Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2013 (24/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Lunes 24 de junio de 2013

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asumir el cargo. Agrega que se le informo que se habian realizado las llamadas telefonicas de convocatoria a los demas regidores, los cuales manifestaron que no podian asumir funciones en el mencionado cargo. 26. De otro lado, la citada regidora afirma que en su escrito de fojas 392 a 412, que la Tercera Fiscalia Superior Penal de Tacna, mediante la Disposicion Fiscal Nº 139-2012-MP-3° FSP-TACNA, del 26 de MORDAZA del 2012, se pronuncio respecto a estos mimos hechos y concluyo que, no habia lugar a formalizar ni a continuar la investigacion preparatoria contra MORDAZA, por la presunta comision del delito contra la administracion publica, en la modalidad de aceptacion indebida de cargo. 27. Al respecto, este Supremo Tribunal Electoral considera que las alegaciones formuladas por la regidora no resultan ser suficientes, toda vez que, como ya se ha senalado en sendas resoluciones, tales como la Nº 7162012-JNE y la Nº 828-2012-JNE, el encargo de funciones en el despacho de alcaldia, durante la ausencia del MORDAZA, le corresponde legalmente al MORDAZA MORDAZA, salvo que se acredite que este tiene impedimento alguno para asumir dicho cargo. 28. Asi, en el caso de autos, concretamente en la Resolucion de Alcaldia Nº 235-2011-MDCGAL, del 10 de MORDAZA de 2011, no se encuentra motivacion y justificacion alguna para la designacion de la regidora Licetty Madeleyni MORDAZA MORDAZA, ni mucho menos se ha consignado la existencia de impedimento alguno para que tanto el primer regidor, como el MORDAZA, tercer y MORDAZA no pudieran ejercer dicho cargo. 29. De otro lado, tampoco existe justificacion suficiente para que la regidora Licetty Madeleyni MORDAZA MORDAZA MORDAZA aceptado el encargo, toda vez que MORDAZA, como parte integrante del concejo municipal y funcionaria publica, tiene el deber de conocer las disposiciones legales pertinentes, como son los articulos 20 y 24 de la LOM, referidos a lo siguiente: Articulo 20.- Atribuciones del MORDAZA Son atribuciones del alcalde: [...] 20. Delegar sus atribuciones politicas en un regidor habil y las administrativas en el gerente municipal Articulo 24.- Reemplazo en caso de vacancia o ausencia En caso de vacancia o ausencia del MORDAZA lo reemplaza el MORDAZA MORDAZA que es el primer regidor habil que sigue en su propia lista electoral. En caso de vacancia del regidor, lo reemplaza: 1. Al MORDAZA MORDAZA, el regidor habil que sigue en su propia lista electoral. 2. A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. 30. En efecto, es responsabilidad de los ciudadanos, asi como de los funcionarios y servidores publicos conocer las normas juridicas que rigen su accionar, resultando dicho deber mucho mas intenso para quienes pretenden acceder o ya ejercen un cargo publico, como es el caso de las autoridades municipales democraticamente elegidas, es decir, MORDAZA y regidores. Dicho en otros terminos, si una MORDAZA ha sido publicada validamente, no resulta legitimo justificar su incumplimiento alegando su desconocimiento. 31. En ese sentido, la regidora MORDAZA citada contaba con todas las herramientas legales a fin de poder negarse a aceptar tal encargo de funciones, por ejemplo, solicitar a la oficina de asesoria juridica un informe respecto a la legalidad del referido encargo, MORDAZA si, tal como se ha senalado en el acta de la sesion extraordinaria, en donde se trato su vacancia, durante el ano 2011 MORDAZA era presidenta de la comision de asuntos legales del concejo municipal. 32. En esa medida, se tiene que los documentos que MORDAZA suscribio en calidad de alcaldesa encargada, pese a que legalmente no le correspondia, constituyen actos evidentemente administrativos, que no le estaban permitidos. Ademas, esta el hecho de que, en la medida

