TEXTO PAGINA: 72
El Peruano Jueves 18 de julio de 2013 499598 - Emitir un reporte anual de los avances en la implementación del Plan de Recolección Selectiva de residuos sólidos al Ministerio del Ambiente – MINAM 16.2 DE LOS RECICLADORES ASOCIADOS O NATURALES Los recicladores asociados o naturales, deberán contribuir a lo siguiente: - Cumplir con la normatividad vigente y autorizaciones correspondientes establecidas por el sector y por la Municipalidad, de conformidad a lo establecido en la presente Ordenanza. - Estar inscritos en el Programa de Formalización y recolección selectiva de residuos sólidos que lleva a cabo la Municipalidad de Independencia. - Participar de la elaboración, diseño e implementación del servicio de recolección selectiva de residuos sólidos. - Remitir a la municipalidad de Independencia, un reporte mensual indicando la cantidad de residuos sólidos recuperados para su reaprovechamiento, almacenamiento, acondicionamiento y/o comercialización - Cumplir con lo establecido por la Municipalidad de Independencia, respecto de los sectores, rutas, horarios de circulación y frecuencias de recolección de residuos reaprovechables - Supervisar/vigilar que los Recicladores de su organización, en caso estén asociados, cuenten con los implementos y equipos previstos en la presente Ordenanza. - Participar en las campañas de mejoramiento de la limpieza, áreas verdes y otros que la Municipalidad de Independencia organice y coordine oportunamente. - Cumplir con las disposiciones vigentes establecidas en la presente norma. En caso de incumplimiento será sujeto a las sanciones establecidas. Artículo 17º.- EQUIPAMIENTO PARA REALIZAR LA RECOLECCIÓN SELECTIVA DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS 17.1 INDUMENTARIA DE PROTECCIÓN PERSONAL a) Uniforme Todo Reciclador que realice la recolección selectiva deberá usar: - Uniforme de tela pantalón. - Polo de algodón. - Protector para la cabeza (gorro). b) Implementos de protección de salud Ocupacional Deberán usar obligatoriamente Mascarilla, guantes de cuero y zapatos cerrados o zapatillas. 17.2 VEHICULOS DE RECOLECCIÓN SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS Se ha clasifi cado en dos tipos: a. Vehículo de Recolección Selectiva de Residuos Sólidos No convencional Comprende el uso de triciclos (a pedal), los cuales deberán ser acondicionados para el transporte de residuos sólidos reaprovechables; para el caso específi co de la recolección selectiva de residuos sólidos orgánicos estos deberán ser trasladados en recipientes cerrados con tapa hermética, si el caso lo amerita. Deberá presentar un rótulo: “Recolección selectiva de residuos sólidos”, y el Código de Operador Autorizado diseñado por la Municipalidad. b. Vehículo Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Convencional Comprende el uso de camionetas o camiones baranda, debidamente identifi cados y acondicionados para el transporte de residuos sólidos reaprovechables, los cuales deberán contar con la “Autorización Municipal para transportar residuos sólidos comunes en vehículos mayores”, emitida por autoridad competente. En ambos casos, los vehículos deben cumplir con las características generales establecidas en el Reglamento de la Ley que regula la actividad de los Recicladores. CAPÍTULO IV: DIFUSIÓN, SENSIBILIZACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL Artículo 18º.- OBJETIVO El Programa de Difusión, Sensibilización y Educación Ambiental, tiene como objetivo formar una cultura de consumidores responsables y de buenas prácticas ambientales de minimización, segregación, acopio y reciclaje de los residuos sólidos reaprovechables en los ciudadanos, a fi n de reducir progresivamente la generación de residuos sólidos, resaltando la importancia del rol del Reciclador en el marco de una cultura del reciclaje en benefi cio del ambiente. Artículo 19º.- DIFUSIÓN Comprende la difusión del Programa a través del portal Web de la municipalidad de Independencia, medios de comunicación masiva y todos los medios de comunicación escrita que la Municipalidad realiza. Artículo 20º.- SENSIBILIZACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL Comprende Acciones de Sensibilización y Capacitación en Gestión Integral de los Residuos Sólidos, Manejo Selectivo de Residuos Sólidos, Consumidores Responsables, Buenas Prácticas Ambientales y Elaboración de Proyectos Productivos de Reaprovechamiento y Reciclaje de Residuos Sólidos, dirigido a Instituciones Educativas, Organizaciones Vecinales, Sector Público y Sector Empresarial, las mismas que realiza la Municipalidad de Independencia de manera ordenada, progresiva y participativa con su equipo técnico hasta cubrir el 100% de la población del distrito de Independencia Desarrollará también campañas de sensibilización con participación de entidades afi nes como el Ministerio del Ambiente, Municipalidad Metropolitana de Lima, Organismos no Gubernamentales (ONG) así como campañas de limpieza y acopio de residuos sólidos reciclables. Artículo 21º.- CAMPAÑAS DE MOVILIZACIÓN SOCIAL Y COMUNITARIA Se realizarán campañas que permitan la educación ambiental y participación del conjunto de actores: Jóvenes, estudiantes y público en general. Entre los instrumentos que pueden utilizarse están: prácticas de ecoefi ciencia en el hogar; campañas de limpieza de techos, calles y parques, así como acopio de residuos sólidos reciclables; campañas de recolección de desmonte y maleza; así como campañas de convocatoria masiva de gran impacto. Para ello, la municipalidad podrá formar promotores ambientales y/o convocar a los Recicladores formalizados, facilitando también el intercambio de experiencias. CAPÍTULO V: MECANISMOS DE INCENTIVOS Y FISCALIZACIÓN Artículo 22º.- DEL MECANISMO DE INCENTIVOS La Municipalidad de Independencia mediante propuesta formulada por la Gerencia de Gestión Ambiental, aprobará el mecanismo de incentivos para los vecinos del Distrito que participen activamente del programa de segregación en la fuente, aprobado mediante Decreto de Alcaldía; para tal efecto se evaluará los resultados y los mecanismos legales aplicables. Articulo 23º. DE LAS FACULTADES REGULADORAS Y FISCALIZADORAS DE LA MUNICIPALIDAD Esta Municipalidad se encuentra facultada a cancelar o suspender las actividades de los recicladores antes citados en este distrito, de forma discrecional o atendiendo al interés colectivo, en concordancia con las facultades reguladoras y fiscalizadoras establecidas en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades Artículo 24º.- FISCALIZACIÓN AMBIENTAL Tiene como objetivo resguardar la salud pública y los riesgos ambientales, a través de medidas disuasivas y correctivas, para lo cual la Municipalidad de Independencia efectuará operativos de fi scalización ambiental tipifi cando infracciones y sanciones a los Operadores de Residuos Sólidos.