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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (19/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 17

El Peruano Miércoles 19 de junio de 2013 497479 Autorizan viaje del Director de la Oficina Central Nacional INTERPOL - Lima a Curazao - Antillas, en comisión de servicios. RESOLUCIÓN SUPREMA N° 057-2013-IN Lima, 18 de junio de 2013 VISTO, el mensaje N/Referencia: OIPC-INTERPOL Nº 2013/14/NCB/AME/ARC del 24 de abril de 2013, suscrito por el señor Jean-Michel LOUBOUTIN, Director Ejecutivo de Servicios Policiales de la Organización Internacional de Policía Criminal – INTERPOL, mediante el cual se hace conocer que del 1 al 3 de julio de 2013, se realizará en el World Trade Centre de Curazao – Antillas Holandesas, la “22ª Conferencia Regional de las Américas”. CONSIDERANDO: Que, la Organización Internacional de Policía Criminal – INTERPOL, fue creada en 1923 y cuenta en la actualidad con ciento noventa (190) países miembros, siendo su principal objetivo el facilitar la cooperación policial trasfronteriza, prestando apoyo y ayuda a todas las organizaciones, autoridades y servicios que tienen como fi n prevenir o combatir la delincuencia internacional; en tal sentido realiza asambleas, conferencias regionales, seminarios, coloquios, entre otros; Que, la Ofi cina Central Nacional – INTERPOL – Lima, es el órgano operativo que en representación de la Policía Nacional del Perú, tiene como fi n coordinar, promover y ejecutar la cooperación policial recíproca a nivel internacional, para la lucha contra la delincuencia común, dentro del marco de respeto a los tratados, a los convenios internacionales, a los derechos humanos, al estatuto y reglamentos de la Organización Internacional de Policía Criminal – INTERPOL, las leyes internacionales y peruanas; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 152-2013- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 22 de mayo de 2013, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión del servicio del Coronel de Armas de la Policía Nacional del Perú Luis Octavio BISSO PUN, Director de la Ofi cina Central Nacional INTERPOL – Lima, del 30 de junio al 4 julio de 2013, a fi n de que participe en la “22ª Conferencia Regional de las Américas”, a desarrollarse en el World Trade Centre de Curazao – Antillas Holandesas; Que, con Memorándum Múltiple Nº 799-2013- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 27 de mayo de 2013, el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de resolución autoritativa de viaje al exterior en comisión del servicio del Ofi cial Superior de Armas de la Policía Nacional del Perú antes indicado; siendo sufragados los gastos por concepto de viáticos y los pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto para el personal policial, por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007-Ministerio del Interior; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la resolución de autorización de viajes al exterior de la república estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 – Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado con Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Legislativo Nº 1135 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2012-IN y el Decreto Legislativo N° 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje al exterior, en comisión del servicio, del Coronel de Armas de la Policía Nacional del Perú Luis Octavio BISSO PUN, Director de la Ofi cina Central Nacional INTERPOL – Lima, del 30 de junio al 4 julio de 2013, a fi n de que participe en la “22ª Conferencia Regional de las Américas”, a desarrollarse en el World Trade Centre de Curazao – Antillas Holandesas. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007 - Ministerio del Interior, de acuerdo al detalle siguiente: Importe Días Personas T/C Total S/. Viáticos US$ 240.00 3 X 1 = 720.00 2.645 1,904.40 Pasajes aéreos US$ 1,388.64 X 1 = 1,388.64 2.645 3,672.95 5,577.35 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el Ofi cial Superior de Armas de la Policía Nacional del Perú designado, deberá presentar ante el titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4.- La presente resolución suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 952142-6 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el Anexo III Acuerdo Administrativo reglamentario del Convenio de Aplicación del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social entre la República del Perú y la República Oriental del Uruguay DECRETO SUPREMO Nº 026-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA