Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2013 (05/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, martes 5 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

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cuatro (04) Disposiciones Complementarias Finales, dos (02) Disposiciones Complementarias Transitorias y tres (3) Anexos, y forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Derogar la Directiva N° 001-2012OEFA/PCD denominada "Procedimiento para la Inscripcion en el Registro de Terceros Supervisores y Terceros Fiscalizadores del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA", aprobada mediante Resolucion de Presidencia del Consejo Directivo N° 0542012-OEFA/PCD del 25 de junio del 2012. Articulo 3°.- Encargar a la Oficina de Administracion la publicacion de la informacion de las contrataciones que se generen bajo el regimen establecido en el Reglamento aprobado en el Articulo 1° de la presente Resolucion en el MORDAZA del Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE. Articulo 4°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion y la MORDAZA aprobada en su Articulo 1° en el diario oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe). Articulo 5°.- Disponer la publicacion de los Anexos del Reglamento aprobado en el Articulo 1° de la presente Resolucion en el MORDAZA Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA APAC Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA REGLAMENTO DEL REGIMEN DE CONTRATACION DE TERCEROS EVALUADORES, SUPERVISORES Y FISCALIZADORES DEL ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL - OEFA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1°.- Objeto En aplicacion de lo establecido en el Numeral 12.2 del Articulo 12° de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, el presente Reglamento tiene por objeto regular los criterios y procedimientos especificos para la calificacion y clasificacion de los Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores que ejerzan las funciones de fiscalizacion ambiental a cargo del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, asi como determinar los procedimientos para el respectivo registro, seleccion, contratacion y ejecucion de las funciones ejercidas. Articulo 2°.- Alcance Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento resultan aplicables a todas las personas naturales y juridicas que soliciten su inscripcion en el Registro de Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores del OEFA, y a los funcionarios y servidores que participen directa o indirectamente en el MORDAZA de inscripcion, seleccion y contratacion de Terceros, independientemente de su regimen contractual. Articulo 3°.- Finalidad El presente Reglamento tiene por finalidad lograr una eficiente gestion administrativa en la contratacion de Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores, desde su inscripcion en el Registro de Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores del OEFA hasta el pago correspondiente, optimizando el uso efectivo de los recursos asignados. Articulo 4°.- Definiciones Para efectos del presente Reglamento, resulta pertinente establecer las siguientes definiciones: a) Categoria: Se refiere al sector, area o especialidad en la que los Terceros Supervisores, Evaluadores y Fiscalizadores prestaran el servicio. Las categorias son las siguientes: 1. Tercero Supervisor en Mineria 2. Tercero Supervisor en Hidrocarburos 3. Tercero Supervisor en Electricidad

4. Tercero Supervisor en Pesqueria 5. Tercero Supervisor en Industria 6. Tercero Supervisor de Entidades Publicas 7. Tercero Evaluador en Calidad del Aire 8. Tercero Evaluador de Agua 9. Tercero Evaluador de Suelo 10. Tercero Evaluador de Sistemas Biologicos 11. Tercero Evaluador en Gestion Socioambiental 12. Tercero Fiscalizador b) Fiscalizacion ambiental: Se refiere al macroproceso que comprende las funciones de evaluacion, supervision directa, supervision de Entidades Publicas y fiscalizacion. c) Nivel: Se refiere a la experiencia y formacion academica acreditada de acuerdo a los requisitos senalados en Titulo III del presente Reglamento. Los niveles son los siguientes: 1. Supervisor I (S-I) 2. Supervisor II (S-II) 3. Supervisor III (S-III) 4. Evaluador I (E-I) 5. Evaluador II (E-II) 6. Evaluador III (E-III) 7. Fiscalizador I (F-I) 8. Fiscalizador II (F-II) 9. Fiscalizador III (F-III) d) Organo de Linea: Se refiere a la Direccion de Evaluacion, Direccion de Supervision y Direccion de Fiscalizacion, Sancion y Aplicacion de Incentivos. e) Personal Eventual: Personas naturales integrantes de una empresa inscrita en el Registro de Personas Juridicas que pueden formar parte del equipo de otra persona juridica ya inscrita. f) Personal Permanente: Numero minimo de personas con el que debe contar un Tercero inscrito en el Registro de Personas Juridicas y que se encuentra impedido de formar parte del equipo de otra. g) Registro: Entiendase como el Registro de Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores del OEFA. h) Solicitante: Persona natural o juridica que solicita su inscripcion en el Registro. i) Tercero: Se refriere a los Terceros Supervisores, Evaluadores y Fiscalizadores inscritos en el Registro. Los tipos de Terceros son los siguientes: 1. Tercero Supervisor (TS): Persona natural o juridica inscrita en el Registro, que podria ser contratada para ejercer la Funcion Supervisora Directa o Funcion Supervisora de Entidades Publicas, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente. 2. Tercero Evaluador (TE): Persona natural o juridica inscrita en el Registro, que podria ser contratada para ejercer la Funcion Evaluadora o en apoyo a la Funcion de Supervision Directa, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente. 3. Tercero Fiscalizador (TF): Persona natural inscrita en el Registro, que podria ser contratada para colaborar en la etapa de instruccion de la Funcion Fiscalizadora, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente. j) Tercero Seleccionado: Se refiere al Tercero elegido como resultado de un MORDAZA de seleccion para ser contratado por el OEFA. CAPITULO II SUBCAPITULO I REGISTRO DE TERCEROS EVALUADORES, SUPERVISORES Y FISCALIZADORES Articulo 5°.- Clasificacion del Registro El Registro se clasifica en: a) Registro de Personas Naturales b) Registro de Personas Juridicas Articulo 6°.- Contenido del Registro 6.1 El Registro contiene la relacion de especialistas que, de acuerdo a su experiencia y formacion academica y profesional, se encuentran facultados para ejercer las actividades de fiscalizacion ambiental a cargo del OEFA.

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