Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2013 (18/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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casos de excepcion MORDAZA mencionados, es requisito que las plazas a ocupar se encuentren aprobadas en el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP, y registradas en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico a cargo de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas, y que cuenten con la respectiva certificacion del credito presupuestario; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-SA, se establecen lineamientos para el MORDAZA de nombramiento del ano 2013 en el MORDAZA de las Leyes Nºs. 28498, 28560 y 29682, en las unidades ejecutoras del Ministerio de Salud, sus organismos publicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales; Que, el numeral 5.1 del citado Decreto Supremo senala que las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto o las que MORDAZA sus veces en las Unidades Ejecutoras de Salud, deberan efectuar la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal en el caso no se cuente con los cargos previstos para efectuar el nombramiento del personal senalado en el numeral 4.4 del Decreto Supremo Nº 004-2013-SA; Que, a traves del Oficio N° 712-2013-DE-ODI-PPOIDRS-LC, la Direccion Ejecutiva de la Direccion de Red de Salud MORDAZA MORDAZA remitio a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud la propuesta de Cuadro para Asignacion de Personal, para el tramite de aprobacion correspondiente, sustentando dicho Documento de Gestion en el Informe Tecnico N° 007-2013-Coord-PPOI-DRS-LC y el Informe Legal N° 342013-AL-DRS-LC; Que, con Informe Nº 096-2013-OGPP-OO/MINSA y con Memorandum N° 0883-2013-OGPP-OO/MINSA, la Oficina de Organizacion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinion tecnica favorable a la propuesta de Cuadro para Asignacion de Personal de la Direccion de Red de Salud MORDAZA Ciudad; Que, estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal de la Direccion de Red de Salud MORDAZA Ciudad; Con el visado del Director General de Ia Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de las Entidades de la Administracion Publica, aprobados por Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, en la Directiva N° 007MINSA/OGPP-V.02, "Directiva para la Formulacion de Documentos Tecnicos Normativos de Gestion Institucional", aprobada por Resolucion Ministerial N° 603-2006/MINSA y sus modificatorias, asi como en el literal l) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal de la Direccion de Red de Salud MORDAZA MORDAZA, el mismo que consta de mil setecientos ochenta y cinco (1785) cargos clasificados, que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano". El Cuadro para Asignacion de Personal de la Direccion de Red de Salud MORDAZA MORDAZA y la Resolucion Ministerial que lo aprueba seran publicados en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob,pe). Articulo 3°.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 385-2012/MINSA y los dispositivos legales que se opongan a la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 963845-1

El Peruano Jueves 18 de MORDAZA de 2013

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Modifican art. 16° de los Lineamientos para el Otorgamiento del Reconocimiento de Buenas Practicas Laborales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 124-2013-TR MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2013 VISTOS: El Oficio N° 215-2013-MTPE/2/14.3, de la Direccion de Prevencion y Solucion de Conflictos Laborales y Responsabilidad Social Empresarial Laboral de la Direccion General de Trabajo, el Oficio N° 6932013-MTPE/2/14, de la Direccion General de Trabajo y el Informe N° 824-2013-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, tiene como funcion exclusiva promover normas y estandares nacionales de responsabilidad social empresarial en materia laboral, segun lo dispone el numeral 7.8 del articulo 7° de la Ley N° 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 175-2010TR, se aprueban los Lineamientos para el Otorgamiento del Reconocimiento de Buenas Practicas Laborales, cuya finalidad primordial es identificar y premiar a aquellas empresas que constituyan modelos nacionales en la defensa, respeto y promocion de los derechos fundamentales de los trabajadores, a fin de multiplicar estos ejemplos y lograr un masivo compromiso de nuestro sector empresarial con la responsabilidad social empresarial; Que, en la Memoria del Director General de la 87ª reunion de la Conferencia Internacional del Trabajo, celebrada en 1999, se destaca que el trabajo decente no solo consiste en promover oportunidades para que las mujeres y los hombres obtengan el trabajo decente y productivo, en condiciones de MORDAZA, equidad, seguridad y dignidad humanas; sino ademas, que es el punto de convergencia de los cuatro objetivos estrategicos de la Organizacion Internacional de Trabajo, la promocion de los derechos fundamentales en el trabajo, el empleo, la proteccion social y el dialogo social. Dichos objetivos fueron ratificados en la Declaracion de la Organizacion Internacional del Trabajo del ano 2008; Que, el articulo 16° de los referidos Lineamientos, dispuso que el otorgamiento del Reconocimiento de las Buenas Practicas Laborales, se MORDAZA considerando las areas de Respeto a la Persona, Relaciones Laborales y Trabajo Decente; asimismo, se establece que cada una de estas areas, esta compuesta por diversas categorias; Que, las areas y categorias deben responder a la finalidad del Reconocimiento de las Buenas Practicas Laborales, considerando el trabajo decente como una cuestion transversal a cada una de ellas, por lo que resulta necesaria su reformulacion; Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, del Director General de Trabajo y el Jefe General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y el literal d) del articulo 7° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2010-TR. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el articulo 16° de los Lineamientos para el Otorgamiento del Reconocimiento

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