Analisis del caso en concreto 19. De la lectura de los documentos que obran en autos, se tiene que el MORDAZA distrital se ausento los dias 11 y 12 de MORDAZA de 2011 del distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA debido a un viaje a la MORDAZA de Lima. Dicho viaje tenia como objetivo acudir a una reunion en el Congreso de la Republica, asi como realizar gestiones ante el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dicha situacion motivo que mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 235-2011-MDCGAL, del 10 de MORDAZA de 2011, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA encargara el despacho de alcaldia a la regidora Licetty Madeleyni MORDAZA Mendoza. 20. Posteriormente, y en merito a dicha encargatura, es que la citada regidora procedio a emitir las siguientes resoluciones de alcaldia: a) Resolucion de Alcaldia Nº 238-2011-MDCGAL, del 11 de MORDAZA de 2011, a traves de la cual autorizo el otorgamiento de viaticos, por la suma de S/. 420,00 (cuatrocientos veinte y 00/100 nuevos soles) a MORDAZA Deyvith MORDAZA MORDAZA, gerente de planificacion, presupuesto y racionalizacion, y por la suma de S/. 360,00 (trescientos sesenta y 00/100 nuevos soles) a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, jefe de la unidad de presupuesto (fojas 6 a 7). b) Resolucion de Alcaldia Nº 239-2011, del 12 de MORDAZA de 2011, a traves de la cual declaro expeditos para contraer matrimonio civil a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (foja 8). c) Resolucion de Alcaldia Nº 240-2011-MDCGAL, del 12 de MORDAZA de 2011, a traves de la cual aprobo las bases del MORDAZA de seleccion y adjudicacion de menor cuantia Nº 0006-2011-MDCGAL, sobre adquisicion de leche fresca de vaca para el programa del vaso de leche, por el monto de S/. 223 762,50 (doscientos veintitres mil setecientos sesenta y dos y 00/50 nuevos soles) (fojas 9 a 10). 21. Sin embargo, y tal como se aprecia de la conformacion del concejo municipal de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se tiene que Licetty Madeleyni MORDAZA MORDAZA, es la MORDAZA regidora. En ese sentido, y siguiendo los criterios establecidos por el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones desde el ano 2009 a la actualidad, resulta necesario verificar si dicho encargo de funciones se encuentra arreglado a ley. 22. Al respecto, y como ya lo hemos expresado en la presente resolucion, en caso de ausencia del MORDAZA municipal, el encargado de asumir el despacho de alcaldia es el MORDAZA MORDAZA, salvo que este, por razones debidamente justificadas, no pueda hacerlo, por lo que el encargo de funciones debe otorgarse al MORDAZA regidor, y asi sucesivamente. 23. De lo actuado se tiene que no existe en autos medio probatorio suficiente que acredite que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de primer regidor, o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de MORDAZA regidor, o MORDAZA MORDAZA Amones, en calidad de tercer regidor, o Freddy MORDAZA Huashualdo Huanacuni, en calidad de MORDAZA regidor, se hayan encontrado impedidos de asumir el cargo de alcalde. 24. Si bien es MORDAZA el MORDAZA distrital ha senalado que se convoco a traves de llamadas telefonicas a los MORDAZA mencionados, los cuales se negaron a asumir el encargo de funciones, tambien es MORDAZA que en la sesion extraordinaria del 22 de febrero de 2013, en la que se trato la solicitud de vacancia, tanto el primer, MORDAZA, tercer y MORDAZA regidor, senalaron, por medio de una declaracion jurada (fojas 533 y 534), que en ningun momento el MORDAZA distrital les requirio para que acepten el encargo de funciones del despacho de alcaldia. Asi tambien, manifestaron, que todos se encontraban habiles para asumir dicho cargo, no existiendo justificacion alguna para que la MORDAZA regidora MORDAZA sido convocada para ocupar el cargo. 25. Ahora bien, la regidora cuestionada, por su parte, en la misma sesion extraordinaria, senalo que, al preguntar el motivo por el cual se le encargaba el despacho de alcaldia, fue informada de que el primer regidor, esto es, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no tenia tiempo para

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