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El Peruano Jueves 18 de julio de 2013 499595 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, con el voto UNÁNIME de los regidores presentes, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL PROGRAMA DE FORMALIZACIÓN DE RECICLADORES, RECOLECCIÓN SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS Y EDUCACIÓN AMBIENTAL EN EL DISTRITO DE INDEPENDENCIA CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1º.- CREACIÓN DEL PROGRAMA Crease el Programa de Formalización de recicladores, recolección selectiva de residuos sólidos y educación ambiental en el distrito de Independencia, que establece derechos, obligaciones y atribuciones para la formalización de aquellas personas, que de forma independiente o dependiente se dedican a las actividades de recolección selectiva para el reciclaje, segregación o comercialización de residuos no peligrosos; las obligaciones de la Municipalidad y sus gerencias en este proceso, y las responsabilidades de la sociedad en su conjunto, su concientización de la importancia de la actividad del reciclaje en relación a la disminución de la contaminación ambiental, prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y el bienestar de la persona humana, contribuyendo al desarrollo sostenible del distrito de Independencia. Artículo 2º.- DEFINICIONES Para efectos de la presente Ordenanza y del Programa de Formalización, se deberán tener en cuenta las siguientes defi niciones: a. Generador: Persona natural o jurídica que en razón de sus actividades genera residuos sólidos, sea como productor, importador, distribuidor, comerciante o usuario. También se considerará como generador al poseedor de residuos sólidos peligrosos, cuando no se pueda identifi car al generador real y a los gobiernos municipales a partir de las actividades de recolección. b. Operador: Persona natural que realiza cualquiera de las operaciones o procesos que componen el manejo de los residuos sólidos, pudiendo ser o no el generador de los mismos. c. Operador registrado: Persona natural capacitada, miembro de una Asociación de Recicladores del distrito de Independencia y registrada por la Autoridad Municipal para dedicarse de manera organizada, sin generar riesgos sanitarios ni ambientales a la recolección selectiva de residuos reaprovechables. d. Responsabilidad Social y Ambiental: Establecer un sistema de responsabilidad compartida y de manejo integral de los residuos sólidos de la minimización, la generación hasta su disposición fi nal, a fi n de evitar situaciones de riesgo e impactos negativos a la salud humana y el ambiente. e. Residuos sólidos: Son residuos sólidos aquellas sustancias, productos o subproductos en estado sólido o semisólido de los que su generador dispone, o está obligado a disponer, en virtud de lo establecido en la normatividad nacional o de los riesgos que causan a la salud y el ambiente, para ser manejados a través de un sistema que incluya, según corresponda su operación o proceso. f. Residuos Comerciales: Son aquellos generados en los establecimientos comerciales de bienes y servicios, tales como: centros de abastos de alimentos, restaurantes, supermercados, tiendas, bares, bancos, centros de convenciones o espectáculos, ofi cinas de trabajo en general, entre otras actividades comerciales y laborales análogas. Estos residuos están constituidos mayormente por papel, plásticos, embalajes diversos, restos de aseo personal, latas, entre otros similares. g. Residuos Domiciliarios: Son aquellos residuos generados en las actividades domésticas realizadas en los domicilios, constituidos por restos de alimentos, periódicos, revistas, botellas, embalajes en general, latas, cartón, pañales descartables, restos de aseo personal y otros similares. h. Residuos de las Actividades de Construcción: Son aquellos residuos fundamentalmente inertes que son generados en las actividades de construcción y demolición de obras, tales como: edifi cios, puentes, carreteras, represas, canales y otras afi nes a éstas. i. Gestión De Residuos Sólidos: Toda actividad técnica administrativa de planifi cación, coordinación, concertación, diseño, aplicación y evaluación de políticas, estrategias, planes y programas de acción de manejo apropiado de los residuos sólidos de ámbito nacional, regional y local. j. Manejo De Residuos Sólidos.- Toda actividad técnica operativa de residuos sólidos que involucre manipuleo, acondicionamiento, transporte, transferencia, tratamiento, disposición fi nal o cualquier otro procedimiento técnico operativo utilizado desde la generación hasta la disposición fi nal. k. Manejo Integral De Residuos Sólidos: Es un conjunto de acciones normativas, fi nancieras y de planeamiento que se aplica a todas las etapas del manejo de residuos sólidos desde su generación, basándose en criterios sanitarios ambientales y de viabilidad técnica y económica para la reducción en la fuente, el aprovechamiento, tratamiento y la disposición fi nal de los residuos sólidos. l. Minimización: Acción de reducir al mínimo posible el volumen y peligrosidad de los residuos sólidos, a través de cualquier estrategia preventiva, procedimiento, método o técnica utilizada en la actividad generadora. m. Segregación: Acción de agrupar determinados componentes o elementos físicos de los residuos sólidos para ser manejados en forma especial. n. Recolección selectiva: Recolección solo los residuos susceptibles de reaprovechamiento de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares. o. Reaprovechar: Volver a obtener un benefi cio del bien, artículo, elemento o parte del mismo que constituye residuos sólidos. Se reconoce como técnica de reaprovechamiento el reciclaje, recuperación o reutilización. p. Recuperación.- Toda actividad que permita reaprovechar partes de sustancias o componentes que constituyen residuo sólido. q. Reciclaje.- Toda actividad que permite reaprovechar un residuo sólido mediante un proceso de transformación para cumplir su fi n inicial u otros fi nes. r. Tratamiento.- Cualquier proceso, método o técnica que permita modifi car la característica física, química o biológica del residuo sólido, a fi n de reducir o eliminar su potencial peligro de causar daños a la salud y el ambiente. s. Disposición Final de Residuos Sólidos.- Procesos u operaciones para tratar o disponer en un lugar los residuos sólidos como última etapa de su manejo en forma permanente, sanitaria y ambientalmente segura. t. Recicladores: personas naturales que se dedican a la recolección selectiva de residuos sólidos para su posterior reaprovechamiento. u. Residuos sólidos: Sustancias, productos o subproductos en estado sólidos o semisólido de los que su generador dispone o está obligado a disponer, en virtud de lo establecido en la normatividad nacional o en virtud de los riesgos que causan a la salud y el ambiente. v. Residuos sólidos peligrosos: Aquellos que por sus características o el manejo al que son o van a ser sometidos representan un riesgo signifi cativo para la salud o el ambiente. Sin perjuicio de lo establecido en las normas pertinentes sobre la materia, se consideran residuos peligrosos los que presenten por lo menos una de las siguientes características: autocombustibilidad, explosividad, corrosividad, reactividad, toxicidad, radiactividad o patogenicidad. Artículo 3º.- DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN El ámbito de aplicación de la presente ordenanza es el manejo selectivo de los residuos sólidos en el distrito de Independencia y de la forma siguiente: a. En concordancia con la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Sólidos, Decreto Legislativo Nº 1065 Modifi catoria de la ley de residuos sólidos, la Ley Nº 29419 - Ley que regula la actividad de los Recicladores, y el Decreto Supremo Nº 005-2010-MINAM que reglamenta dicha Ley, la presente ordenanza reglamenta el manejo