Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2013 (15/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Sabado 15 de junio de 2013

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Aereo en el sentido de incrementar material aeronautico a los ya autorizados a traves de la Resolucion Directoral Nº 328-2012-MTC/12 del 16 de octubre del 2012 de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONAUTICO: (Ademas de los ya autorizados) - MORDAZA 412 Series Articulo 2º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 328-2012-MTC/12 del 16 de octubre del 2012 continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 945399-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan modificacion de permiso de operacion de aviacion comercial a la compania INAER Helicopter Peru S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 170-2013-MTC/12 MORDAZA, 29 de MORDAZA del 2013 Vista la solicitud de la compania INAER HELICOPTER PERU S.A.C., sobre la Modificacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo MORDAZA, fotografia, publicidad, inspeccion y vigilancia, defensa y proteccion de la fauna, prospeccion, correo y carga externa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 328-2012MTC/12 del 16 de octubre del 2012 se otorgo a la compania INAER HELICOPTER PERU S.A.C., el Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo MORDAZA, fotografia, publicidad, inspeccion y vigilancia, defensa y proteccion de la fauna, prospeccion, correo y carga externa, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 03 de noviembre del 2012; Que, mediante Expediente N° 2013-006912 del 31 de enero del 2013, Documento de Registro N° 029278 del 08 de marzo del 2013 y Documento de Registro N° 2013006912-A del 22 de marzo del 2013, la Compania INAER HELICOPTER PERU S.A.C., solicito la Modificacion de su Permiso de Operacion en el sentido de incrementar material aeronautico; Que, segun los terminos del Memorando Nº 090-2013MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Tecnico de Certificaciones, Memorando Nº 042-2013-MTC/12.07. PEL emitido por el Coordinador Tecnico de Licencias, Memorando N° 493-2013-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Direccion General de Aeronautica Civil e Informe Nº 144-2013-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolucion segun el Articulo 6.2 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, asi como las demas disposiciones legales vigentes; Que, la administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la compania INAER HELICOPTER PERU S.A.C., la Modificacion de su Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo

Autorizan a Escuela de Conductores Educacion al Volante S.R.L. ampliacion de local en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2337-2013-MTC/15 MORDAZA, 5 de junio de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 025159 y 041966 presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES EDUCACION AL VOLANTE S.R.L., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1770-2012MTC/15 de fecha 11 de MORDAZA de 2012, se autorizo a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES EDUCACION AL VOLANTE S.R.L., con RUC Nº 20526525966 y con domicilio en MORDAZA Los Naranjos Nº 159, Urb. MORDAZA MORDAZA, Distrito y Provincia de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela; conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir; Que, mediante Parte Diario Nº 025159 de fecha 28 de febrero de 2013, La Escuela, presenta solicitud sobre ampliacion de autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales; Que, mediante Oficio Nº 2015-2013-MTC/15.03, notificado el 26 de marzo de 2013, esta administracion formulo las observaciones pertinentes, concediendole un plazo de diez (10) dias habiles para subsanarlas, las cuales fueron subsanadas mediante escrito de fecha 08 de MORDAZA del ano en curso, registrado con Parte Diario Nº 041966; Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que el articulo 52º de El Reglamento dispone que para solicitar la ampliacion de locales, debera acompanar a su solicitud, los documentos descritos en los literales c), d), f), g), h), j), k) y l) del articulo 51º del presente reglamento, asi como presentar una declaracion jurada precisando que cuentan con los bienes, muebles y enseres que constituyen el equipamiento requerido para el funcionamiento de

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