Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2013 (05/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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de la Municipalidad Distrital de Parcoy, ante el MORDAZA Nacional de Elecciones, tal como se menciono en los antecedentes de la presente resolucion, dio como origen el Expediente de Traslado Nº J-2013-0111. 26. En dicho expediente se tramito todo el procedimiento de vacancia, el cual concluyo con la emision del Acuerdo de Concejo Nº 002-2013-CMDP, del 13 de febrero de 2013. Dicho acuerdo de concejo, fue materia del presente recurso de apelacion, lo que motivo que el Concejo Distrital de Parcoy elevara todo lo actuado a este organo colegiado, generandose asi el presente expediente de apelacion (J-2013-289). 27. En ese sentido, es que el Expediente de Traslado Nº J-2013-0111, mediante el Auto Nº 2, del 25 de MORDAZA de 2013, fue archivado con el objeto de que todo lo actuado en el, se agregara al actual expediente de apelacion Nº J-2013-289. 28. Asi se tiene que, lo que este colegiado archivo fue el expediente de traslado mas no emitio pronunciamiento sobre los hechos invocados en la presente solicitud de vacancia, siendo por tanto legitimo que lo hiciera en el presente expediente de apelacion. CONCLUSION Por consiguiente, este Supremo Tribunal Electoral, apreciando los hechos con criterio de conciencia, conforme al articulo 181 de la Constitucion Politica del Peru, y valorando todos los medios probatorios, concluye que se debe declarar la nulidad del acuerdo de concejo apelado y devolver los actuados al Concejo Distrital de Parcoy, a fin que renueve dicho acto. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar NULO todo lo actuado en el procedimiento de vacancia seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Parcoy, departamento de Pataz, provincia de La MORDAZA, debiendose renovar los actos procedimentales a partir de la convocatoria a la respectiva sesion extraordinaria, acopiando la documentacion que permita dilucidar los aspectos senalados en los considerandos 19 a 21 de la presente resolucion. Articulo Segundo.- DEVOLVER todo lo actuado al Concejo Distrital de Parcoy, a efectos de que vuelva a emitir pronunciamiento sobre la solicitud de vacancia presentada por MORDAZA MORDAZA Crespin MORDAZA, bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al Ministerio Publico, en caso de omision, rehusamiento o demora de actos funcionales, tipificados en el articulo 377 del Codigo Penal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 946114-4

El Peruano Miercoles 5 de junio de 2013

VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Rodo Granda contra el Acuerdo de Concejo Nº 012-2013/ MDC, de fecha 22 de febrero de 2013, que rechazo su pedido de vacancia contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Distrital de Carabayllo, provincia y departamento de MORDAZA, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Solicitud de vacancia Con fecha 21 de enero de 2013, MORDAZA MORDAZA Rodo Granda solicito la vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 9, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), esto es, por nepotismo. La solicitud de vacancia alega que el cuestionado regidor habria ejercido injerencia en la contratacion de su sobrina MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como trabajadora de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, en el cargo de policia municipal, en la modalidad de Contrato Administrativo de ServiciosCAS, desde MORDAZA de 2011. Descargos de la autoridad Mediante escrito del 21 de febrero de 2013, el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA alego como descargos a la imputacion formulada que: a) Existe una relacion de parentesco entre MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el suscrito; b) Segun el Informe Nº 174-2013-SRH-GAF/ MDC, la trabajadora viene laborando en la comuna MORDAZA desde el 3 de MORDAZA de 2011; c) Al tomar conocimiento de que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es trabajadora de la municipalidad, nego oportunamente haber tenido cualquier MORDAZA de injerencia en su contratacion; d) Por solicitud de fecha 6 de MORDAZA de 2011, requirio al titular del pliego dejar sin efecto dicha contratacion, a fin de no incurrir en la causal de vacancia por nepotismo; y e) En el MORDAZA institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones se verifica que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra afiliada al partido politico Partido Popular MORDAZA, lo que descarta el ejercicio de influencia en su contratacion, en razon de que el se encuentra afiliado al partido politico Peru Posible (fojas 84 a 86). Posicion del Concejo Distrital de Carabayllo En sesion extraordinaria del 22 de febrero de 2013, el Concejo Distrital de Carabayllo, por siete votos a favor y cinco en contra, rechazo la solicitud de vacancia contra el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, toda vez que no se alcanzo la votacion calificada requerida por el articulo 23 de la LOM (fojas 168 a 190). Esta decision quedo plasmada en el Acuerdo de Concejo Nº 012-2013/MDC, el cual ha sido objeto de recurso de apelacion. CUESTION EN DISCUSION Determinar si el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA tuvo injerencia en la contratacion de su sobrina MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como trabajadora de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios del EstadoCAS, en el cargo de policia municipal, desde el 3 de MORDAZA de 2011. CONSIDERANDOS 1. La causal de vacancia invocada por el recurrente es la de nepotismo, conforme a la ley de la materia, segun lo senala el articulo 22, numeral 8, de la LOM. Por ello, resultan aplicables la Ley Nº 26771, que establece la prohibicion de ejercer la facultad de nombramiento y contratacion de personal en el Sector Publico (en adelante, la Ley), y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2000-PCM, y modificado por Decreto Supremo Nº 017-2002-PCM (en adelante, el Reglamento).

Declarar nulo Acuerdo de Concejo Nº 012-2013/MDC, que rechazo pedido de vacancia contra regidor del Concejo Distrital de Carabayllo, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 487-2013-JNE Expediente Nº J-2013-0322 CARABAYLLO - MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, veintitres de MORDAZA de dos mil trece.

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