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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2013 (18/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 80

El Peruano Jueves 18 de julio de 2013 499606 que se desarrolla el Programa de Vivienda Residencial Los Portales de Chavín I Etapa, cumple con los planes urbanos respecto a la zonifi cación, vías y aportes reglamentarios; Que, estando el Informe Nº 0044-2013-CAST-SGCHU- GDU/MDSMP de fecha 27 de Marzo del 2013, emitido por el área legal de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas de esta entidad administrativa, donde señala que habiéndose cumplido con todos los requisitos establecidos por ley, procede otorgarle el acto administrativo, APROBANDO la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del inmueble con un área de 13,198.84 m2, constituido por la Sección “A” de la Parcela Nº 52, identifi cado con la Unidad Catastral Nº 10661, Ex Fundo Naranjal, inscrito en la Ficha Registral Nº 1185618 y su continuación en Partida Electrónica Nº 49033423 del Registro de Propiedad Inmueble - SUNARP, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Residencial Los Portales de Chavín I Etapa, de conformidad con el Plano signado con Nº 021-2013-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, AUTORIZANDO a CONTRATISTAS MAGESA S.R.L., para ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meses computados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución, las Obras de Habilitación Urbana; De conformidad con el artículo 20, inciso 6) de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; artículo 201, incisos 1) y 2) de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General; Reglamento Nacional de Construcciones, Ley General de Habilitaciones Urbanas – Ley Nº 26878, su Texto Único Ordenado del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, Resolución Nº 387-91-MML-AM-SMDU y Ordenanza Nº 127-MML; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del inmueble con un área de 13,198.84 m2, constituido por la Sección “A” de la Parcela Nº 52, identifi cado con la Unidad Catastral Nº 10661, Ex Fundo Naranjal, inscrito en la Ficha Registral Nº 1185618 y su continuación en Partida Electrónica Nº 49033423 del Registro de Propiedad Inmueble - SUNARP, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Residencial Los Portales de Chavín I Etapa, de conformidad con el Plano signado con Nº 021-2013-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- DECLARAR cumplidas las obras de agua potable, alcantarillado y electrifi cación y AUTORIZAR a CONTRATISTAS MAGESA S.R.L. para ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meses las Obras de Habilitación Urbana como son las obras de pavimentación de pistas y veredas y señalización de la Habilitación Urbana del terreno de 13,198.84 m2. Las obras deberán sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, de acuerdo a las especifi caciones siguientes: Diseño.- Se basará en el cuadro de áreas siguiente: CUADRO GENERAL DE AREAS DESCRIPCION AREA (m2) Área Bruta 13,198.84 Área Útil 8,498.16 Área de Vías 4,007.19 Área de Jardín 693.49 TELECOMUNICACIONES: Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas, el interesado deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónica del Perú S.A., para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. PAVIMENTOS: Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”, fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuara con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurara una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superfi cie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de f’c=175Kg/ cm2 de 0.10 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20m, y el acabado será con mezcla cemento-arena fi na en porción 1:2 de un (01) centímetro de espesor. Los Radios de abanicos en las esquinas serán de 6.00m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confi nando y protegiendo sus bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad f’c=175Kg/cm2 y de dimensiones 0.15 x 0.30m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirán sardineles de concreto de calidad y acabado fi nal igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30m. Rampas y Bermas para personas con discapacidad.- En los lugares señalados en el plano de trazado y lotización, se construirán rampas en las bermas, que conectarán los niveles superiores de las aceras y de las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE – U.190 “ADECUACION URBANISTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero del 2001. Artículo Tercero.- CONSIDERAR esta habilitación urbana con Construcción Simultánea debiendo solicitar previamente las respectivas autorizaciones y licencias de construcción ante la Sub Gerencia de Obras Privadas de esta Corporación Municipal de conformidad con lo dispuesto por la Ley 29090 y su reglamento aprobado mediante DS. 024-2008-VIVIENDA. Artículo Cuarto.- DISPONER a CONTRATISTAS MAGESA S.R.L. el pago de los défi cits de aportes de Recreación Pública por el área de 1,451.87 m2, a redimirse en dinero a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, y del aporte de Ministerio de Educación por el área de 263.98 m2, a redimirse en dinero al Ministerio de Educación, quedando en garantía de pago por el défi cit de aportes por Recreación Pública y Ministerio de Educación a los lotes 1 al 15 de la Manzana “A”, lotes 1 al 13 de la Manzana “B”, lotes 1 al 24 de la Manzana “C” y lotes 1 al 4 de la Manzana “D” del Programa de Vivienda Residencial Los Portales de Chavín I Etapa, los cuales serán cancelados antes de la recepción de obras de habilitación urbana. Artículo Quinto.- DISPONER la inscripción individualizada de los lotes en el Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, que hacen un total de 56 Lotes de Vivienda, distribuidos en 4 manzanas, tal como consta en el plano aprobado y memoria descriptiva que forma parte de la presente resolución. Artículo Sexto.- AUTORIZAR a CONTRATISTAS MAGESA S.R.L. la venta garantizada y la inscripción de los contratos de compra venta de los lotes que forman parte de la presente habilitación urbana ejecutada. Artículo Séptimo.- REMITIR una copia del expediente de la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada y la Resolución correspondiente a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratifi cación, al Ministerio de Educación para su conocimiento y a la Superintendencia