Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2013 (18/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano Jueves 18 de MORDAZA de 2013

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y distritales son organos de Gobierno Local y personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley 27972 - Ley Organica de Municipalidades. Que, los gobiernos locales ejercen su funcion normativa mediante la aprobacion de Ordenanzas, dispositivos con rango de Ley segun lo dispuesto por el articulo 200º numeral 4 de la Constitucion Politica del Peru. Que el articulo 73º de la Ley 27972 ­ LOM senala (...) "Las Municipalidades, tomando en cuenta si condicion de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones especificas senaladas en el Capitulo II del presente Titulo, con caracter exclusivo o compartido, en las materias siguientes: (...) 2.1. Saneamiento ambiental, salubridad y salud (...), 3.1. Formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y politicas locales en materia ambiental, en concordancia con las politicas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales" (...); Que, de acuerdo a lo dispuesto en los Articulos 2º y 67º de la Constitucion Politica del Peru, es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su MORDAZA, siendo el Estado el que determina la Politica Nacional del Ambiente, promoviendo el uso racional de los recursos naturales; Que, el Articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la MORDAZA, y el deber de contribuir a una efectiva gestion ambiental y de proteger el ambiente, asi como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservacion de la diversidad biologica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del pais; Que, la Ley General de Residuos Solidos, Ley Nº 27314, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1065, en su Articulo 10º dispone el rol y la obligaciones de las Municipalidades entre ellas se encuentran comprendida el de planificar la gestion integral de los residuos solidos en el ambito de su jurisdiccion, compatibilizando los planes de manejo de residuos solidos de sus distritos con las politicas de desarrollo local y regional y con sus respectivos Planes de Acondicionamiento Territorial y de Desarrollo Urbano; Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2004PCM, senala en el Articulo 8º numeral 2) que a las municipalidades distritales les corresponde asegurar una adecuada prestacion del servicio de limpieza, recoleccion y transporte de residuos en su jurisdiccion, debiendo garantizar la adecuada disposicion final de los mismos; Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna la regulacion administrativa y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas en el numeral 8) y 9) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y con el MORDAZA UNANIME de los senores Regidores, se aprobo lo siguiente:

compania , asi como prevenir la integridad fisica del vecino, por ello esta ordenanza va dirigido a crear y mantener el orden y la adecuada crianza de animales de compania en el Distrito para mejorar nuestra calidad de vida. Estando a lo expuesto y en usos de las facultades conferidas en el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades", contando con el MORDAZA MAYORITARIO de los senores regidores se aprobo la siguiente:

"ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA TENENCIA RESPONSABLE DE ANIMALES DE COMPANIA EN EL DISTRITO DE PACHACAMAC"
Articulo Primero.- APROBAR el Dictamen Nº 0012013 emitido por la Comision de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, sobre proyecto de "ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA TENENCIA RESPONSABLE DE ANIMALES DE COMPANIA EN EL DISTRITO DE PACHACAMAC". Articulo Segundo.- APROBAR el "REGLAMENTO DE TENENCIA RESPONSABLE DE ANIMALES DE COMPANIA EN EL DISTRITO DE PACHACAMAC", el cual consta de diez (10) titulos, veinticinco (25) articulos y cinco (5) disposiciones complementarias y transitorias, cuyo texto forma parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Tercero.- FACULTAR al senor MORDAZA para que mediante decreto de alcaldia dicte las disposiciones necesarias y complementarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza, asi como se establezca el abono por derecho de registro y/o renovacion y suscriba convenios de cooperacion interinstitucional con alguna institucion publica o privada para la implementacion del albergue y/o entrega de canes en caso se ejecutara la medida complementaria de captura. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Secretaria General hacer de conocimiento la presente ordenanza a todas las Unidades Organicas de la Municipalidad. Articulo Quinto.- DISPONER la publicacion de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en la pagina web de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, asi como la exhibicion en los carteles municipales y demas medios que sirvan de acceso al publico en general. Articulo Sexto.- DISPENSAR del tramite de la aprobacion del acta para proceder a la ejecucion inmediata de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA L. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

963427-1

Aprueban el Plan de Manejo de Residuos Solidos en el distrito
ORDENANZA Nº 121-2013-MDP/C
MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2013 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 05 de MORDAZA del 2013, el Informe Nº 192-2013-MDP/GSCA-SGLPPJ de fecha 18 de Junio del 2013 de la Sub Gerencia de Limpieza Publica Parques y Jardines, Memorandum Nº730-2013MDP/GSCA de fecha 25 de Junio del 2013 de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y el Ambiente, Memorandum Nº 2272013-MDP/OPP de fecha 02 de MORDAZA del 2013 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto e Informe Nº 196-2013-MDP/OAJ de fecha 02 de MORDAZA del 2013 de la Oficina de Asesoria Juridica y Proyecto de Ordenanza que aprueba el "PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS" en el Distrito de Pachacamac; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que las Municipalidades provinciales

"ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS EN EL DISTRITO DE PACHACAMAC" Articulo Primero.- APROBAR el Plan de Manejo de Residuos Solidos en el Distrito de MORDAZA 2013, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y del Ambiente a traves de la Sub Gerencia de Limpieza Publica, Parques y Jardines la implementacion del Plan de Manejo de Residuos Solidos para el Distrito de MORDAZA, con el apoyo de las Unidades Organicas de la Corporacion MORDAZA, quienes deberan prestar las facilidades necesarias para su cabal cumplimiento. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Informatica y Estadistica la Publicacion del Plan de Manejo de Residuos Solidos en la pagina Web de la Municipalidad: www.munipachacamac.gob.pe

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