Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2013 (18/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Jueves 18 de MORDAZA de 2013

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EGRESOS: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : Gobierno Central 001 : Presidencia del Consejo de Ministros 003 : Secretaria General ­ PCM

Que el articulo 6 de la Ley N° 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, establece que la incorporacion de los recursos que provengan de la Comision Nacional de Bienes Incautados ­ CONABI, se efectua mediante Decreto Supremo, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, refrendado por el Ministerio de Economia y Finanzas y por el Presidente del Consejo de Ministros, a propuesta de este ultimo; Que, el Decreto Legislativo N° 1104 que modifica la legislacion sobre perdida de dominio, crea la Comision Nacional de Bienes Incautados ­ CONABI, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de la recepcion, registro, calificacion, custodia, seguridad, conservacion, administracion, arrendamiento, asignacion en uso temporal o definitiva, disposicion y venta en subasta publica, de los objetos, instrumentos, efectos y ganancias generadas por la comision de delitos en agravio del Estado; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1104, determina que la CONABI asume el objeto, bienes, presupuesto y competencias del Fondo Especial de Administracion de Dinero Obtenido Ilicitamente en Perjuicio del Estado ­ FEDADOI; la Comision de Administracion de Bienes Incautados y Decomisados ­ COMABID del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas ­ OFECOD del Ministerio del Interior; Que, el articulo 11 del Decreto Supremo N° 0932012-PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1104, establece, entre otros, que en el MORDAZA de las competencias transferidas en virtud de la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1104, tratandose de recursos financieros decomisados o declarados en perdida de dominio a favor del Estado, el Consejo Directivo de la CONABI destinara su uso para asumir los gastos relativos a la administracion y custodia de los bienes bajo su competencia y los que se generen en los casos en que se desestime la perdida de dominio o el decomiso; asi como para aquellas actividades derivadas o vinculadas con la investigacion, procesamiento y la defensa juridica del Estado en la lucha contra la mineria ilegal, la corrupcion y el crimen organizado, previo requerimiento debidamente justificado. Dichos recursos se incorporan en el pliego Presidencia del Consejo de Ministros en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Oficio N° 4254-2013-PCM/SG la Presidencia del Consejo de Ministros solicita un Credito Suplementario para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma de QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 566 987,00), para la supervision, administracion y custodia de bienes incautados a nivel nacional, venta y arrendamiento por subasta publica de activos decomisados, declarados en perdida de dominio o incautados; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del articulo 6 de la Ley N° 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma de QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 566 987,00) para el financiamiento de las acciones senaladas en la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS: En Nuevos Soles

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5003597 : Administracion de Objetos, Instrumentos y Otros Generados por Comision de Delitos en Agravio del Estado 1 : Recursos Ordinarios 546 987,00

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios Gastos de Capital 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros

20 000,00 ---------------TOTAL EGRESOS 566 987,00 ========= Articulo 2º.- Procedimientos para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en el presente Credito Suplementario aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos del Credito Suplementario a que hace referencia el articulo 1 del presente dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 963881-2

ENERGIA Y MINAS
Designan Presidente del Instituto Peruano de Energia Nuclear - IPEN
RESOLUCION SUPREMA Nº 046-2013-EM MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2013

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Articulo 11 del D.S. N° 093-2012-PCM 566 987,00 (Reglamento del Decreto Legislativo N° 1104) ---------------TOTAL INGRESOS 566 987,00 =========

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