TEXTO PAGINA: 50
El Peruano Miércoles 26 de junio de 2013 498072 CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 192-2008-CE-PJ, del 1 de julio de 2008, se creó la Unidad Operativa denominada “Centro Lima Metropolitana - Callao, Servicios de Notifi cación”, encargada de diligenciar las cédulas de notifi cación emitidas por los órganos jurisdiccionales de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima y Lima Norte; así como de la Corte Suprema de Justicia de la República. Segundo. Que por Resolución Administrativa N° 117- 2011-CE-PJ, de fecha 20 de abril de 2011, se constituyó a la Corte Superior de Justicia de Lima, entre otras, como Unidad Ejecutora del Pliego 004: Poder Judicial, a partir del Ejercicio Fiscal 2012. Tercero. Que, posteriormente, mediante Resolución Administrativa N° 114-2012-CCE-PJ, del 20 de junio de 2012, se constituyeron, entre otras, a las Cortes Superiores de Justicia de Lima Norte y del Callao como Unidades Ejecutoras del Pliego 004: Poder Judicial, a partir del Ejercicio Fiscal 2013. Cuarto. Que el Poder Judicial ha realizado un proceso de desconcentración administrativa con el objeto de facilitar las labores a nivel de las Cortes Superiores de Justicia, de modo que les permita realizar directamente las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de sus funciones. Quinto. Que, en este contexto, resulta necesario que cada Corte Superior de Justicia asuma la dirección y funcionamiento de su correspondiente servicio de notifi caciones, contribuyendo así a la consecución de los principios de celeridad y economía procesal. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 383-2013 de la décima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Walde Jáuregui, Ticona Postigo, Meneses Gonzales, Palacios Dextre y Chaparro Guerra, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que a partir del 1 de agosto del año en curso, las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima, Lima Norte y Lima Sur diligenciarán las cédulas de notifi cación emitidas por sus respectivos órganos jurisdiccionales. En consecuencia, corresponde a las citadas Cortes Superiores de Justicia organizar el servicio de notifi caciones en sus respectivos Distritos Judiciales, aprobando la directiva que regirá sus procedimientos. Artículo Segundo.- Establecer que hasta el 31 de julio del presente año, la Unidad Operativa denominada “Centro Lima Metropolitana, Callao, Servicio de Notifi caciones”, creada por Resolución Administrativa N° 192-2008-CE-PJ, continuará recolectando de los órganos jurisdiccionales las cédulas de notifi cación y devolución de los respectivos cargos de entrega durante el mes de agosto del presente año. Artículo Tercero.- Disponer que la Unidad Operativa denominada “Centro Lima Metropolitana, Callao, Servicio de Notifi caciones” concluirá su funcionamiento el 31 de agosto próximo, procediéndose al cierre y desactivación de la mencionada unidad operativa, acción que deberá concluir antes del 30 de setiembre del año en curso. Artículo Cuarto.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial a realizar las acciones administrativas conducentes al cierre y liquidación de la mencionada unidad operativa; así como a adoptar medidas de racionalización que incluyen la transferencia de recursos y bienes asignados a favor de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima, Lima Norte y Lima Sur. Artículo Quinto.- Precisar que mediante resolución del Titular del Pliego, se realizarán las modifi caciones presupuestarias necesarias que permitan dar cumplimiento a la presente resolución. Artículo Sexto.- Disponer que el diligenciamiento de las cédulas de notifi cación emitidas por las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, se realizará a través del servicio de notifi caciones del Distrito Judicial de Lima. Artículo Sétimo.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa N° 192-2008-CE-PJ, del 1 de julio de 2008; así como aquellas disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolución. Artículo Octavo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima, Lima Norte y Lima Sur; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 954864-2 Modifican el numeral 5 de las Disposiciones Generales de la Directiva N° 004-2012- CE-PJ “Normas que regulan el uso de la Tecnología de Información y Comunicaciones en el Poder Judicial” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 107-2013-CE-PJ Lima, 14 de junio de 2013 VISTO: El Ofi cio N° 965-2013-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 108-2012-CE-PJ, de fecha 15 de junio del año próximo pasado, se aprobó la Directiva N° 004-2012- CE-PJ, “Normas que regulan el uso de las Tecnologías y Comunicaciones en el Poder Judicial”. Segundo. Que la adquisición de equipos de tecnologías de información y comunicaciones (TIC) en forma centralizada, permite homogenizar el equipamiento con las ventajas de mejor gestión, mantenimiento, garantías y uso de recursos. Tercero. Que, al respecto, resulta necesario adecuar la normatividad sobre la adquisición de los equipos de tecnologías de información y comunicaciones, por cuanto la adquisición en volumen de los mencionados equipos, permitirá aprovechar economías de escala, con el consiguiente ahorro para este Poder del Estado; así como, un adecuado planeamiento y consolidación de requerimientos a nivel nacional, permitirá ejecutar procesos periódicos de adquisición más efi cientes. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 429-2013 de la vigésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Walde Jáuregui, Ticona Postigo, Meneses Gonzáles, Palacios Dextre y Chaparro Guerra, de conformidad con las atribuciones previstas en el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car el numeral 5 de las Disposiciones Generales de la Directiva N° 004-2012- CE-PJ «Normas que regulan el uso de la Tecnología de Información y Comunicaciones en el Poder Judicial», aprobada mediante Resolución Administrativa N° 108- 2012-CE-PJ, de fecha 15 de junio de 2012, por el siguiente texto: