contrato Administrativo de Servicios suscrito con esta Autoridad. Artículo 2°.- Precísase, que al término del encargo de funciones a que se refi ere el artículo precedente, el señor FIDEL ANTONIO ZEGARRA GRANDA, continuará ejerciendo las funciones de la Administración Local de Agua Moquegua. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua 962367-2 AMBIENTE Declaran de interés nacional la realización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático – COP 20, la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10 y las actividades y eventos conexos, así como crean Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de su preparación, organización y realización DECRETO SUPREMO N° 007-2013-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Legislativa N° 26185, el Perú aprobó la Convención Marco de las Naciones Unidas