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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (26/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 58

El Peruano Miércoles 26 de junio de 2013 498080 de reconsideración que interpuso en contra de la decisión municipal de declarar su vacancia en el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Bagua, departamento de Amazonas, por haber incurrido en la causal establecida en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente Nº J-2012-1187, y oídos los informes orales. ANTECEDENTES Solicitud de vacancia Con fecha 13 de setiembre de 2012, Bílmer Belford Ramírez Zeña y Waldo Óscar Vallejos Santa Cruz solicitaron al Jurado Nacional de Elecciones la vacancia de Ferry Torres Huamán, alcalde de la Municipalidad Provincial de Bagua, por haber infringido las restricciones de contrataciones de bienes municipales. Dicha solicitud dio origen al Expediente Nº J-2012-1187. Los hechos que los recurrentes imputan al alcalde provincial y que, a su criterio, confi gurarían la causal invocada son los siguientes: a) Haber cobrado de manera indebida desde el año 2011, bonifi caciones y gratifi caciones como producto de pactos colectivos. Dentro de ese hecho, señalan que el alcalde provincial aprobó, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 111-2012- MPB-AL, del 13 de marzo de 2012, que el pago de benefi cios consignados en los pactos colectivos se hagan extensivos a los trabajadores de nivel gerencial, pese a que dichos benefi cios no corresponden ser otorgados a los cargos políticos o de confi anza, sino tan solo a los trabajadores municipales sindicalizados. Agregan que la aprobación de un pacto colectivo debe realizarse con anticipación, a efectos de que se incremente en el presupuesto inicial de apertura (PIA) del siguiente año del ejercicio presupuestal; sin embargo, ello no se ha cumplido en el presente caso, sino que se han afectado otras fuentes de ingresos de la entidad edil, las cuales debieron utilizarse para otros fi nes. b) El alcalde provincial, en calidad de representante legal de la Municipalidad Provincial de Bagua, suscribió el Contrato de Locación de Servicios Externos Nº 001-2011, del 3 de enero de 2011, con Moisés Tomás Suárez Vidal, a efectos de que este preste sus servicios como cobrador de arbitrios a favor de la entidad edil, siendo el caso que el locador dejó como garantía una carta suscrita por el alcalde provincial Ferry Torres Huamán, en calidad de trabajador municipal, para que, en caso de incumplimiento en los depósitos diarios derivados de la cobranza, se proceda a realizar las acciones correspondientes. Esto es, a criterio de los recurrentes, signifi ca que el alcalde ha actuado como juez y como parte. c) Finalmente, señalan que el alcalde ha contratado al abogado Edouard Marino Mera Samamé, a fi n de que preste servicios de asesoría jurídica externa a la municipalidad provincial; sin embargo, alegan que dicha contratación la realizó para benefi cio personal ya que lo ha defendido en diversos juicios personales que tiene la autoridad edil con terceros. En ese sentido, se tiene que la contratación del citado letrado es irregular si se tiene en cuenta que los pagos que se le están realizando provienen del dinero de la municipalidad provincial. Descargos presentados por el alcalde Ferry Torres Huamán El 6 de noviembre de 2012, la autoridad municipal cuestionada presentó sus descargos y señaló lo siguiente: a) Respecto a los benefi cios y gratifi caciones en virtud de los pactos colectivos. Al respecto, la autoridad municipal señala que los miembros de la comisión paritaria iniciaron las negociaciones de los pactos colectivos del año 2011 con el sindicato de trabajadores, siendo el caso que él, en calidad de alcalde provincial, no integró dicha comisión. Respecto al cobro de benefi cios y gratifi caciones que habría realizado en mérito de pactos colectivos, señala que dichos cobros se realizaron por disposición de anteriores periodos municipales, no habiendo tenido participación ni injerencia para ser benefi ciado con dichos conceptos. Con relación a la extensión de los benefi cios y gratifi caciones en mérito a los convenios colectivos a los trabajadores de nivel gerencial, el alcalde provincial señala que los recurrentes no han demostrado que dicha decisión se haya ejecutado por voluntad propia de él, sino que, por el contrario, la resolución de alcaldía a la que se hace referencia en la solicitud de vacancia cuenta con el visado de las respectivas áreas y con informe debidamente sustentado por el área de asesoría legal. b) Respecto a la contratación de Moisés Tomás Suárez Vidal. En este extremo el alcalde provincial alega que no se ha logrado acreditar la intervención de él en ambos lados de la relación contractual existente entre la Municipalidad Provincial de Bagua y el trabajador Moisés Tomás Suárez Vidal, y en ese sentido, resulta inofi cioso ingresar al análisis del confl icto de intereses. Asimismo, señala que no existe en autos prueba fehaciente que acredite algún tipo de relación de cercanía entre él y el trabajador, pues el hecho de que haya actuado como aval mediante la carta de garantía no resulta sufi ciente para acreditar, de manera indubitable, un interés directo del alcalde respecto del locador. c) Respecto a la contratación del abogado Edouard Marino Mera Samamé. Finalmente, en cuanto a este ítem, la autoridad edil señala que si bien es cierto el citado letrado ha realizado defensas técnicas al titular del pliego también es cierto que este se encuentra obligado, en mérito al contrato celebrado, a realizar la defensa de diversos funcionarios y servidores municipales. En ese sentido, el uso de recursos humanos de la municipalidad, esto es, la asesoría jurídica externa y de gestión municipal, se encuentra justifi cada. Pronunciamiento del Concejo Provincial de Bagua En la Sesión Extraordinaria Nº 27-2012, del 16 de noviembre de 2012, los miembros del Concejo Provincial de Bagua declararon fundada la solicitud de vacancia presentada en contra de Ferry Torres Huamán, burgomaestre de dicha comuna. Debe precisarse que en la citada sesión la autoridad municipal no estuvo presente. La votación de dicha decisión fue la siguiente: nueve votos a favor de la solicitud de vacancia y ninguno en contra. Esta decisión se materializó en el Acuerdo Municipal Nº 022-2012-MPB. Recurso de reconsideración interpuesto por Ferry Torres Huamán, alcalde de la Municipalidad Provincial de Bagua Con fecha 7 de diciembre de 2012, la autoridad municipal cuestionada interpuso recurso de reconsideración contra la decisión del concejo provincial de declarar fundada la solicitud de vacancia presentada por Bílmer Belford Ramírez Zeña y Waldo Óscar Vallejos Santa Cruz. Los fundamentos de su recurso de reconsideración son los siguientes: a) Los benefi cios económicos obtenidos no fueron consecuencia de un acto administrativo de su gestión, sino de decisiones adoptadas en gestiones municipales anteriores, tal como se acredita con el informe del jefe de recursos humanos, en el que señala que las gratifi caciones y benefi cios se venían abonando desde el año 1996. Agrega que no existe documento alguno que acredite que, en su condición de alcalde, haya ordenado o dispuesto la incorporación en sus haberes de los pagos de los benefi cios económicos imputados. Sin perjuicio de ello, señala que mediante el Memorándum Nº 478-2012-MPB-A, del 18 de setiembre de 2012, ordenó al jefe de la ofi cina de recursos humanos que se suspenda y prohíba todo desembolso que se realice por concepto de pagos colectivos en los que sea benefi ciado como titular