Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2013 (18/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Jueves 18 de MORDAZA de 2013

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Vista la solicitud de LATAM AIRLINES GROUP S.A. sobre Renovacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 082-2009MTC/12 del 15 de MORDAZA del 2009, modificada mediante Resolucion Directoral Nº 185-2009-MTC/12 del 21 de MORDAZA del 2009, Resolucion Directoral Nº 102-2010-MTC/12 del 09 de MORDAZA del 2010, Resolucion Directoral Nº 147-2010MTC/12 del 13 de MORDAZA del 2010, Resolucion Directoral Nº 028-2012-MTC/12 del 25 de enero del 2012 y Resolucion Directoral Nº 081-2013-MTC/12 del 28 de febrero del 2013, se otorgo a LATAM AIRLINES GROUP S.A. (antes LAN AIRLINES S.A.) la Renovacion de Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) anos, hasta el 19 de MORDAZA del 2013; Que, mediante documentos de Registro Nº 2013013455 del 04 de marzo del 2013, Nº 027377 del 05 de marzo del 2013 y Nº 058339 del 06 de MORDAZA del 2013, LATAM AIRLINES GROUP S.A. solicito la Renovacion de su Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; Que, segun los terminos de los Memorandos Nº 3812013-MTC/12.LEG, Nº 040-2013-MTC/12.POA, Nº 1572013-MTC/12.07.CER, Nº 079-2013-MTC/12.07.PEL e Informe Nº 195-2013-MTC/12.07, emitidos por las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil y que forman parte de la presente Resolucion Directoral, conforme a lo dispuesto en el articulo 6º numeral 2) de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General ­, se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento y demas disposiciones legales vigentes; Que, la Junta de Aeronautica Civil de MORDAZA ha designado a LATAM AIRLINES GROUP S.A., para realizar Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, en las rutas solicitadas; Que, en aplicacion del Articulo 9º literal g) de la Ley Nº 27261, la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, segun lo establecido en el articulo 176º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, procede otorgar la Renovacion de Permiso de Operacion cuando la empresa acredite que mantiene las capacidades necesarias para la realizacion de sus operaciones y que fueron sustento para el otorgamiento del permiso que solicita renovar; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a LATAM AIRLINES GROUP S.A., de conformidad con el "Memorandum de Entendimiento entre las Autoridades Aeronauticas Civiles de la Republica del Peru y la Republica de Chile" suscrito con fecha 07 de MORDAZA del 2011, ratificado mediante Resolucion Ministerial Nº412-2011-MTC/02, la Renovacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 20 de MORDAZA del 2013, fecha siguiente al vencimiento de la Resolucion Directoral Nº 082-2009-MTC/12, modificada mediante Resolucion Directoral Nº 185-2009-MTC/12 del 21 de MORDAZA del 2009, Resolucion Directoral Nº 102-2010MTC/12 del 09 de MORDAZA del 2010, Resolucion Directoral Nº 147-2010-MTC/12 del 13 de MORDAZA del 2010, Resolucion Directoral Nº 028-2012-MTC/12 del 25 de enero del 2012

Certificado de Matricula y de Aeronavegabilidad vigentes, asi como de los seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- En relacion al Peru, la publicidad y la venta de servicios de transporte aereo que realice LAN CARGO S.A. se efectuara de conformidad con lo establecido en el articulo 197º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- LAN CARGO S.A. debera presentar los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 5º.- El ejercicio y utilizacion de este Permiso de Operacion implica por parte de LAN CARGO S.A.: a) Su renuncia a todo derecho para invocar cualquier reclamo o inmunidad diplomatica derivada de cuestiones de soberania y de otro origen, frente a reclamaciones surgidas como consecuencia de operaciones realizadas bajo este permiso. b) Su expreso sometimiento a la jurisdiccion peruana. Articulo 6º.- LAN CARGO S.A. queda obligada con el Gobierno del Peru para que este pueda emplear en su servicio aeronaves, elementos, material y personal peruano de que disponga dicha empresa en los casos de conflictos internacionales, desordenes internos y calamidades publicas. El Gobierno del Peru abonara los gastos ocasionados de conformidad con la legislacion vigente y la practica internacional. Articulo 7º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion se mantendra mientras la beneficiaria no pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; demas normas vigentes; y, cumpla las obligaciones a que se contrae la presente Resolucion. Articulo 8º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil procedera conforme a lo senalado en el articulo 32.3º de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 9º.- LAN CARGO S.A. debera constituir la garantia global que establece el articulo 93º de la Ley Nº 27261, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto establecidos en los articulos 199º y siguientes del Reglamento. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 10º.- LAN CARGO S.A. queda obligada a cumplir dentro de los plazos senalados con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 11º.- LAN CARGO S.A. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 12º.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a LAN CARGO S.A. queda sujeto a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento y demas disposiciones legales vigentes, asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General; y podra ser revocado total o parcialmente en caso que el Gobierno de MORDAZA no otorgue a las lineas aereas peruanas derechos aerocomerciales reciprocos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 961406-1

Otorgan a Latam Airlines Group S.A. la renovacion de permiso de operacion de aviacion comercial: Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 260-2013-MTC/12 MORDAZA, 18 de junio del 2013

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