Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2013 (18/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano Jueves 18 de MORDAZA de 2013

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limpieza publica y tratamiento de residuos solidos, entre otros, cuando esten en capacidad de hacerlo, determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, conforme al Articulo 10º de la Ley General de Residuos Solidos ­ Ley Nº 27314, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1065, los distritos son responsables por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de los residuos solidos, y de la limpieza de las vias, espacios y monumentos publicos de su jurisdiccion y deben contar con planes de manejo de los mismos. Asimismo el numeral 2 del Articulo 8º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM indica que la municipalidad distrital es responsable de la gestion y manejo de los residuos de origen domiciliario, comercial y de aquellos similares originados por otras actividades y que corresponde a estas municipalidades, entre otras, asegurar una adecuada prestacion del servicio de limpieza, recoleccion y transporte de residuos en su jurisdiccion, debiendo garantizar su adecuada disposicion final; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, que aprobo la Politica Nacional del Ambiente, prescribe, en el Eje de Politica 2: Gestion Integral de la Calidad Ambiental; componente 4. Residuos Solidos; como un Lineamiento de Politica del Sector, el fortalecimiento de la gestion de los Gobiernos Regionales y locales en materia de residuos solidos de ambito municipal, priorizando su aprovechamiento; Que, a traves de la Ordenanza Nº 006-2013-MDSM de fecha 12 de junio del 2013 se aprueba el Plan de Manejo de Residuos Solidos; Que, a la fecha, esta vigente el Decreto de Alcaldia Nº 005-2012-MDSM/A, de fecha 03 de MORDAZA del 2012, el mismo que Aprueba el Programa de Segregacion en Fuente en el AA.HH San MORDAZA I, II y III Etapa, que conformaba el 07% de las viviendas urbanas del distrito de MORDAZA Maria; Que, para el ano 2013, mediante Decreto Supremo Nº 002-2013-EF, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2013, dentro de los cuales se encuentra la meta de Implementar el Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en un 10% de las Viviendas Urbanas del Distrito; Que, el referido Programa se ha MORDAZA en numero de viviendas y en acciones complementarias orientadas a su sostenibilidad y ampliacion a otras zonas del distrito, por lo que se han ido desarrollando actividades que se han sistematizado en el instructivo denominado: "Implementar el Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en un 10% de las Viviendas Urbanas del Distrito" En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 39º y 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Decreto de Alcaldia Nº 005-2012-MDSM/A, de fecha 03 de MORDAZA del 2012 mediante el cual se aprueba el Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en el AA.HH San MORDAZA I, II y II Etapa. Articulo Segundo.- APROBAR Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en un 10% de las Viviendas Urbanas del Distrito de MORDAZA MORDAZA, cuyo texto forma parte integrante del Decreto de Alcaldia, a fin de aprobarse de acuerdo al programa establecido. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Administracion y Finanzas, Sub Gerencia de Servicios Publicos y areas administrativas correspondientes, su observancia y cumplimiento. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General e Imagen Institucional la publicacion y difusion del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­ MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA
Articulo Primero.- APROBAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, el mismo que consta de 137 Procedimientos Administrativos establecidos por areas que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Distrital Nº 0001-2008-MDSM de fecha 01 de Marzo del 2008 y demas normas que contravengan a la presente. Articulo Tercero.- APROBAR los Procedimientos Administrativos, requisitos y derechos de tramitacion contenidos en el MORDAZA, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- ENCARGUESE a las areas administrativas de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA el cumplimiento de la presente Ordenanza en cuanto les corresponda. Articulo Quinto.- ENCARGUESE, a la Oficina de Imagen Institucional la publicacion en el diario de mayor circulacion asi como la difusion en la pagina Web de la Municipalidad, de la presente Ordenanza Articulo Sexto.- REMITIR la presente Ordenanza y el integro del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA a la Municipalidad Provincial de Huaura, para su ratificacion de acuerdo a Ley. Articulo Setimo.- ESTABLECER que la presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Aprueban Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en un 10% de las Viviendas Urbanas del Distrito de MORDAZA MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 0005-2013-MDSM/A
MORDAZA MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO: El Informe Nº 024-2013-PIMGMM-MDSM, del Coordinador del Programa de Incentivos y el Informe Nº 048-2013-SGSP-MDSM de la Sub-Gerencia de Servicios Publicos; referente a la aprobacion del Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en un 10% de las Viviendas Urbanas del Distrito y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo que establece el 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, es funcion indelegable del estado impulsar politicas orientadas a la prevencion de la contaminacion y a la proteccion de la salud y el medio ambiente; y , conforme lo establece el numeral 4.1 del Articulo 80º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, es competencia de las Municipalidades administrar y reglamentar directamente o por concesion el servicio de

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