Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2013 (24/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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Articulo 3°.- Disponer que la Direccion de Artes y Acceso a la Cultura de la Direccion General de Industrias Culturales y Artes organice y conduzca la realizacion integral del Concurso Nacional "Nueva Dramaturgia Peruana" de cada ano, a que se refiere la presente Resolucion. Articulo 4°.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Cultura (www.mcultura.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura 953890-1

El Peruano Lunes 24 de junio de 2013

De conformidad con lo establecido en el articulo 20º del Reglamento de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, Ley N° 27332, corresponde al Presidente del Consejo Directivo efectuar la convocatoria a eleccion de los miembros de los Consejos de Usuarios; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Convocatoria Disponer la convocatoria al MORDAZA de Eleccion de los 03 (tres) miembros que integraran cada uno de los 03 (tres) Consejos de Usuarios Regionales del OSIPTEL: Region Norte, Region Centro y Region Sur, para el periodo 20132015, en cumplimiento de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM y la Resolucion de Consejo Directivo Nº 078-2013-CD/OSIPTEL. Articulo 2º.- Propuesta de Candidatos Podran presentar candidatos al MORDAZA de Eleccion de su region, las siguientes organizaciones: (i) Las Asociaciones de Consumidores y Usuarios que se encuentren debidamente constituidas e inscritas en el Registro Publico de su region y cuyo domicilio unico o principal se encuentre ubicado en la region en la que operara el respectivo Consejo de Usuarios. (ii) Las Universidades Publicas y Privadas que cuenten con Facultades relacionadas con las materias propias de los servicios publicos de telecomunicaciones en la region. (iii) Los Colegios Profesionales de la region o su representacion departamental, de ser el caso, cuya especialidad tenga correspondencia con las materias propias de los servicios publicos de telecomunicaciones. (iv) Las Organizaciones sin fines de lucro constituidas en la region, vinculadas al MORDAZA de los servicios publicos de telecomunicaciones. (v) Las Organizaciones del Sector Empresarial no vinculadas al MORDAZA de los servicios publicos de telecomunicaciones, constituidas en la region respectiva. Las Universidades, Colegios Profesionales y Organizaciones citadas en los numerales (ii) al (v) deben estar debidamente creadas o constituidas, y de ser el caso, inscritas en el Registro Publico respectivo. Todas las organizaciones a las que se refiere el presente articulo deben cumplir con los demas requisitos senalados en la Ley Nº 27332, su Reglamento y las disposiciones que se establezcan para el MORDAZA de Eleccion. Cada organizacion puede presentar solo un (1) candidato. Articulo 3º.- Requisitos del candidato Los candidatos elegibles son aquellas personas naturales que: 1. Hayan sido debidamente designadas por los organos competentes de las citadas organizaciones. 2. Su candidatura MORDAZA sido presentada oportunamente ante este Organismo. 3. Cuenten, como minimo, con educacion superior. 4. Tengan domicilio en la region en la que operara el respectivo Consejo de Usuarios no menor a seis (06) meses anteriores a la fecha de la publicacion de la presente convocatoria al MORDAZA electoral. No seran elegibles como candidatos aquellos representantes de organizaciones que hayan sido designados como miembros del Consejo de Usuarios del OSIPTEL durante dos periodos o mandatos anteriores consecutivos. Articulo 4º.- Electores El derecho de MORDAZA sera ejercido solo por el representante legal de cada organizacion. A cada organizacion le corresponde emitir un voto.

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Convocan al MORDAZA de Eleccion de miembros de los Consejos de Usuarios Regionales del OSIPTEL: Region Norte, Region Centro y Region Sur para el periodo 2013-2015
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 042-2013-PD/OSIPTEL MORDAZA, 21 de junio de 2013 MATERIA: Convocatoria a Elecciones de los miembros de los Consejos de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones para el periodo 2013-2015 VISTOS: La Resolucion de Consejo Directivo Nº 078 -2013-CD/ OSIPTEL, que aprobo la conformacion de los Consejos de Usuarios del OSIPTEL y designo el Comite Electoral para el MORDAZA de eleccion de sus miembros para el periodo 2013-2015; El Informe Nº 001-CE/2013 del Comite Electoral de fecha 19 de junio de 2013; y con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Legal. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, Ley Nº 27332, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM, corresponde a los Organismos Reguladores, a traves de su Consejo Directivo, determinar el numero de Consejos de Usuarios y de sus miembros, asi como convocar al MORDAZA de eleccion de los mismos. Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2007-PCM, se precisaron aspectos referidos a la conformacion del Consejo de Usuarios, asi como al MORDAZA de eleccion de sus miembros. Que, los articulos 15º al 27º del Reglamento de la Ley N° 27332, establecen las normas aplicables para el MORDAZA de eleccion de los miembros de los Consejos de Usuarios de los Organismos Reguladores. Que, por Resolucion de Consejo Directivo N° 0782013-CD/OSIPTEL del 13 de junio de 2013, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 19 de junio de 2003, se aprobo el numero y conformacion de los Consejos de Usuarios del OSIPTEL para el periodo 2013-2015.

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