Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2013 (28/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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municipal y que, por ende, suponga la configuracion de la causal de vacancia prevista en el articulo 11 de la LOM, corresponde desestimar el recurso de apelacion y confirmar el acuerdo de concejo venido en grado. CONCLUSION Por consiguiente, este Supremo Tribunal Electoral, apreciando los hechos con criterio de conciencia, conforme al articulo 23 de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, y valorando todos los medios probatorios, concluye, por los hechos y las pruebas aportadas, que MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del MORDAZA Kasano MORDAZA, Karem MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ponte, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mitsy MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Lay MORDAZA Ochavano MORDAZA de Iwahana, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zuloaga y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores de la Municipalidad Provincial de Barranca, no han incurrido en la causal contemplada en el articulo 11 de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE el pedido de desistimiento parcial formulado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante escrito de fecha 5 de junio de 2013. Articulo Segundo.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo N° 030-2013-AL/CPB, de fecha 5 de MORDAZA de 2013, que rechazo el pedido de declaratoria de vacancia presentado en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del MORDAZA Kasano MORDAZA, Karem MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ponte, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mitsy MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Lay MORDAZA Ochavano MORDAZA de Iwahana, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zuloaga y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores de la Municipalidad Provincial de Barranca, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 11 de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 955272-4

El Peruano Viernes 28 de junio de 2013

OGPP/ONPE de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorandum N° 2550-2013-OGA/ ONPE de la Oficina General de Administracion, el Informe N° 526-2013-ORRHH-OGA/ONPE de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administracion, asi como el Informe N° 167-2013OGAJ/ONPE de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21° de la Ley N° 26487 ­ Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, establece que el vinculo laboral de sus trabajadores corresponde al regimen laboral de la actividad privada. Los puestos de trabajo, MORDAZA permanentes o temporales, seran cubiertos por concurso publico, salvo aquellos calificados como de confianza conforme a las leyes vigentes, que no excederan del diez por ciento (10%) del total respectivo de trabajadores; Que, con Resolucion Jefatural N° 130-2013-J/ ONPE se declaro vacante a partir del 01 de MORDAZA de 2013, la plaza N° 120 del Cuadro para Asignacion de Personal de la Oficina Nacional de Procesos Electorales aprobado por Resolucion Jefatural Nº 136-2011-J/ONPE, reordenado y actualizado por Resoluciones Jefaturales Nos. 237-2011 y 070-2012J/ONPE, correspondiente al cargo de confianza de Gerente de Gestion Electoral; Que, mediante Memorando N° 1853-2013OGPP/ONPE la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informa que la plaza N° 120 del Cuadro para Asignacion de Personal, cuenta con MORDAZA presupuestario en el Presupuesto Institucional Modificado del presente ano, en la meta 0015 Logistica y archivo electoral; Que, con Informe N° 526-2013-ORRHH-OGA/ONPE la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administracion senala que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, reune los requisitos minimos recomendados en el Manual de Organizacion y Funciones de la Entidad aprobado y modificado por Resoluciones Jefaturales Nos. 141, 244-2011-J/ONPE y 088-2012-J/ONPE, respectivamente; para desempenar el cargo de Gerente de Gestion Electoral de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; Que, conforme lo dispuesto en el articulo 6° de la Ley N° 27594, todas las resoluciones de designacion o nombramiento de funcionarios en cargos de confianza, surten efecto a partir del dia de su publicacion en el Diario oficial El Peruano, salvo disposicion en contrario de la misma que postergue su vigencia; En uso de las facultades contenidas en el articulo 13° de la Ley N° 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y los literales r) y cc) del articulo 9° de su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado y modificado por Resoluciones Jefaturales Nos. 030 y 137-2010-J/ONPE, respectivamente; Con el visado de la Secretaria General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Asesoria Juridica, de la Oficina General de Administracion y de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administracion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar, a partir del 01 de MORDAZA de 2013, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Gerente de Gestion Electoral de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, correspondiente a la plaza N° 120 del Cuadro para Asignacion de Personal. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional, www.onpe.gob.pe, en el plazo de tres (3) dias de su emision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 955218-1

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Designan Gerente de Gestion Electoral de la ONPE
RESOLUCION JEFATURAL Nº 144-2013-J/ONPE MORDAZA, 25 de junio 2013 VISTOS: el Memorando N° 525-2013-SG/ONPE de la Secretaria General, el Memorando N° 1853-2013-

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