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El Peruano Martes 16 de julio de 2013 499433 y Recursos Hídricos, asumirá la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial. Artículo 8º.- Instalación El Grupo de Trabajo Multisectorial se instalará dentro de los siete (07) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo. Artículo 9°.- Funcionamiento El Grupo de Trabajo Multisectorial determinará la forma de su funcionamiento, los plazos para la emisión de sus informes, la oportunidad de sus sesiones, el lugar donde se realizarán las sesiones, así como cualquier otra decisión que permita viabilizar el cumplimiento del objeto del presente Decreto Supremo. Artículo 10°.- Gastos La creación del Grupo de Trabajo Multisectorial no demandará gastos adicionales al presupuesto institucional de las entidades integrantes. Cada Pliego Presupuestal asumirá los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus representantes. Artículo 11º.- Vigencia El plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial se contará desde el día de su instalación, hasta la presentación del Informe Final de sus actividades al Ministro del Ambiente, que debe producirse en un plazo no mayor a noventa (90) días hábiles posteriores a la realización de los eventos citados precedentemente. Artículo 12°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros del Ambiente; Relaciones Exteriores; Defensa; Interior; Salud; Agricultura y Riego; Producción; Comercio Exterior y Turismo; Transportes y Comunicaciones; Vivienda, Construcción y Saneamiento; y Cultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de julio del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MANUEL PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura y Riego GLADYS MONICA TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones RENÉ CORNEJO DIAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONÍ Ministro de Cultura 962646-3 DEFENSA Autorizan viaje de personal del Ejército del Perú a los EE.UU., por tratamiento médico altamente especializado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 358-2013-DE/ Lima, 15 de julio de 2013 VISTO: La Hoja de Recomendación Nº 008 Y-4.b.1/15.00 del 22 mayo del 2013, del Comando de Salud del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 194-2012 DE/ del 17 de mayo de 2012, se autorizó el viaje al exterior por tratamiento médico altamente especializado del Subofi cial 3ª EP Eddy Gustavo RIVEROS HUAMANI, a fi n de ser evacuado al BASCOM MIAMI PALMER EYE INSTITUTE, en la ciudad de Miami, Estado de Florida, Estados Unidos de América, por un período de treinta (30) días, a partir del 17 de mayo al 15 de junio de 2012, por presentar el diagnóstico de: “Lesión perforante severa en el ojo derecho, lesión cornial penetrante, catarata traumática y cuerpo extraño intraocular en el ojo izquierdo, producto de un impacto de esquirlas por onda expansiva de mina en cara, con compromiso de ambos ojos, con pérdida de la visión en el ojo derecho y marcada disminución de la agudeza visual en el ojo izquierdo; heridas irregulares en la hemicara derecha, con pérdida de piel y tejido celular sub cutáneo en región frontal derecha con compromiso de parpado superior, producto de artefactos explosivos en ataque terrorista en el valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM)”; Que, mediante Ofi cio N° 821/ORIE/c3 del 07 de mayo de 2013, el Coronel EP Agregado de Defensa Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América, comunica la próxima cita médica del Subofi cial 3ª EP Eddy Gustavo RIVEROS HUAMANI, en el BASCOM MIAMI PALMER EYE INSTITUTE, en la ciudad de Miami, Estado de Florida, Estados Unidos de América, para el día 17 de julio de 2013; Que, en ese sentido, con el documento del visto, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, aprobó la evacuación del Subofi cial 3ª EP Eddy Gustavo RIVEROS HUAMANI, con el médico acompañante, Teniente Coronel EP Jorge Enrique ESCOBEDO RODRIGUEZ, para que asista a su cita médica programada, por cuatro (04) días, en el BASCOM MIAMI PALMER EYE INSTITUTE, en la ciudad de Miami, Estado de Florida, Estados Unidos de América, del 16 al 19 de julio de 2013; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del año 2013, de la Unidad Ejecutora Nº 003 Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, dentro de las modalidades de autorizaciones de viajes al exterior del personal militar y civil del Ministerio de Defensa, se encuentran contemplados los viajes por tratamiento Médico Altamente Especializado, para aquellos casos en que el personal requiera recibir tratamiento médico especializado que no puede brindarse en el país por enfermedades o lesiones, el mismo que estará sujeto a la disponibilidad presupuestal, requiriéndose previamente un peritaje médico, así como el informe de la junta médica de sanidad de la institución respectiva de conformidad con los artículos 13° y 14° del Decreto Supremo N° 002-2004- DE/SG del 26 de enero de 2004, Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 - que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 - sobre normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 024-2009 DE/SG del