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El Peruano Jueves 18 de julio de 2013 499554 Ministerio del Ambiente, en la misma fecha de publicación de la resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 963844-3 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Modifican RR.MM. N°s 167 y 169-2013- MINCETUR/DM, que autorizaron viajes de funcionarias a los EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 186-2013-MINCETUR/DM Lima, 16 de julio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 167- 2013-MINCETUR/DM, de fecha 17 de junio de 2013, se autorizó el viaje de la señorita Claudia Eugenia Cornejo Mohme, Viceministra de Turismo, para que participe en la “Reunión Preparatoria del XXI Congreso Interamericano de Ministros y Altas Autoridades de Turismo”, llevada a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 27 al 28 de junio de 2013; Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 169-2013-MINCETUR/DM, de fecha 21 de junio de 2013, se autorizó el viaje de la señora Madeleine Rosa María Burns Vidaurrázaga, Directora Nacional de Artesanía, para que participe en la Exposición “Kaypi Perú”, a realizarse en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 25 al 29 de junio de 2013; Que, el día 28 de junio de 2013, por mal tiempo ocurrido en la ciudad de Washington D.C., la aerolínea debió cancelar el vuelo de Washington a Miami, tramo correspondiente al itinerario autorizado para el regreso a la ciudad de Lima de las funcionarias antes mencionadas; en tal razón, fue necesario reprogramar sus itinerarios, para que salieran de la ciudad de Washington el día 29 de junio, y vía la ciudad de Cancún (Estados Unidos Mexicanos) regresen a la ciudad de Lima; Que, es necesario autorizar los viáticos adicionales que corresponden a dicha reprogramación de itinerario, teniendo en cuenta que la Viceministra de Turismo y la Directora Nacional de Artesanía debieron pernoctar en la ciudad de Washington y realizar gastos de consumo de alimentos; Que, por tanto, es necesario modifi car las Resoluciones Ministeriales N° 167 y 169-2013-MINCETUR/DM, para autorizar los gastos adicionales de viáticos antes referidos; De conformidad con la Ley N° 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley N° 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 167-2013-MINCETUR/DM, en la parte referida a los gastos de viáticos autorizados para la señorita Claudia Eugenia Cornejo Mohme, Viceministra de Turismo, autorizando adicionalmente la suma de US$ 277.81. Artículo 2º.- Modifi car el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 169-2013-MINCETUR/DM, en la parte referida a los gastos de viáticos autorizados para la señora Madeleine Rosa María Burns Vidaurrázaga, Directora Nacional de Artesanía, autorizando adicionalmente la suma de US$ 40.00. Artículo 3°.- Quedan vigentes los demás términos de las Resoluciones Ministeriales N° 167 y 169-2013- MINCETUR/DM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 962780-1 Disponen la prepublicación en el portal institucional del Ministerio del Proyecto de Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 188-2013-MINCETUR/DM San Isidro, 16 de julio de 2013 Vistos, el Informe N° 024-2013-MINCETUR/VMT/ DNDT-DNS y el Memorándum Nº 558-2013-MINCETUR/ VMT del Viceministerio de Turismo. CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, señala que corresponde al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, promover, orientar y regular la actividad turística, con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible; Que, el artículo 27° de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, señala que son prestadores de servicios turísticos las personas naturales o jurídicas que participan en la actividad turística, con el objeto principal de proporcionar servicios turísticos directos de utilidad básica e indispensable para el desarrollo de las actividades de los turistas; estableciendo en el literal b) del Anexo N° 1 de la citada Ley que son prestadores turísticos los que realizan los servicios de agencias de viajes y turismo; Que, mediante Decreto Supremo N° 026-2004- MINCETUR, se aprueba el Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo; Que, desde la dación del citado Reglamento se han emitido diversas normas, por lo que resulta necesario aprobar un nuevo reglamento que regule la actividad de las agencias de viajes y turismo conforme a la normatividad vigente, así como incorporar al citado dispositivo, el régimen de infracciones y sanciones aplicables a los prestadores turísticos antes mencionados; Que, atendiendo a la relevancia del contenido del proyecto normativo y los supuestos que pretende reglamentar, y siendo que se trata una norma legal de carácter general, conforme a las disposiciones contenidas en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, resulta necesario disponer la prepublicación del referido proyecto conforme al procedimiento establecido; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, y el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prepublicación Disponer la prepublicación en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www. mincetur.gob.pe), el Proyecto de Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo, durante el plazo de treinta (30) días calendario, para conocimiento y sugerencias por parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de