Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2013 (05/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano Miercoles 5 de junio de 2013

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Las notificaciones que se realizan en el domicilio con certificacion de la recepcion o Certificacion de la negativa, en el dia de realizacion de la diligencia. Las notificaciones que se realizan en el domicilio con certificacion de Domicilio Cerrado o Ausencia de persona Capaz, en el dia de realizacion de la MORDAZA visita. La notificacion por medios de comunicacion a distancia o por medios del sistema de notificacion electronica del SAT, en el dia en que conste haber sido recibida. Las notificaciones mediante publicacion en el Diario Oficial y en el diario de mayor circulacion en el territorio nacional, en el dia de su publicacion conjunta. La notificacion tacita: en la fecha que el Administrado o tercero con interes efectua cualquier acto o gestion que demuestre o suponga conocimiento del acto administrativo del SAT. La notificacion de hecho, en la fecha que conste en el Acta de Actuacion Procedimental o en la MORDAZA Administrativa. El acto administrativo sera eficaz en la oportunidad en que surta efectos la notificacion correspondiente, lo cual debe tomarse en cuenta para el calculo de plazos. 14. PLAZO PARA EFECTUAR LA NOTIFICACION

12.3.1. En via Principal La publicacion sera de caracter obligatorio cuando el SAT emita disposiciones de alcance general o aquellos actos administrativos que interesan a un numero indeterminado de administrados no apersonados al procedimiento y sin domicilio conocido. 12.3.2. En via Subsidiaria a otras modalidades La publicacion de actos administrativos de caracter particular se MORDAZA en via subsidiaria a otras modalidades, cuando el SAT se encuentre frente a alguna de las siguientes circunstancias evidenciables e imputables al administrado: Cuando resulte impracticable otra modalidad de notificacion preferente por ignorarse el domicilio del administrado, pese a la indagacion realizada por el SAT. Cuando se hubiese practicado infructuosamente cualquier otra modalidad de notificacion, sea porque la persona a quien deba notificarse MORDAZA desaparecido, sea equivocado el domicilio declarado por el administrado o se encuentre en el extranjero sin haber dejado representante legal, pese al requerimiento efectuado a traves del Consulado respectivo. 12.4. Notificacion MORDAZA Cuando la notificacion resulte defectuosa por omision de alguno de sus requisitos de contenido, esta sera valida siempre que el administrado manifieste expresamente haberla recibido. Tambien se tendra por bien notificado al administrado a partir de la realizacion de actuaciones procedimentales que permitan suponer razonablemente que tuvo conocimiento oportuno del contenido o alcance de la resolucion, o interponga cualquier recurso que proceda. No se considera tal, la solicitud de notificacion realizada por el administrado, a fin que le sea comunicada alguna decision de la autoridad. 12.5. Notificacion procedimental por Acta de actuacion

En todos los casos citados en el presente Capitulo, la notificacion debera practicarse a mas tardar dentro del plazo de los cinco (5) dias habiles contados a partir de la fecha de expedicion del acto que se notifique. La inobservancia de dicho plazo no invalida ni es causal de nulidad del acto administrativo que se pretende notificar. CAPITULO IV: NOTIFICACION DE ACTOS DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION COACTIVA 15. ACTOS ADMINISTRATIVOS COMPRENDIDOS Los procedimientos y disposiciones contenidas en el presente Capitulo resultan de aplicacion para la notificacion, dentro del procedimiento de ejecucion coactiva, de los actos administrativos en materia tributaria y no tributaria previamente notificados conforme a lo senalado en los Capitulos II y III de la presente Directiva. 16. FORMAS DE NOTIFICACION De acuerdo con lo senalado en la Cuarta Disposicion Final de la Ley Nº 28165, que modifica la Ley del Procedimiento de Ejecucion Coactiva, concordado con el articulo 12º del Reglamento de esta Ley, en ningun caso se tendra por valida la notificacion realizada de modo distinto a la notificacion personal, por correo certificado y a la publicacion subsidiaria. Conforme a lo senalado, es valida la notificacion cuando se realice en las modalidades, formas y orden de prelacion siguientes: 16.1 Notificacion personal en el domicilio La notificacion personal debera efectuarse en el domicilio, con: 1) Certificacion de la recepcion, 2) Certificacion de la negativa y 3) Certificacion de Domicilio Cerrado o Ausencia de persona Capaz. Con caracter general para los supuestos que regula el presente numeral, la MORDAZA de notificacion debe contener la siguiente informacion basica: a) Apellidos y nombres, denominacion o razon social del deudor tributario o administrado, segun sea el caso. b) Numero de RUC del deudor tributario o Administrado, o numero del documento de identificacion que corresponda. c) Direccion del domicilio en que se realiza la diligencia.

El SAT queda dispensado de notificar formalmente al administrado o tercero con interes cualquier acto que MORDAZA sido emitido en su presencia, siempre que exista el acta de actuacion procedimental que deje MORDAZA de la asistencia del administrado o tercero con interes. El Acta de Actuacion Procedimental debera contener: (i) Indicacion expresa del Acto en el cual participa el administrado o tercero con interes. (ii) Nombre, identificacion y firma del administrado o tercero con interes. (iii) Lugar, Fecha y hora en que se realiza la actuacion. Tambien opera la dispensa de notificacion si el administrado tomara conocimiento del acto administrativo respectivo mediante su acceso directo y espontaneo al expediente, recabando su MORDAZA y levantandose una MORDAZA de esta situacion en el referido expediente. La MORDAZA debera contener: (i) Identificacion del Expediente y del numero de folios. (ii) Indicacion expresa de la revision del Expediente y de la obtencion de MORDAZA del acto administrativo. (iii) Nombre, identificacion y firma del administrado o tercero con interes. (iv) Lugar, Fecha y hora en que se realiza la revision del expediente. 13. EFECTOS DE LAS NOTIFICACIONES Las notificaciones surtiran efecto conforme a las siguientes reglas:

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