Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2013 (26/06/2013)


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a los plazos establecidos en la Directiva que establece las normas aplicables a los procedimientos de atencion de reclamos de usuarios de servicios publicos de telecomunicaciones, aprobada mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 015-99-CD/OSIPTEL y sus normas modificatorias. Articulo Segundo.- Lo dispuesto en la presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente a la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, exceptuandose del procedimiento de publicacion previa establecido en los articulos 7° y 27° del Reglamento General de OSIPTEL, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional del OSIPTEL (http://www.osiptel. gob.pe). Registrese y publiquese. SE RESUELVE: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 954414-1

El Peruano Miercoles 26 de junio de 2013

permita identificar a la poblacion indigena y afroperuana para la construccion de un Sistema de Estadisticas Etnicas en el Peru; Que, en este contexto, se ha considerado pertinente conformar el Comite Tecnico Interinstitucional sobre Estadisticas de Etnicidad (CTIEE), con la participacion de entidades del Estado, la academia, sociedad civil, organizaciones etnicas y organismos internacionales, como espacio de dialogo institucionalizado; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadistica, la Direccion Nacional de Censos y Encuestas, la Oficina Tecnica de Estadisticas Departamentales, la Direccion Tecnica de Demografia e Indicadores Sociales, y la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica".

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Conforman el Comite Tecnico Interinstitucional sobre Estadisticas de Etnicidad
RESOLUCION JEFATURAL Nº 167-2013-INEI MORDAZA, 25 de junio del 2013 Que, el Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, establece que el INEI es el ente rector del Sistema Estadistico Nacional (SEN) y tiene entre sus funciones, asegurar que las actividades estadisticas se desarrollen en forma integrada, coordinada, racionalizada y bajo una normatividad tecnica comun; Que, la Ley Nº 27778, Ley de Incorporacion de la Medicion del Componente Etnico en la Ejecucion de los Censos de Poblacion y Vivienda, dispone incorporar en el articulo 1º de la Ley Nº 13248, Ley de Censos, el parrafo siguiente: "Los Censos de Poblacion y Vivienda deben incorporar variables del componente etnico para la identificacion de las condiciones generales de los diferentes grupos etnicos, los cuales deberan estar representados en la Comision Consultiva del Censo Nacional prevista en el articulo 5º"; Que, en el MORDAZA se han realizado, en el ano 1993, el I Censo de Comunidades Indigenas y, en el ano 2007, el II Censo de Comunidades Indigenas, en el MORDAZA de los Censos Nacionales de Poblacion y Vivienda, cuya informacion ha permitido caracterizar a estos grupos segun etnias; Que, considerando la importancia de disponer de informacion estadistica de la poblacion indigena y afroperuana, es conveniente crear un Sistema de Estadisticas Etnicas, con la finalidad de cuantificar y conocer las caracteristicas sociodemograficas de los grupos etnicos (pueblos indigenas y afroperuanos), y asi contribuir en el analisis, evaluacion y diseno de politicas en el area social sobre el impacto de las condiciones de MORDAZA de los diferentes grupos etnicos del pais; Que, el INEI ha iniciado las actividades preparatorias de los Censos Nacionales de Poblacion y Vivienda del ano 2017, a fin de obtener una propuesta metodologica que

Articulo 1º.- Conformar el Comite Tecnico Interinstitucional sobre Estadisticas de Etnicidad, con la finalidad de elaborar una propuesta metodologica que permita identificar a la poblacion indigena y afroperuana para la construccion de un Sistema de Estadisticas Etnicas en el Peru. El Comite estara integrado por: - El Sub Jefe de Estadistica, quien lo presidira. - Dos representantes del Ministerio de Cultura. - Dos representantes de la Defensoria del Pueblo (en calidad de observador). - Un representante del Grupo de Analisis para el Desarrollo. - Un representante de la Universidad Catolica del Peru. - Un representante de la Universidad del Pacifico. - Un representante de Culturas Indigenas del Peru. - Un representante de la Organizacion Nacional de Mujeres Indigenas, Andinas y Amazonicas del Peru. - Un representante de la Confederacion de Nacionalidades Amazonicas del Peru. - Un representante del Centro de Desarrollo Etnico. - Un representante del Centro de Desarrollo de la Mujer Negra Peruana. - Un representante del Fondo de Poblacion de las Naciones Unidas. - Un representante del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia. La Secretaria Tecnica del Comite estara a cargo de la Direccion Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI. Articulo 2º.- Las entidades u organismos que integran el Comite Interinstitucional sobre Estadisticas de Etnicidad designaran a sus representantes, quienes deben estar vinculados o pertenecer a la oficina, direccion o area sobre el tema de etnicidad. Los representantes del Comite deben ser acreditados ante la Presidencia, mediante comunicacion escrita del titular de la entidad u organismo, en un plazo no mayor de cinco (5) dias calendario, luego de publicada la presente Resolucion. Articulo 3º.- El Comite Tecnico Interinstitucional sobre Estadisticas de Etnicidad, podra solicitar el apoyo de otras entidades publicas y privadas para la asistencia tecnica necesaria en el cumplimiento de sus funciones. Articulo 4º.- El Comite Tecnico Interinstitucional de Estadisticas sobre Etnicidad, tendra las funciones siguientes: a. Generar estadisticas etnicas continuas a traves de las investigaciones estadisticas del Sistema Estadistico Nacional (SEN) y de los registros administrativos. b. Revisar y evaluar los lineamientos tecnicos y metodologicos de las variables etnicas a ser incorporadas en las investigaciones estadisticas (censos y encuestas) y registros administrativos. c. Promover la realizacion y participacion en talleres, cursos y pasantias sobre auto identificacion etnica en el Peru o en el extranjero, incluye la Cooperacion Sur Sur. d. Definir estrategias de comunicacion y difusion para

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