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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (13/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 77

El Peruano Jueves 13 de junio de 2013 497083 requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales y ii) Convocar a audiencia pública para que la SUNASS exponga el referido proyecto; El Consejo Directivo en su sesión Nº 10-2013 de fecha 27 de mayo de 2013; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Disponer la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano del proyecto de resolución que aprueba: i) La Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión aplicables a EMAPA PASCO S.A. en el quinquenio 2013- 2018 y ii) Los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios, así como su exposición de motivos. Los anexos del referido proyecto serán publicados en la página web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe, sin perjuicio de ser notifi cados a EMAPA PASCO S.A. Artículo 2º.- Convocar a audiencia pública para el día, hora y lugar que la Gerencia General señale oportunamente en el correspondiente aviso, la cual se realizará de acuerdo con las reglas consignadas en la página web: www.sunass.gob.pe, encargándose a la Gerencia de Usuarios efectuar las coordinaciones necesarias para el desarrollo de la referida audiencia. Artículo 3º.- Los interesados podrán remitir sus comentarios sobre el proyecto a que se refi ere el artículo 1 de la presente resolución, al local de la SUNASS, sito en: Av. Bernardo Monteagudo Nº 210-216, Magdalena del Mar, o por vía electrónica a audienciapasco@sunass. gob.pe, hasta el quinto día hábil siguiente a la fecha de realización de la audiencia pública. Con la intervención de los señores consejeros Fernando Momiy Hada; Jorge Luis Olivarez Vega y Julio Baltazar Durand Carrión. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO MOMIY HADA Presidente Consejo Directivo 1 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD Nº -2013-SUNASS-CD Lima, VISTO: El Informe Nº --- 2013-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria, mediante el cual presenta: i) El Proyecto de Estudio Tarifario con la propuesta de Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión que serán aplicadas por EMAPA PASCO S.A. en el quinquenio regulatorio 2013-2018; y ii) La propuesta de los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que serán aplicados por dicha empresa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Gerencia de Regulación Tarifaria Nº 004-2009-SUNASS-GRT se iniciaron los procedimientos de aprobación de: i) La Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión y ii) Los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales de EMAPA PASCO S.A.; Que, según el informe de visto -el cual forma parte integrante de la presente resolución- de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas1, se ha cumplido con: i) Publicar en el Diario Ofi cial El Peruano el proyecto de resolución que aprueba la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión, así como los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales; ii) Realizar la Audiencia Pública correspondiente el -- de -- de 2013; y iii) Elaborar el Estudio Tarifario Final y el informe de evaluación de la Propuesta Final de los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales (que contienen la evaluación de los comentarios realizados a los proyectos publicados y los expresados con ocasión de la Audiencia Pública); Que, sobre la base del Informe Nº -- -2013-SUNASS- 110, el Consejo Directivo considera que corresponde aprobar la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión, así como los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales de EMAPA PASCO S.A.; El Consejo Directivo en su sesión del -- de --- de 2013; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Aprobar la fórmula tarifaria que se aplicará a EMAPA PASCO S.A. en el quinquenio regulatorio 2013-2018, mediante incrementos tarifarios base y condicionados, de acuerdo con lo especifi cado a continuación. A. INCREMENTOS TARIFARIOS BASE A.1 LOCALIDAD DE PASCO Incrementos Tarifarios Base: Sin transferencia de recursos del Gobierno Regional de Pasco 1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0,790) (1 + ĭ) T1 = To (1 + 0,790) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,220) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,220) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) Donde: To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 ĭ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor La fórmula tarifaria considera para el primer año regulatorio un incremento tarifario base de 79%, que se aplicará en caso el Gobierno Regional de Pasco no cumpla, hasta culminado el sexto mes del primer año regulatorio2, con transferir a EMAPA PASCO S.A. S/.1 millón (para cubrir los costos de energía eléctrica e insumos químicos necesarios para el tratamiento del agua, durante los dos primeros años regulatorios). El incremento tarifario base de 79% está compuesto, a su vez, de dos incrementos tarifarios: el primero, de 54.3% para cubrir los costos de operación y mantenimiento, así como inversiones de EMAPA PASCO S.A.; y el segundo, de 24.7% para cubrir los costos energía eléctrica e insumos químicos necesarios para el tratamiento del agua. Consecuentemente, si el Gobierno Regional de Pasco cumpliera con transferir dichos recursos a EMAPA PASCO S.A. dentro del plazo señalado, el incremento tarifario del primer año será 54.3%. En cuanto al incremento tarifario base del tercer año regulatorio de 22%, este se aplicará en caso el Gobierno Regional de Pasco no continúe transfi riendo recursos a EMAPA PASCO S.A. para cubrir los costos a que se refi ere el párrafo anterior. De lo contrario, no se aplicará incremento tarifario en dicho año regulatorio. PROYECTO