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El Peruano Miércoles 19 de junio de 2013 497478 Artículo 5.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Educación y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 952142-2 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a la República de Croacia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 056-2013-IN Lima, 18 de junio de 2013 VISTO, el Mensaje IP ZAGREB 511-01-91-1/9- 84727/10.IPI-1208 del 16 de mayo de 2013, mediante el cual la Ofi cina Central Nacional – INTERPOL – Zagreb – República de Croacia, comunica a la Ofi cina Central Nacional – INTERPOL – Lima - República del Perú, que el Ministerio de Justicia de la República de Croacia, otorgó la extradición a Perú del procesado Darius Antanas POVILAITIS TORRES, fi jando como fecha límite para ejecutar tal extradición el 2 de julio de 2013. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 100-2011- JUS del 4 de mayo de 2011, se resolvió acceder a la solicitud de extradición activa del procesado Darius Antanas POVILAITIS TORRES, formulada por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito Contra la Salud Pública – Tráfi co Ilícito de Drogas, agravado, en perjuicio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Croacia, de conformidad con los Acuerdos Internacionales vigentes y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 147-2013- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 23 de mayo de 2013, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión del servicio a partir del 22 al 28 de junio de 2013, del Comandante de Armas de la Policía Nacional del Perú José Alberto ALVARADO INGA y del Subofi cial Superior de Armas de la Policía Nacional del Perú Raymundo Máximo DE LA CRUZ VARGAS, a la ciudad de Zagreb – República de Croacia, a fi n de que ejecuten la extradición activa del procesado Darius Antanas POVILAITIS TORRES, formulada por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito Contra la Salud Pública – Tráfi co Ilícito de Drogas, agravado, en perjuicio del Estado peruano; Que, con Memorándum Múltiple Nº 181-2013- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 23 de mayo de 2013, el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de resolución autoritativa de viaje al exterior en comisión del servicio de los referidos funcionarios policiales, el mismo que irrogará gastos al Estado peruano; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 – Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado con Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Legislativo Nº 1135 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2012-IN y el Decreto Legislativo N° 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje al exterior, en comisión del servicio, del Comandante de Armas de la Policía Nacional del Perú José Alberto ALVARADO INGA y del Subofi cial Superior de Armas de la Policía Nacional del Perú Raymundo Máximo DE LA CRUZ VARGAS, del 22 al 28 de junio de 2013, para que ejecuten la extradición activa del procesado Darius Antanas POVILAITIS TORRES, formulada por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito Contra la Salud Pública – Tráfi co Ilícito de Drogas, agravado, en perjuicio del Estado peruano, a realizarse en la ciudad de Zagreb – República de Croacia. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Personas T/C Total S/. Viáticos US$ 260.00 7 X 2 = 3,640.00 2.686 9,777.04 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal policial designado, deberá presentar ante el titular de la entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 952142-5