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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2013 (05/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de marzo de 2013 490119 de la ciudad de Cusco”, en el marco del Convenio de Préstamo PE-P29; Que, mediante el Informe Nº 012-2013-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/3.2, el Jefe de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Sistemas de Información del PNSU, informó que en el año fi scal 2012, del total de las Trasferencias Financieras a favor de la EPS SEDACUSCO S.A. por la suma de S/. 12 810 846,00 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, se han ejecutado a nivel devengado al 31 de diciembre 2012, un monto de S/. 12 717 398,00, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; así mismo, solicitó se gestione la aprobación de la Transferencia Financiera a favor de la EPS SEDACUSCO S.A., por la suma de S/. 22 226 221,71 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para el fi nanciamiento de la Obra Lote 3: Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Jerónimo, del Proyecto “Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de Cusco (PE- P29)”; en el marco del literal b) numeral 12.1 del artículo 12º de la Ley Nº 29951; Que, a través del Memorándum Nº 137-2013/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, la Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, solicitó gestionar el dispositivo de autorice la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco S.A. – EPS SEDACUSCO S.A., por la suma de S/. 22 226 221,71 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinada al fi nanciamiento de la Obra Lote 3: Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Jerónimo, del Proyecto “Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de Cusco (PE-P29)”; en el marco del literal b) numeral 12.1 del artículo 12º de la Ley Nº 29951; asimismo, informó que la transferencia fi nanciera será atendida con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, mediante el Memorándum Nº 441-2013/ VIVIENDA-OGPP la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, emitió opinión favorable y propuso una Resolución Ministerial que autorice la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco S.A. – EPS SEDACUSCO S.A., por la suma de S/. 22 226 221,71 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinada al fi nanciamiento de la “Obra Lote 3: Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Jerónimo, del Proyecto Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de Cusco (PE-P29)”; asimismo, informó que se cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/. 22 226 222,00, con cargo al Presupuesto 2013 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Agua y Saneamiento para la Población Urbana, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias; Que, el literal b) numeral 12.1 del artículo 12º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, autoriza en el presente año fi scal la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras, entre otras, que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables y las operaciones ofi ciales de crédito celebrados en el marco de la normativa vigente; asimismo, el numeral 12.2 del referido artículo, establece que las transferencias fi nancieras autorizadas en el párrafo 12.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que se publica en el Diario Ofi cial El Peruano; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 22 226 221,71 (VEINTIDOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO Y 71/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco Sociedad Anónima - EPS SEDACUSCO S.A, destinada al fi nanciamiento de la Obra Lote 3: Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Jerónimo, del Proyecto “Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de Cusco”, en el marco del Convenio de Préstamo PE-P29. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo a los recursos aprobados en el Presupuesto Institucional 2013, del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa 0082: Agua y Saneamiento para la Población Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL