Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2013 (18/07/2013)
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TEXTO DE LA PÁGINA 83
El Peruano Jueves 18 de MORDAZA de 2013
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limpieza publica y tratamiento de residuos solidos, entre otros, cuando esten en capacidad de hacerlo, determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, conforme al Articulo 10º de la Ley General de Residuos Solidos Ley Nº 27314, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1065, los distritos son responsables por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de los residuos solidos, y de la limpieza de las vias, espacios y monumentos publicos de su jurisdiccion y deben contar con planes de manejo de los mismos. Asimismo el numeral 2 del Articulo 8º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM indica que la municipalidad distrital es responsable de la gestion y manejo de los residuos de origen domiciliario, comercial y de aquellos similares originados por otras actividades y que corresponde a estas municipalidades, entre otras, asegurar una adecuada prestacion del servicio de limpieza, recoleccion y transporte de residuos en su jurisdiccion, debiendo garantizar su adecuada disposicion final; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, que aprobo la Politica Nacional del Ambiente, prescribe, en el Eje de Politica 2: Gestion Integral de la Calidad Ambiental; componente 4. Residuos Solidos; como un Lineamiento de Politica del Sector, el fortalecimiento de la gestion de los Gobiernos Regionales y locales en materia de residuos solidos de ambito municipal, priorizando su aprovechamiento; Que, a traves de la Ordenanza Nº 006-2013-MDSM de fecha 12 de junio del 2013 se aprueba el Plan de Manejo de Residuos Solidos; Que, a la fecha, esta vigente el Decreto de Alcaldia Nº 005-2012-MDSM/A, de fecha 03 de MORDAZA del 2012, el mismo que Aprueba el Programa de Segregacion en Fuente en el AA.HH San MORDAZA I, II y III Etapa, que conformaba el 07% de las viviendas urbanas del distrito de MORDAZA Maria; Que, para el ano 2013, mediante Decreto Supremo Nº 002-2013-EF, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2013, dentro de los cuales se encuentra la meta de Implementar el Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en un 10% de las Viviendas Urbanas del Distrito; Que, el referido Programa se ha MORDAZA en numero de viviendas y en acciones complementarias orientadas a su sostenibilidad y ampliacion a otras zonas del distrito, por lo que se han ido desarrollando actividades que se han sistematizado en el instructivo denominado: "Implementar el Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en un 10% de las Viviendas Urbanas del Distrito" En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 39º y 42º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Decreto de Alcaldia Nº 005-2012-MDSM/A, de fecha 03 de MORDAZA del 2012 mediante el cual se aprueba el Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en el AA.HH San MORDAZA I, II y II Etapa. Articulo Segundo.- APROBAR Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en un 10% de las Viviendas Urbanas del Distrito de MORDAZA MORDAZA, cuyo texto forma parte integrante del Decreto de Alcaldia, a fin de aprobarse de acuerdo al programa establecido. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Administracion y Finanzas, Sub Gerencia de Servicios Publicos y areas administrativas correspondientes, su observancia y cumplimiento. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General e Imagen Institucional la publicacion y difusion del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA
Articulo Primero.- APROBAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, el mismo que consta de 137 Procedimientos Administrativos establecidos por areas que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Distrital Nº 0001-2008-MDSM de fecha 01 de Marzo del 2008 y demas normas que contravengan a la presente. Articulo Tercero.- APROBAR los Procedimientos Administrativos, requisitos y derechos de tramitacion contenidos en el MORDAZA, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- ENCARGUESE a las areas administrativas de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA el cumplimiento de la presente Ordenanza en cuanto les corresponda. Articulo Quinto.- ENCARGUESE, a la Oficina de Imagen Institucional la publicacion en el diario de mayor circulacion asi como la difusion en la pagina Web de la Municipalidad, de la presente Ordenanza Articulo Sexto.- REMITIR la presente Ordenanza y el integro del Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA a la Municipalidad Provincial de Huaura, para su ratificacion de acuerdo a Ley. Articulo Setimo.- ESTABLECER que la presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
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Aprueban Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en un 10% de las Viviendas Urbanas del Distrito de MORDAZA MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 0005-2013-MDSM/A
MORDAZA MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO: El Informe Nº 024-2013-PIMGMM-MDSM, del Coordinador del Programa de Incentivos y el Informe Nº 048-2013-SGSP-MDSM de la Sub-Gerencia de Servicios Publicos; referente a la aprobacion del Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en un 10% de las Viviendas Urbanas del Distrito y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo que establece el 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, es funcion indelegable del estado impulsar politicas orientadas a la prevencion de la contaminacion y a la proteccion de la salud y el medio ambiente; y , conforme lo establece el numeral 4.1 del Articulo 80º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, es competencia de las Municipalidades administrar y reglamentar directamente o por concesion el servicio de
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