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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (28/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 79

El Peruano Viernes 28 de junio de 2013 498301 CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo N° 031-2013-MDEP, del 13 de marzo de 2013, que declaró infundado el recurso de reconsideración que interpuso contra la decisión del concejo municipal de declarar infundada su solicitud de vacancia de Ángel Paul Rodríguez Armas, alcalde de la Municipalidad Distrital de El Porvenir, provincia de Trujillo y departamento de La Libertad. Regístrese, comuníquese y publíquese. S.S. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO LEGUA AGUIRRE VELARDE URDANIVIA Samaniego Monzón Secretario General 955272-3 Confirman el Acuerdo de Concejo N° 030-2013-AL/CPB, que rechazó pedido de declaratoria de vacancia presentado contra regidores de la Municipalidad Provincial de Barranca, departamento de Lima RESOLUCIÓN N° 598-2013-JNE Expediente N° J-2013-00517 BARRANCA - LIMA Lima, veinte de junio de dos mil trece VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Víctor Percy Gonzales Gomero contra el Acuerdo de Concejo N° 030-2013-AL/ CPB, de fecha 5 de abril de 2013, que rechazó el pedido de declaratoria de vacancia presentado en contra de Eladio Gutiérrez Escalante, Carmen del Pilar Kasano Neyra, Karem Analí Vega Flores, José Enrique Valverde Ponte, Diógenes Leocadio Torres Ventocilla, Reina Isabel Trujillo Soto, Mitsy Elízabeth Nolasco Rivera de Corpus, Teófi lo Garay Sánchez, Lay Amasifuén Ochavano Vda. de Iwahana, Antonio Eugenio Portilla Zuloaga y Fernando Valle Saavedra, regidores de la Municipalidad Provincial de Barranca, departamento de Lima, por la causal prevista en el artículo 11 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente N° J-2013-00056 y oído el informe oral. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia Con fecha 14 de enero de 2013, Víctor Percy Gonzales Gomero solicitó la declaratoria de vacancia de Eladio Gutiérrez Escalante, Carmen del Pilar Kasano Neyra, Karem Analí Vega Flores, José Enrique Valverde Ponte, Diógenes Leocadio Torres Ventocilla, Reina Isabel Trujillo Soto, Mitsy Elízabeth Nolasco Rivera de Corpus, Teófi lo Garay Sánchez, Lay Amasifuén Ochavano Vda. de Iwahana, Antonio Eugenio Portilla Zuloaga y Fernando Valle Saavedra (fojas 171 a 178), regidores de la Municipalidad Provincial de Barranca, departamento de Lima, por la causal prevista en el artículo 11 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), sustentando su pedido bajo los siguientes argumentos: a) Los cuestionados regidores, mediante la aprobación de los Acuerdos de Concejo N° 108-2012- AL/CPB, N° 109-2012-AL/CPB y N° 110-2012-AL/CPB, todos ellos de fecha 19 de diciembre de 2012 (fojas 60 a 63), al haber dispuesto que se clausure de manera temporal y/o definitiva el hospedaje lupanar Kamasutra, recomendando iniciar el procedimiento sancionador y que se declare de oficio la nulidad de la licencia de funcionamiento del referido establecimiento, habrían realizado actos que serían de ejecución netamente administrativa, y que, por ende, no se encontrarían dentro de sus facultades fiscalizadores, según la LOM. Mediante Auto N° 1, de fecha 18 de enero de 2013 (fojas 32 a 33 del acompañado), recibido por la Municipalidad Provincial de Barranca el día 25 de febrero de 2013, y recaído en el Expediente N° J-2013-00056, este órgano colegiado derivó la solicitud de declaratoria de vacancia al respectivo concejo municipal, para su tramitación conforme a ley. Respecto a los descargos presentados por el alcalde y los regidores Los regidores cuestionados, con fecha 5 de abril de 2013, presentaron sus descargos contra la solicitud de vacancia, señalando que la conducta desplegada como integrantes del concejo municipal de la Municipalidad Provincial de Barranca en la aprobación de los Acuerdos de Concejo N° 108-2012-AL/CPB, N° 109-2012-AL/ CPB y N° 110-2012-AL/CPB, todos ellos de fecha 19 de diciembre de 2012, no se contrapone a ninguna función administrativa, como lo afi rma el solicitante de la vacancia, dado que ninguna de las decisiones que tomaron se encuentra reservada a las dependencias administrativas de la mencionada comuna. Igualmente, precisan que su voluntad a la hora de emitir los referidos acuerdos no ha sido entrometerse y mucho menos realizar una función administrativa y/o ejecutiva. Así, indican que dichos acuerdos no contienen un mandato imperativo o una orden de obligatorio cumplimiento, sino, muy por el contrario, solo pretenden dar a conocer una serie de recomendaciones que deben ser puestas en conocimiento a las instancias correspondientes. Sobre la posición del concejo municipal de la Municipalidad Provincial de Barranca Tal como consta del acta de sesión extraordinaria, llevada a cabo con fecha 5 de abril de 2013 (fojas 17 a 30), el concejo municipal de la Municipalidad Provincial de Barranca acordó por unanimidad, con once votos, rechazar la solicitud de declaratoria de vacancia presentada por Víctor Percy Gonzales Gomero, en contra de Eladio Gutiérrez Escalante, Carmen del Pilar Kasano Neyra, Karem Analí Vega Flores, José Enrique Valverde Ponte, Diógenes Leocadio Torres Ventocilla, Reina Isabel Trujillo Soto, Mitsy Elízabeth Nolasco Rivera de Corpus, Teófilo Garay Sánchez, Lay Amasifuén Ochavano Vda. de Iwahana, Antonio Eugenio Portilla Zuloaga y Fernando Valle Saavedra, regidores de la referida comuna. La mencionada decisión se formalizó mediante el Acuerdo de Concejo N° 030-2013-AL/CPB, de fecha 5 de abril de 2013 (fojas 10 a 16). Sobre el recurso de apelación Con escrito de fecha 19 de abril de 2013 (fojas 4 a 5), Víctor Percy Gonzales Gomero interpuso recurso de apelación contra el Acuerdo de Concejo N° 030-2013-AL/ CPB, de fecha 5 de abril de 2013, que rechazó la solicitud de vacancia presentada en contra de los cuestionados regidores, reafi rmando los argumentos expuestos en su referida de vacancia. Sobre el escrito de desistimiento parcial presentado por el solicitante de la vacancia Mediante escrito, de fecha 5 de junio de 2013 (fojas 225 a 226), Víctor Percy Gonzales Gomero presentó un escrito de desistimiento del recurso de apelación interpuesto, con respecto a los regidores Eladio Gutiérrez Escalante, Carmen del Pilar Kasano Neyra, Karem Analí Vega Flores, José Enrique Valverde Ponte, Diógenes Leocadio Torres Ventocilla, Reina Isabel Trujillo Soto y Mitsy Elízabeth Nolasco Rivera de Corpus, señalando que el recurso subsistiría en relación a los regidores Teófi lo Garay Sánchez, Lay Amasifuén Ochavano Vda. de Iwahana, Antonio Eugenio Portilla Zuloaga y Fernando Valle Saavedra.