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El Peruano Lunes 24 de junio de 2013 497958 Artículo 5º.- Defi niciones Para efectos de la presente ordenanza se considerará como defi niciones relacionadas con el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo lo establecido en el artículo 1 del Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. Artículo 6º.- Principios del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo El Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo se rige bajo los siguientes principios rectores: a. Participación.- Los gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil en la programación de su presupuesto, en concordancia con sus planes de desarrollo concertados; así como en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos. b. Transparencia.- Los presupuestos de los gobiernos locales son objeto de difusión por los medios posibles de información, a fi n de que la población pueda tener conocimiento de ellos, promoviendo en la medida de lo posible el uso de las tecnologías de la información. c. Igualdad.- Los agentes participantes y vecinos inscritos tienen las mismas oportunidades para participar en el proceso, sin que en ellos medie discriminaciones de carácter político, ideológico, religioso, racial o de otra naturaleza, en los procesos de planifi cación y presupuesto participativo. d. Tolerancia.- Es la garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de quienes conforman la sociedad, como un elemento esencial para la construcción de consensos. e. Efi cacia y efi ciencia.- Los gobiernos locales organizan su gestión en torno a objetivos y metas establecidas en los planes concertados y presupuestos participativos, desarrollando estrategias para la consecución de los objetivos trazados y con una óptima utilización de los recursos. La medición de los logros se basa en indicadores de impacto, de resultados y de productos, normados por las instancias correspondientes. f. Equidad.- Las consideraciones de equidad son un componente constitutivo y orientador de la gestión del gobierno local, sin discriminación, igual acceso a las oportunidades e inclusión de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial. g. Competitividad.- Los gobiernos locales tienen como objetivo la gestión estratégica de la competitividad. Para ello, promueven la producción y su articulación a los ejes de desarrollo, promoviendo alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado. h. Respeto a los acuerdos.- La participación de la sociedad civil en los presupuestos de los gobiernos locales se fundamenta en el compromiso de cumplimiento de los acuerdos o compromisos concertados. Título II Financiamiento del Presupuesto Participativo Artículo 7º.- Financiamiento del presupuesto participativo El monto asignado al Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2014 asciende a Diez Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 10’000,000.00), que considera de manera referencial los montos efectivamente transferidos por el Ministerio de Economía y Finanzas en el año anterior, así como los recursos provenientes de impuestos a los casinos de juego y a los juegos de máquinas tragamonedas. Título III Agentes Participantes y Equipo Técnico del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo Artículo 8º.- Agentes participantes Son agentes participantes las personas que tienen derecho a voz y voto en la discusión y toma de decisiones del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo. Están conformados por: a. Los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital b. Los miembros del Concejo Municipal c. Representantes de la Sociedad Civil, que se inscriben como agentes participantes dentro del Proceso del Presupuesto Participativo. Ellos son: - Organizaciones sociales de base territorial o temática del distrito, entre ellas las Juntas Vecinales elegidas acorde a los parámetros establecidos en la Ordenanza Nº 363/MM. - Organizaciones e instituciones privadas, que sustenten domicilio dentro del distrito de la jurisdicción. A efectos de la inscripción se deben contemplar los requisitos indicados en el inciso f). d. Representantes de las instituciones públicas que desarrollen acciones en el ámbito del distrito y designados para tales fi nes; quienes para poder participar como agente participante en el proceso deberán inscribirse hasta un (1) día hábil antes del primer taller del Presupuesto Participativo 2014 y contar con un documento de inscripción formal en el que se designen a su representante. e. Equipo Técnico que actuará como soporte del proceso, participa con voz pero sin voto. f. La inscripción de las organizaciones residentes en el distrito deberá realizarse en la Gerencia de Participación Vecinal, de acuerdo a los siguientes requisitos: - Presentación de una (1) carta dirigida a la Gerencia de Participación Vecinal, donde se consigne el número del RUC de la organización y el nombre del representante como agente participante en el proceso. - Si no cuenta con número de RUC deberá adjuntar a la carta el Acta de Fundación, Constitución o Estatuto de la organización (en copia simple). El plazo de inscripción vence un (1) día hábil antes del primer taller convocado en el marco del proceso del Presupuesto Participativo. Las organizaciones inscritas en el Registro Único de Organizaciones Sociales deberán formalizar su inscripción a través de una carta simple dirigida a la Gerencia de Participación Vecinal, donde debe constar su voluntad de participar en el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo 2014, inscribiendo además a su representante formal ante el proceso, quien adelante será el agente participante. Artículo 9º.- De los agentes participantes representantes de organizaciones inscritas en el proceso Los agentes participantes podrán: a. Participar en los diferentes talleres de trabajo, capacitación y coordinación, planteando sus propuestas, iniciativas y aportes para el desarrollo del proceso. b. Elegir un representante de ellos por votación general como miembro del Equipo Técnico del Proceso del Presupuesto Participativo del Año 2014. c. Presentar propuestas de proyectos de inversión de impacto en su zona vecinal o del distrito. Para ello deben sustentar el proyecto con el apoyo de ciento veinte (120) fi rmas de vecinos de la zona de infl uencia. El documento completo se ingresará por Mesa de Partes de la municipalidad, con atención a la Gerencia de Participación Vecinal. Cada fi rma adherente deberá contar además con el nombre completo, dirección y número de DNI. Las propuestas serán evaluadas de acuerdo a los procedimientos de la presente ordenanza y el plazo de presentación estará establecido en el Cronograma de Actividades. d. Participar con voz y voto en la discusión y toma de decisiones; actuando con decoro y respeto en todas las actividades a realizarse.