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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (27/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 21

El Peruano Jueves 27 de junio de 2013 498131 áreas de protección del medio ambiente y desarrollo comunal, de mejoramiento de las condiciones de vida y de desarrollo de la niñez en el Perú, así como de cuerpos académicos, científi cos y/o silvicultura, los cuales serán designados mediante resolución suprema; Que, en tal sentido, mediante la Resolución Suprema N° 041-2006-EF, se designó como miembros del Directorio Administrador a cargo del manejo y administración de los recursos del Fondo de las Américas, a los señores Violeta Colán Colán, Roger Emerson Agüero Pittman, Olga Isabel Ventocilla Olaya y Josefa Bárbara León Huaco, representantes de las ONG Consorcio para el Desarrollo Sostenible de Ucayali (CODESU), ONG Asociación Servicios Educativos Rurales (SER), ONG Asociación Kusi Warma y ONG Asociación Tecnológica y Desarrollo (TECNIDES), respectivamente; quienes hasta la fecha han sido ratifi cados como miembros del aludido Directorio Administrador; Que, asimismo, mediante la Resolución Suprema N° 023-2009-EF, se designó como miembros del Directorio Administrador del Fondo de las Américas y del Fondo para la Conservación de Bosques Tropicales a las señoras Rosa Karina Pinasco Vela y Lucía Ruiz Ostoic, representantes de las ONG Amazónicos por la Amazonía (AMPA) y ONG Centro de Conservación, Investigación y Manejo de Áreas Naturales (CIMA), respectivamente; con lo cual se completó el número de miembros correspondientes a las Organizaciones no Gubernamentales; Que, el Fondo de las Américas ha informado de la renuncia al aludido Directorio Administrador de la señora Lucía Ruiz Ostoic representante de la ONG Centro de Conservación, Investigación y Manejo de Áreas Naturales (CIMA), de la señora Violeta Colán Colán, representante de la ONG Consorcio para el Desarrollo Sostenible de Ucayali (CODESU) y del señor Roger Emerson Agüero Pittman, representante de la ONG Asociación Servicios Educativos Rurales (SER) y de la señora Josefa Bárbara León Huaco, representante de la ONG Asociación Tecnológica y Desarrollo (TECNIDES); por lo que se requiere que el Gobierno Peruano designe a nuevos representantes que tengan intereses relacionados con los bosques del Perú y el medio ambiente, contando con la aprobación del Gobierno de los Estados Unidos de América; Que, en virtud del procedimiento establecido en la Artículo III del “Convenio de Conservación de Bosques Tropicales”, suscrito en el marco de la operación de canje de deuda aprobada por el Decreto Supremo Nº 110-2008-EF, el Gobierno Peruano ha seleccionado, conjuntamente con el Gobierno de los Estados Unidos de América, a la señora Patricia Ivonne Fernández Dávila Messum, representante de la ONG Centro de Conservación, Investigación y Manejo de Áreas Naturales (CIMA), así como a la señora Roxana Perez Andrade, representante de la ONG Promoción de Desarrollo Sostenible (IPES) y el señor Juan Vaccari Chávez, representante de la ONG Instituto de Desarrollo y Medio Ambiente (IDMA); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 087-97-EF, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 110-2008-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como miembros del Directorio Administrador a cargo del manejo y administración de los recursos del Fondo de las Américas y del Fondo para la Conservación de Bosques Tropicales, a las siguientes personas: 1. Señora Patricia Ivonne Fernández Dávila Messum, representante de la ONG Centro de Conservación, Investigación y Manejo de Áreas Naturales (CIMA). 2. Señora Roxana Perez Andrade, representante de la ONG Promoción de Desarrollo Sostenible (IPES). 3. Señor Juan Vaccari Chávez, representante de la ONG Instituto de Desarrollo y Medio Ambiente (IDMA). Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 955829-3 Oficializan las modificaciones a las NIIF 10 - Estados Financieros Consolidados, NIIF 12 - Información a Revelar sobre Participaciones en otras Entidades y NIC 27 - Estados Financieros Separados CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD RESOLUCIÓN Nº 052-2013-EF/30 Lima, 24 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 10º de la Ley Nº 28708 – Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, el Consejo Normativo de Contabilidad tiene, entre otras, la atribución de emitir resoluciones dictando y aprobando las normas de contabilidad para las entidades del sector privado; Que, conforme al numeral 16.3 de la precitada Ley, las entidades del sector privado efectuarán el registro contable de sus transacciones con sujeción a las normas y procedimientos dictados y aprobados por el Consejo Normativo de Contabilidad. Que, por Resolución Nº 041-2008-EF/94 y normas modifi catorias del Consejo Normativo de Contabilidad se aprobó el uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial (PCGE), el cual señala en sus Disposiciones Generales que es requisito para la aplicación de dicho PCGE, observar lo que establecen las NIIF; Que, el International Accounting Standards Board – IASB (Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad) con fecha 03 de enero de 2013 remitió al Consejo Normativo de Contabilidad, el despacho que las modifi caciones a las Normas Internacionales de Información Financiera NIIF 10 - Estados Financieros Consolidados, NIIF 12 - Información a Revelar sobre participaciones en otras entidades y NIC 27 Estados Financieros Separados; Que, en la Septuagésima Quinta Sesión del Consejo Normativo de Contabilidad realizada el 24 de enero del presente año, se acordó ofi cializar tales modifi caciones con la fi nalidad de actualizar la práctica contable en el país mediante la utilización de las Normas Internacionales de Información Financiera, para su aplicación; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 10º de la Ley Nº 28708 – Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ofi cializar las modifi caciones a las NIIF 10 - Estados Financieros Consolidados, NIIF 12 - Información a Revelar sobre Participaciones en otras Entidades y NIC 27 - Estados Financieros Separados, cuya vigencia será acorde a lo preceptuado en dichas modifi caciones. Artículo 2º.- Publicar las normas señaladas en el artículo precedente en la página Web del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección General de Contabilidad Pública y recomendar a la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, los Colegios de Contadores Públicos Departamentales y a las facultades de Ciencias Contables y Financieras de las Universidades del país y otras instituciones