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El Peruano Miércoles 5 de junio de 2013 496570 en la Partida N° 466649044 del Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP, y durante su verifi cación en campo pudo apreciarse una zonifi cación predominante de Industria Liviana (en todo el frente y las vías laterales). Por lo que teniendo en cuenta las consideraciones técnicas y legales expuestas, así como lo dispuesto por las Ordenanzas N° 1081 y N° 1617.MML, concluye en que resulta Factible los Cambios de Zonifi cación Específi co propuestos, debiéndose elevarse al Concejo Municipal Distrital para emitirse el Acuerdo de Concejo respectivo; Que, mediante Informe Nº 521-2012-GAJ-MDSJL, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente considerar de Interés Local las peticiones de Cambio de Zonifi cación planteado por las empresas Industrias Nacionales JL S. A. C. y Papelera del Perú S. A. C., respecto a los terrenos ubicados en los Sub Lotes 5B-5C-5D-5E de la Manzana D de la Avenida Campoy (antes Av. Principal) de la Urbanización Campoy, y en la Avenida Los Álamos N° 427 Manzana O Lote 10 de la Parcelación Semi rústica del Fundo Canto Grande 2da, Etapa, respectivamente, en la medida que resulta benefi cioso para el desarrollo del distrito de San Juan de Lurigancho y de la colectividad en general; Que, teniendo en cuenta que las solicitudes presentadas por las empresas Industrias Nacionales JL S. A. C. y Papelera del Perú S. A. C., cuentan con Informe Favorable por parte de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, área funcional competente que precisa haberse cumplido con el procedimiento previsto por ley y existir sustento técnico y legal para su prosecución, resulta pertinente los cambios específi cos de zonifi cación propuestos; por cuanto ello permitirá la inversión del sector privado en la jurisdicción de San Juan de Lurigancho, y por consiguiente, impulsará el desarrollo económico local y de la población en general; Estando a lo expuesto precedentemente y en aplicación del Artículo 41° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el Voto Mayoritario del Pleno del Concejo Municipal y, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR de Interés Local la petición de Cambio de Zonifi cación de Comercio Zonal (CZ) a Industria Liviana (I2) respecto al predio ubicado en la Avenida Los Álamos N° 427 Manzana O Lote 10 de la Parcelación Semi rústica del Fundo Canto Grande 2da, Etapa, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, cuya propiedad corresponde a la empresa Papelera del Perú S. A .C., inscrito en la Partida Nº 466649044 del Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP, con un área total de 5,029.00 m2, encerrado dentro de los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente colinda con la Av. Los Álamos con 36.00 ml., por la derecha, entrando colinda con Propiedad de Terceros con 91.66 ml., por la izquierda entrando colinda con Propiedad de Terceros con 92.00 ml., por el fondo colinda con Propiedad de Terceros con 33.55 ml.; y la petición de Cambio de Zonifi cación de Educación Básica (E1), Comercio Zonal (CZ) y Residencial de Densidad Media (RDM) a Industria Liviana (I2) con relación al predio ubicado en los Sub Lotes 5B-5C-5D- 5E de la Manzana D de la Avenida Campoy (antes Av. Principal) de la Urbanización Campoy, distrito de San Juan de Lurigancho, provincial y departamento de Lima, correspondiente a la empresa Industrias Nacionales JL S.A.C., con un área de cada sub lote de 3,288.28 m2, 998.79 m2, 998,79 m2 y 998.79 m2, y que sumados proporciona un lote matriz de 6,284.65 m2, siendo que cada sub lote aparece inscrito en la Partida Nª 11908598, Nº 11908608, Nº 11908611 y Nª 11908613 del Registro de Propiedad Inmueble de la SUNARP, conformidad con lo dispuesto por las Ordenanzas Nº 620, N° 1081 y N° 1617 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Segundo.- REMITIR los actuados a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su conocimiento y prosecución del trámite correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y a la Secretaría de Imagen Institucional la publicación del presente Acuerdo en la página web de la Municipalidad (www.munisjl.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 945361-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN