Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2013 (05/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, martes 5 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

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financiera sera atendida con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, mediante el Memorandum Nº 448-2013/ VIVIENDA-OGPP la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, emitio opinion favorable y propone una Resolucion Ministerial que autorice la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. ­ EPS EMPSSAPAL S.A., por la suma de S/. 16 267 720,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada al financiamiento de la "Obra: Lotes 4 y 5 del Proyecto Ampliacion y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la MORDAZA de Sicuani" (PE-P29)"; asimismo, informo que se cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/. 16 267 720,00, con cargo al Presupuesto 2013 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, Programa Presupuestal 0082: Agua y Saneamiento para la Poblacion MORDAZA, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento MORDAZA, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Generica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias; Que, el literal b) numeral 12.1 del articulo 12º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, autoriza en el presente ano fiscal la realizacion de manera excepcional de transferencias financieras, entre otros, para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperacion internacional reembolsables y no reembolsables y las operaciones oficiales de credito celebrados en el MORDAZA de la normativa vigente; asimismo, el numeral 12.2 del referido articulo, establece que las transferencias financieras autorizadas en el parrafo 12.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante Resolucion del Titular del Pliego, la misma que se publica en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; y en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizacion de Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, hasta por la suma de S/. 16 267 720,00 (DIECISEIS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. ­ EPS EMPSSAPAL S.A., destinada al financiamiento de la Obra: Lotes 4 y 5 del Proyecto "Ampliacion y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la MORDAZA de Sicuani", en el MORDAZA del Convenio de Prestamo PE-P29. Articulo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial se atendera con cargo a los recursos aprobados en el Presupuesto Institucional 2013, del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, Programa 0082: Agua y Saneamiento para la Poblacion MORDAZA, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia autorizada por el articulo 1º del presente dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Articulo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas fisicas y financieras para los cuales se realiza la presente transferencia, en el MORDAZA de lo dispuesto por el numeral 12.3 del articulo 12º de la Ley Nº 29951,Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013. Articulo 5.- Informacion La Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. - EMPSSAPAL S.A. informara al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion del proyecto a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en el Convenio correspondiente, para efectos de lo dispuesto en el articulo 4º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 907605-2

Aprueban apertura de los registros del programa Techo Propio para el otorgamiento del MORDAZA Familiar Habitacional (BFH) en la Modalidad de Aplicacion de Construccion en Sitio Propio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 058-2013-VIVIENDA MORDAZA, 4 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27829, se creo el MORDAZA Familiar Habitacional - BFH como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el mismo que se otorga en los ambitos MORDAZA y rural, por una sola vez al grupo familiar beneficiario, sin cargo de restitucion por parte de estos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro y esfuerzo constructor; el cual se destina exclusivamente a la adquisicion, construccion en sitio propio o mejoramiento de una vivienda de interes social; Que, con Resolucion Ministerial Nº 054-2002VIVIENDA, se declaro de utilidad publica, la creacion y desarrollo del Proyecto Techo Propio con el objetivo de promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso a los sectores populares a una vivienda MORDAZA y estimular la participacion del sector privado en la construccion masiva de viviendas de interes social; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 091-2011VIVIENDA se aprobo la metodologia para priorizar la atencion de la poblacion con el BFH, en las Modalidades de Aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, teniendo en consideracion el deficit cualitativo MORDAZA y las zonas donde dicho subsidio se MORDAZA otorgado en menor porcentaje; no obstante, en dicha metodologia no se han tomado en consideracion indicadores del nivel de titulacion de los predios y la dotacion de servicios basicos como son agua, desague y electricidad, los cuales representan requisitos de obligatorio cumplimiento para los grupos familiares postulantes al BFH, de conformidad a lo previsto en los articulos 17 y 36 del Reglamento Operativo para Acceder al MORDAZA Familiar Habitacional ­ BFH para las Modalidades de Aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, aprobado con Resolucion Ministerial N°102-2012-VIVIENDA; Que, de acuerdo al numeral 18.1 del articulo 18 del citado Reglamento Operativo, los Grupos Familiares postularan al MORDAZA Familiar Habitacional - BFH, previo MORDAZA de convocatoria publicado mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento;

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