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El Peruano Martes 16 de julio de 2013 499421 “DAKAR SERIES DESAFIO INCA”, edición 2013 y edición 2014; Que, en tal sentido, resulta necesario crear una Comisión Multisectorial Temporal que se encargue de coordinar, dirigir y ejecutar las actividades que resulten necesarias para la realización de citado evento, así como informar sus resultados, a efectos de que diferentes Entidades Públicas se involucren activamente en la preparación y realización de dicho evento, el mismo que nos permitirá promover el deporte, así como la imagen del Perú en el exterior y sus atractivos turísticos y culturales; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, modifi cada por la Ley N° 29544, y la Ley N° 29408, Ley General de Turismo. SE RESUELVE: Artículo 1.- Constitución de la Comisión Organizadora Constituir la Comisión Multisectorial Temporal denominada “Comisión Organizadora del DAKAR SERIES DESAFIO INCA, edición 2013 y edición 2014”, en adelante la Comisión Organizadora, encargada de coordinar, dirigir y ejecutar las actividades que resulten necesarias para la realización de dicho evento, así como informar sus resultados. La Comisión Organizadora está adscrita al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la cual estará integrada por: a. El Ministro de Comercio Exterior y Turismo o su representante, quien la presidirá. b. El Presidente del Instituto Peruano del Deporte – IPD, quien actuará como Secretario Técnico. c. Un representante del Instituto Peruano del Deporte – IPD. d. Un representante del Ministerio de Educación. e. Un representante de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ. Las Entidades antes señaladas deberán designar a sus respectivos representantes mediante resolución del titular de la Entidad a la que pertenecen, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de publicada la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Participación de otras Entidades El Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio del Interior, el Ministerio del Ambiente, el Ministerio de Cultura, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, y la Superintendencia Nacional de Migraciones, deberán realizar las acciones que correspondan dentro del ámbito de su competencia, con la fi nalidad de facilitar a la Comisión Organizadora la realización del “DAKAR SERIES DESAFIO INCA”, edición 2013 y edición 2014, proponiendo de ser el caso las medidas necesarias. Asimismo, la Comisión Organizadora podrá solicitar la participación de otras entidades tanto públicas como privadas, a fi n de que coadyuven en el logro de sus objetivos. Artículo 3.- Financiamiento Los gastos de funcionamiento de la Comisión Organizadora serán fi nanciados con cargo a los recursos de las Entidades competentes. Artículo 4.- Plazo La Comisión Organizadora culminará sus funciones una vez que culmine la realización del “DAKAR SERIES DESAFIO INCA”, edición 2013 y edición 2014. Artículo 5.- Informe Final La Comisión Organizadora deberá elaborar y presentar al Ministro de Comercio Exterior y Turismo y a la Ministra de Educación, un informe fi nal dentro del plazo a que se refi ere el artículo precedente. Artículo 6.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo y la Ministra de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 962646-8 Modifican la Res. Nº 063-2009-PCM/SD, sobre reconocimiento de la Comisión Intergubernamental del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, y modifican Anexo relativo a la relación de representantes RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 028-2013-PCM/SD Lima, 30 de mayo de 2013 VISTOS: El Ofi cio Nº 241-2013-VIVIENDA/SG, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Informe N° 010-2013-PCM/SD-FNH. CONSIDERANDO: Que, La Secretaría de Descentralización es la encargada de dirigir y conducir el proceso de descentralización, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 063- 2007-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2009”, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, se incorporó un nuevo enfoque para continuar con la descentralización administrativa, basado en el desarrollo de la gestión descentralizada de los servicios públicos, por los tres niveles de gobierno, bajo los principios de corresponsabilidad, complementariedad y subsidiariedad; Que, de acuerdo a lo estipulado en el Art. 4° del Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, antes mencionado, los Ministerios, con la participación de los Gobiernos Regionales y Locales, conformarán Comisiones Intergubernamentales sectoriales, que tendrán como función principal el desarrollo de la gestión descentralizada de sus respectivos servicios públicos; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 063-2009-PCM/SD, se reconoció a la Comisión Intergubernamental del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, para que se encargue de desarrollar, entre otros temas de interés del Sector, la gestión descentralizada de los servicios públicos asociados a las funciones comprendidas en los Art. 51 n), 58 y 62 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, transferidas a los Gobiernos Regionales, en materia agraria, vivienda y saneamiento y administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 001-2013-AG, el Ministerio de Agricultura es el ente rector de la Política Nacional Agraria, que comprende las tierras de uso agrícola, de pastoreo, las tierras forestales, las eriazas con aptitud agraria, los recursos forestales y su aprovechamiento; y, como tal, desarrolla la política nacional que defi ne los objetivos prioritarios, los lineamientos, los contenidos y los estándares nacionales de cumplimiento en materia de propiedad agraria, incluido el saneamiento físico - legal y formalización de la propiedad agraria, que comprenden a las tierras de las comunidades nativas y campesinas, garantizando la concordancia con