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El Peruano Jueves 18 de julio de 2013 499597 10.3. CENSO. La Municipalidad realizará y verifi cará un censo los datos básicos de recicladores de los postulantes con la información proporcionada al momento de su inscripción. Dicho censo estará a cargo de la Gerencia de Gestión Ambiental con el apoyo de la Sub Gerencia de Participación Vecinal 10.4. CAPACITACIÓN Todo postulante deberá participar de un Programa de Capacitación en Manejo Integral de Residuos Sólidos, Seguridad y Salud Ocupacional, Gestión Empresarial y Reciclaje, Habilidades Sociales y Desarrollo Personal, siendo un requisito obligatorio debiendo acreditar la aprobación del curso, el mismo que será dictado de manera gratuita por la Municipalidad de Independencia. 10.5 REGISTRO PRELIMINAR DE FORMALIZACIÓN DE RECICLADORES El Registro Preliminar se constituirá con todos los postulantes conforme lo dispuesto en la presente Ordenanza, a los cuales se les otorgará un único y exclusivo código de registro. Artículo 11º.- CREACIÓN DEL REGISTRO MUNICIPAL DE RECICLADORES AUTORIZADOS PARA LA RECOLECCIÓN SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS: DIRIGIDO A PERSONAS JURÍDICAS. La Municipalidad por intermedio de la Gerencia de Gestión Ambiental, creará un Registro Municipal conteniendo las fi chas de Censo de los Recicladores y las Respectivas Constancias de Inscripción en el Registro Municipal. Artículo 12º.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MUNICIPAL PARA OBTENCIÓN DE LA CONSTANCIA DE OPERADOR. Cada reciclador deberá realizar el trámite personal de Inscripción en el Registro Municipal de Reciclador Autorizados para la Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, presentando los siguientes requisitos: - Solicitud dirigida al Alcalde. Indicando Nombres, Apellidos, DNI, Domicilio, con el aval de la Asociación de Recicladores en caso pertenezca, servicio que presta, Código, fi rma y huella digital, - Copia simple del Carné de socio de la asociación en caso pertenezca, - Copia simple del Certifi cado del Curso de Capacitación aprobado, dictado por la Municipalidad o la entidad que esta designe. - Copia simple de la Cartilla de vacunación contra el Tétano y la Hepatitis B, emitido por los órganos desconcentrados y descentralizados del Ministerio de Salud u otros establecimientos de Salud en coordinación con la Municipalidad, debiendo ser renovado anualmente. - Copia simple del Carné de Sanidad emitido por la Municipalidad (Solo para recicladores de recolección selectiva de residuos sólidos orgánicos) por 6 meses. Admitida la solicitud, se procederá a la emisión de la Constancia de Inscripción en el Registro Municipal de Recicladores Autorizados para la Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, en el plazo de 15 días útiles. La Renovación del Registro es obligatoria cada uno (1) año, debiendo presentar los mismos requisitos establecidos en la presente. La constancia emitida por la Municipalidad Distrital Independencia faculta a realizar las acciones de recolección selectiva y venta de los residuos sólidos reciclables en el ámbito del Distrito y almacenamiento en un centro de acopio en forma temporal, quedando sin efecto fuera de sus límites. Artículo 13º.- MANEJO SELECTIVO CON FINES DE REAPROVECHAMIENTO El manejo selectivo de residuos sólidos con fi nes de reaprovechamiento contempla las actividades de segregación en la fuente, almacenamiento interno, recolección selectiva, transporte, clasifi cación, recuperación, tratamiento y comercialización de residuos sólidos. Este manejo selectivo será efectuado por Recicladores Formalizados y Empresas Comercializadoras de Residuos Sólidos (ECRS). Artículo 14º.- OBLIGACIONES DE LOS OPERADORES AUTORIZADOS DE RECOLECCIÓN SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS (PERSONAS NATURALES) Es obligación de los operadores de recolección selectiva de Residuos Sólidos del distrito de Independencia: - Contar con autorización Municipal. - Portar la Constancia de Inscripción Municipal respectiva y/o fotocheck entregado gratuitamente por la Gerencia de Gestión Ambiental - Utilizar la indumentaria adecuada. - Ceñirse a los horarios establecidos y vías autorizadas. - Solo podrán recolectar residuos sólidos segregados en la fuente. - El operador que incumpla con las disposiciones será sujeto a las sanciones. Artículo 15º.- SEGREGACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO La segregación es la acción de agrupar determinados componentes o elementos físicos de los residuos sólidos para ser manejados en forma especial. Está permitida en los siguientes casos: a) En la fuente por el generador, quien deberá asegurar un manejo interno de manipuleo, acondicionamiento y almacenamiento temporal de los residuos en condiciones sanitarias y ambientales aceptables. b) En instalaciones de recuperación y/o tratamiento de residuos sólidos por operadores registrados, se podrá realizar la segregación sin generar riesgos a la salud de las personas y al ambiente. 15.1.- MATERIALES PARA RECICLAR.- Los materiales a reciclar se efectuarán en base a lo identifi cado en el estudio de Caracterización de residuos sólidos: 1. Materia orgánica (restos de comida, verduras, frutas, maleza de jardín) solo para segregación y uso en la fuente (para exclusivo el proceso de compostaje en la fuente y/o planta de tratamiento). 2. Bolsas de plástico PEBD. 3. Vidrios 4. Latas 5. Cartón 6. Papel periódico y otros similares. 7. Plástico rígido 8. Metales 9. Tetrapack Artículo 16.- OBLIGACIONES 16.1 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA.- En el marco de la Ordenanza propuesta, las municipalidades tienen las siguientes obligaciones: - Es responsable de ejecutar acciones para la Formalización de Recicladores y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos. - Diseñar, establecer el ámbito, rutas, frecuencias, horarios y la modalidad de recolección selectiva de residuos. - Implementar el Plan de Recolección Selectiva de residuos sólidos - Implementar un servicio de recolección selectiva de residuos sólidos operado por organizaciones de Recicladores formalizados - Ejecutar acciones de difusión, sensibilización y educación ambiental - Implementar el mecanismo legal, técnico, operativo y administrativo para la formalización de los Recicladores. - Implementar el mecanismo de incentivos para la promoción de la segregación en la fuente de los residuos sólidos - Fiscalizar el adecuado manejo selectivo de los residuos sólidos. - Promover, conjuntamente con la autoridad competente, la realización de campañas de vacunación contra el Tétano, Hepatitis B entre otros, dirigidas a Recicladores/as