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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (24/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Lunes 24 de junio de 2013 497962 9 Dirección que acredite residencia en el distrito de Mirafl ores. 9 Número de teléfono fi jo y/o celular. Con estos datos ingresados el Equipo Técnico supervisará todo el proceso de votación. • El listado fi nal de los proyectos de inversión del Proceso del Presupuesto Participativo del Año 2014 lo determinará, por consiguiente, el voto manual de los agentes participantes representantes de organizaciones y el voto electrónico de las personas naturales residentes en el distrito de Mirafl ores, de acuerdo al procedimiento descrito. d. El listado fi nal de los proyectos de inversión del Proceso del Presupuesto Participativo del Año 2014 serán publicados en la página web del distrito (www.mirafl ores. gob.pe). e. Concluida la etapa de votación se procederá a la formalización de los Acuerdos y Compromisos, para ello se deberán realizar las siguientes acciones: Ɣ El Equipo Técnico elabora el Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo. Ɣ El Alcalde, o a quien delegue, presenta los resultados del Presupuesto Participativo, consolidados en el Acta de Acuerdos y Compromisos, a los agentes participantes para su consideración y aprobación fi nal. Ɣ Los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital, presididos por el Alcalde y demás agentes participantes, formalizan los acuerdos suscribiendo el Acta de Acuerdos y Compromisos, la que debe contener las fi rmas de todos los agentes participantes presentes en el taller programado. Ɣ Haber conformado el Comité de Vigilancia, teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la presente ordenanza. Artículo 25º.- Coordinación Los mecanismos de coordinación y consistencia presupuestaria entre la Municipalidad de Mirafl ores y el Gobierno Local Provincial, en materia de gastos de inversión, respetando competencias y procurando economías de escala y concertación de esfuerzos, se realizará de existir proyectos de inversión pública del ámbito metropolitano. Artículo 26º.- Formalización Los acuerdos y compromisos del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo se formalizarán en sesión ordinaria programada del Consejo de Coordinación Local Distrital, y posteriormente en sesión de Concejo Municipal, en la cual el Presidente del Equipo Técnico deberá sustentar todas las actividades ejecutadas en el marco del proceso, así como también del cronograma de ejecución de los proyectos para el próximo año fi scal. Todos los proyectos aprobados deberán ser incluidos en el Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2014, para su aprobación por parte del Concejo Municipal. El cronograma de ejecución de proyectos será elaborado por las gerencias involucradas en su formulación, el cual será puesto a disposición del Consejo de Coordinación Local Distrital, del Concejo Municipal y del Comité de Vigilancia. Artículo 27º.- Perfeccionamiento técnico de proyectos Si en la etapa de ejecución alguno de los proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo no puede ser ejecutado, el Alcalde dispondrá el reemplazo de dicho proyecto por otro, previo informe técnico elaborado para tal fi n por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, a través de la Subgerencia de Presupuesto. El reemplazo del proyecto se realizará de acuerdo a la escala de prioridades concertada, de encontrarse con declaratoria de viabilidad el proyecto. Cabe precisar que estas acciones deben contar con el conocimiento del Consejo de Coordinación Local Distrital y el Comité de Vigilancia. 953803-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN