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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2013 (05/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de marzo de 2013 490109 ARÉVALO ANGELES, DNI 43334737 y al Coronel FAP Ricardo Absalón GUERRA DÍAZ, DNI Nº 02836901, para que participen en la “Primera Reunión Presencial del Comité Consultivo de Especialistas”, encargado de elaborar una propuesta de esquema de vinculación industrial para la ejecución del proyecto de diseño, desarrollo y producción regional del Avión de Entrenamiento Primario - Básico “UNASUR I”, que se llevará a cabo en la ciudad de Córdoba - República Argentina, del 07 al 08 de marzo de 2013; así como autorizar su salida del país el 06 de marzo de 2013 y su retorno el 09 de marzo de 2013. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Administración General efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos: Lima - Córdoba (Argentina) - Lima US$ 1,133.41 x 3 personas. (Incluye TUUA) US$ 3,400.23 Viáticos: US$ 200.00 x 3 personas x 3 días US$ 1,800.00 TOTAL US$ 5,200.23 Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dicho personal deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 907609-1 Autorizan viaje de Personal Militar y Civil FAP a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 074-2013-DE/FAP Lima, 4 de marzo de 2013 Visto la Papeleta de Trámite NC-5-SGFA-Nº 0661 del 15 de febrero de 2013 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú y el Ofi cio NC-60-G841-Nº 0349 del 15 de febrero de 2013 del Comandante del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación de la aeronave Boeing 737-200 FAP-352, que trasladará al señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y Comitiva Ofi cial a la ciudad de Santiago de Chile - República de Chile, para que participen en los actos celebratorios por la Conmemoración del Centenario de la Escuela de Aviación “Capitán Manuel Ávalos Prado” y de la Aviación Militar de Chile, del 05 al 08 de marzo de 2013; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951– Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar y Civil FAP, que conformarán la tripulación de la aeronave Boeing 737-200 FAP-352, que trasladará al señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y Comitiva Ofi cial a la ciudad de Santiago de Chile - República de Chile, para que participen en los actos celebratorios por la Conmemoración del Centenario de la Escuela de Aviación “Capitán Manuel Ávalos Prado” y de la Aviación Militar de Chile del 05 al 08 de marzo de 2013: Tripulación Principal Mayor General FAP CARLOS ALBERTO CAMACHO PAREDES Piloto NSA: O-9371277 DNI: 09344512 Coronel FAP RICARDO ABSALON GUERRA DIAZ Piloto NSA: O-9536186 DNI: 02836901 Coronel FAP JUAN CARLOS JULIAN PEDEMONTE GARCIA Piloto NSA: O-9539886 DNI: 02840132 Comandante FAP LUIS ALBERTO HUISA CORNEJO Piloto NSA: O-9582190 DNI: 43345549 Técnico Inspector FAP JULIO ANTONIO QUICAÑA CONTRERAS Mecánico NSA: S-60551687 DNI: 06282743 Técnico Inspector FAP ANSELMO WILSON MARTIN OLEA ALFARO Mecánico NSA: S-60547387 DNI: 43329903 Empleada Civil FAP FIORELLA GUILIANA OLIVA BOSLEMAN Hostess NSA: C-71347807 DNI: 44934122 Empleada Civil FAP MARIANA LOURDES CASTRO LOAYZA Hostess NSA: C-78129612 DNI: 09997179 Empleado Civil FAP YELITZA MARIELA REYES LAUREANO Purser NSA: C-78066810 DNI: 45560863 Tripulación Alterna Coronel FAP GUILLERMO MARTIN MENENDEZ LOPEZ Piloto NSA: O-9537486 DNI: 43595837 Comandante FAP EDWIN LUIS FERNANDEZ GARCIA Piloto NSA: O-9599391 DNI: 43334735 Técnico Inspector FAP JOSE ANTONIO BARDALES MATTA Mecánico NSA: S-60531187 DNI: 06723835 Empleada Civil FAP CLAUDIA MARCELA ORTEGA FIGUEROA Hostess NSA: C-71347907 DNI: 45555238 Artículo 2º.- La participación de la Tripulación Alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación por parte de la Tripulación Principal. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos: US $ 200.00 x 03 días x 09 personas = US $ 5,400.00 -------------------------- TOTAL = US $ 5,400.00 Artículo 4º.-El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder