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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2013 (05/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de marzo de 2013 490118 Que, en el referido evento, se han considerado como ejes temáticos la respuesta del sector salud frente a la violencia basada en género, aspectos de controversia en los tratamientos psicofarmacológicos y avances en el manejo de los trastornos relacionados con la reproducción, entre otros; Que la Vicepresidenta del Comité Organizador del “Quinto Congreso Mundial de Salud Mental de las Mujeres”, solicita al Despacho Ministerial el auspicio del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para dicho evento; Que, de acuerdo con los informes de visto, el auspicio del citado evento cuenta con la conformidad de los órganos técnicos competentes; Que en este sentido, resulta pertinente otorgar el auspicio al “Quinto Congreso Mundial de la Salud Mental de las Mujeres” organizado por la Asociación Internacional de Salud Mental para las Mujeres; Con las conformidades del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Dirección General de Igualdad de Género y No Discriminación, de la Dirección General contra la Violencia de Género y la Ofi cina de comunicación; y, Estando a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1098 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Asociación Internacional de Salud Mental para las Mujeres (IAWMH por sus siglas en inglés), el uso del logotipo institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables en la difusión del “Quinto Congreso Mundial de Salud Mental de las Mujeres”, a realizarse en la ciudad de Lima del 4 al 7 de marzo de 2013, por los fundamentos vertidos en los considerandos precedentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP 907604-1 VIVIENDA Autorizan Transferencias Financieras a favor de la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco Sociedad Anónima - EPS SEDACUSCO S.A. y de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. - EPS EMPSSAPAL S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 056-2013-VIVIENDA Lima, 4 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 096-2000-EF, se aprobó la Operación de Endeudamiento Externo entre la República del Perú y el Japan Bank for International Cooperatión – JBIC, hasta por ¥ 7 636 000 000,00 (SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 Yenes Japoneses), para fi nanciar parcialmente el “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación de Agua Potable y Alcantarillado en las ciudades de Iquitos, Cusco y Sicuani”, suscribiéndose el respectivo Convenio de Préstamo Nº PE-P29 de fecha 04 de setiembre del 2000; Que, el citado Convenio de Préstamo, en su Anexo 1, establece que la “Unidad Ejecutora”, encargada de la coordinación y administración integral del Proyecto, sería el Programa Nacional de Agua Potable – PRONAP, órgano que posteriormente fue subrogado en sus funciones y competencias por el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento – PARSSA, que a su vez fue absorbido por el Programa Agua para Todos, ahora Programa Nacional de Saneamiento Urbano – PNSU, conforme a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 002-2012-VIVIENDA; como órgano responsable de coordinar acciones de los proyectos del sector saneamiento, conforme lo establece el Decreto Supremo Nº 006-2007-VIVIENDA; además, el citado Convenio, en su Anexo 1, precisa que las “Agencias de Implementación” para la ejecución del proyecto en mención sería, entre otras, la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco Sociedad Anónima - EPS SEDACUSCO S.A.; Que, en el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 768-2008-EF/75, de fecha 23 de diciembre de 2008, se aprobó el Convenio de Traspaso de Recursos, de la operación de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo Nº 096-2000-EF, donde se establece que el Ministerio de Economía y Finanzas – MEF traslada a la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco Sociedad Anónima - EPS SEDACUSCO S.A., la suma de ¥ 1 336 000 000,00; Que, en el marco del Convenio de Préstamo antes señalado, con fecha 22 de enero del 2009 se suscribió el Convenio de Implementación para la ejecución del Proyecto “Lote 3: Planta de Tratamiento de Aguas Residuales - Cusco”, entre el Programa Agua Para Todos y la EPS SEDACUSCO S.A., en el cual se establecen los alcances y obligaciones de las partes, procedimientos y demás condiciones en que se desarrollará la implementación del proyecto en la ciudad de Cusco; Que, en la Cláusula Cuarta del Convenio antes citado, se establece como una de las obligaciones del Programa Agua Para Todos (ahora Programa Nacional de Saneamiento Urbano – PNSU), formalizar la transferencia fi nanciera a la EPS SEDACUSCO S.A. de los recursos presupuestales en la fuente de fi nanciamiento de recursos externos para la ejecución de la obra del Lote 3 Cusco; Que, mediante el Convenio Interinstitucional de Cooperación Financiera entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la EPS SEDACUSCO S.A., de fecha 18 de julio del 2011, se establece en su Cláusula Sexta que los recursos a fi nanciar por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento serán por la suma total de S/. 8 600 000,00, con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para la ejecución del Proyecto “Lote 3: Planta de Tratamiento de Aguas Residuales - Cusco”, los cuales serán transferidos mediante Transferencias Financieras a favor de la EPS SEDACUSCO S.A.; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 062-2012- VIVIENDA, de fecha 27 de marzo de 2012, se autorizó, entre otros, una Transferencia Financiera del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos (ahora Programa Nacional de Saneamiento Urbano) a favor de la EPS SEDACUSCO S.A., hasta por la suma de S/. 8 600 000,00 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para ser destinada a la ejecución del proyecto Lote 3: Planta de Tratamiento de Aguas Residuales - Cusco, en el marco del Contrato de Préstamo PE-P29; Que, mediante la Adenda Nº 1 al Convenio Interinstitucional de Cooperación Financiera entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la EPS SEDACUSCO S.A., de fecha 22 de noviembre de 2012, correspondiente a la Obra Lote 3 “Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Jerónimo” - Convenio de Préstamo Nº PE–P29, se establece que las partes acuerdan que VIVIENDA efectuará un aporte total adicional al monto de fi nanciamiento comprometido mediante Convenio de fecha 18 de julio de 2011, por el monto de S/. 26 343 619,66; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 275 2012-VIVIENDA, de fecha 06 de diciembre de 2012, se autorizó, entre otras, una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor de la EPS SEDACUSCO S.A., hasta por la suma de S/. 4 210 846,00 con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinada al fi nanciamiento de la Obra Lote 3: Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Jerónimo, del Proyecto “Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado