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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2013 (18/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 78

El Peruano Jueves 18 de julio de 2013 499604 Subgerencia de Logística, el cual señala que si bien es cierto que se remite una relación detallada de pantalones, casacas, polos y zapatos, con sus respectivas tallas para el personal de limpieza pública y áreas verdes, no es menos cierto, que dicha relación no contiene las características técnicas (color, material, tela, diseño, logos, etc.) que permitan efectuar un estudio de mercado y determinar el Valor Referencial de dichos bienes; asimismo, señala que el donante se encuentra dispuesto a colaborar con la suma de S/.26,000.00 (veintiséis mil y 00/100 nuevos soles) para la adquisición de uniformes, lo cual signifi ca que en el caso que los uniformes solicitados por la Subgerencia de Gestión Ambiental, tengan un mayor precio, la diferencia deberá ser asumida por esta Corporación, recomendando se gestione el Acuerdo de Concejo que permita la aceptación de la donación; Que, mediante Memorando Nº 227-2013-MPL-GM de fecha 24 de abril de 2013, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Gerencia de Asesoría Jurídica para conocimiento y emitir el informe al respecto; Que, mediante Informe Nº 075-2013-MPL/GAJ de fecha 07 de mayo de 2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que la empresa LHK S.A.C. ha cumplido con los lineamientos establecidos en el punto 3 de la Directiva Nº 009-2002/SBN en lo que se refi ere a requisitos, correspondiendo efectuar la aprobación de la donación por parte del Concejo Municipal; recomendando elevar los actuados al Concejo Municipal a efectos de así considerarlo, aceptar la donación efectuada por la empresa LHK S.A.C., conforme lo previsto en el numeral 20) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, conforme a la voluntad de la empresa donante; asimismo, una vez la empresa donante haga entrega del dinero donado por el monto de S/.26,000.00 (veintiséis mil y 00/100 nuevos soles), la Subgerencia de Tesorería emita un informe señalando la recepción del cheque y su custodia, hasta el momento del desembolso para la adquisición de los bienes; en caso que el dinero donado no cubra la cantidad de uniformes necesarios para el personal de limpieza y áreas verdes, la Subgerencia de Gestión Ambiental, como área usuaria deberá solicitar, previo informe sustentatorio, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la respectiva partida presupuestal y cobertura para su adquisición, conforme a lo señalado por la Subgerencia de Logística mediante el Informe Nº 134-2013-MPL-GAF/SGL; Que, mediante Memorando Nº 251-2013-MPL-GM de fecha 08 de mayo de 2013, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaría General a fi n que se deriven al Concejo Municipal para su consideración y aprobación; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 20) del artículo 9º y artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- ACEPTAR Y AGRADECER, la donación que efectuará la empresa LHK S.A.C., consistente en la suma de S/.26,000.00 (veintiséis mil y 00/100 nuevos soles), que serán utilizados para la adquisición de uniformes para el personal del Área de Limpieza Pública y Áreas Verdes de la Municipalidad de Pueblo Libre. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas a través de la Subgerencia de Logística y a la Gerencia de Desarrollo Distrital a través de la Subgerencia de Gestión Ambiental, el cumplimiento del presente Acuerdo, así como las acciones correspondientes a sus competencias. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 962798-1 FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDÍA Nº 05-2013-MPL Fe de Erratas del Decreto de Alcaldía Nº 05-2013-MPL, publicado el 17 de julio de 2013. En el Artículo Primero; DICE: DISPONER el Embanderamiento General de las viviendas, Instituciones Públicas y Privadas, y locales comerciales del Distrito de Pueblo Libre, entre el 15 de julio y el 15 de agosto del 2013, (...) DEBE DECIR: DISPONER el Embanderamiento General de las viviendas, Instituciones Públicas y Privadas, y locales comerciales del Distrito de Pueblo Libre, entre el 18 de julio y el 15 de agosto del 2013, (...) 963847-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Delegan a Gerente Municipal, facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que compete al despacho de Alcaldía en materia presupuestal RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 159 San Isidro, 11 de julio de 2013 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO: Que, el artículo 7º, numeral 7.1, de Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012- EF, prescribe que el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva y que dicha autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo el titular responsable solidario con el delegado; Que, el artículo 40º, numerales 40.1. y 40.2, del citado TUO de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece que son modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática, y que dichas modifi caciones son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, así como, que el Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 20 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que es atribución del Alcalde delegar sus funciones administrativas en el Gerente Municipal; Que, en concordancia con las disposiciones citadas, resulta necesario delegar en el Gerente Municipal la facultad de aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, al amparo de lo dispuesto en los artículos 7º, numeral 7.1, y 40º, numeral 40.2, del TUO de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR en el Gerente Municipal encargado, señor Diethell Columbus Murata, para el segundo semestre del ejercicio fi scal 2013, la facultad de aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que compete al despacho de Alcaldía en materia presupuestal, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 40.2 del artículo 40º del TUO de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.