Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2013 (05/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 5 de marzo de 2013

Articulo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas fisicas y financieras para los cuales se realiza la presente transferencia, en el MORDAZA de lo dispuesto por el numeral 12.3 del articulo 12 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013. Articulo 5.- Informacion La EPS SEDACUSCO S.A. informara al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion del proyecto a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en el Convenio correspondiente, para efectos de lo dispuesto en el articulo 4 de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 907605-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 057-2013-VIVIENDA MORDAZA, 4 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 096-2000EF del 30 de agosto del 2000, se aprobo la Operacion de Endeudamiento Externo entre la Republica del Peru y el Japan Bank for International Cooperation ­ JBIC (Hoy JICA), hasta por la suma de ¥ 7,636'000,000.00 (Siete Mil Seiscientos Treinta y Seis Millones y 00/100 Yenes Japoneses), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Mejoramiento y Ampliacion de Agua Potable y Alcantarillado en las Ciudades de Iquitos, MORDAZA y Sicuani", suscribiendose el respectivo Convenio de Prestamo PE-P29 el 4 de setiembre del 2000; Que, el citado Decreto Supremo, establece como unidad ejecutora del Proyecto de Mejoramiento y Ampliacion de Agua Potable y Alcantarillado en las Ciudades de Iquitos, MORDAZA y Sicuani, al Ministerio de la Presidencia a traves del Programa Nacional de Agua Potable ­ PRONAP, organo que posteriormente fue subrogado en sus funciones y competencias por el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento ­ PARSSA, el que a su vez fue absorbido por el Programa Agua para Todos del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, actualmente denominado Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA ­ PNSU, conforme a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 002-2012-VIVIENDA; ademas, preciso que actuarian como Unidades Implementadoras la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA S.A. ­ EPS SEDALORETO S.A.; Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del MORDAZA S.A. ­ EPS SEDACUSCO S.A. y la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. ­ EPS EMPSSAPAL S.A.; Que, con Resolucion Ministerial Nº 329-2008-EF/75, se aprobo el Convenio de Traspaso de Recursos de la operacion de endeudamiento externo aprobada por Decreto Supremo Nº 096-2000-EF, a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. ­ EMPSSAPAL S.A. por ¥ 1,852'000,000 (Mil Ochocientos Cincuenta y Dos Millones y 00/100 Yenes Japoneses); y la constitucion de un Fideicomiso entre el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional de Endeudamiento Publico (hoy Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico), la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de la Provincias Alto Andinas S.A. ­ EMPSSAPAL S.A., el Gobierno Regional de MORDAZA, la Municipalidad Provincial de Canchis y el Banco de la Nacion, en calidad de fiduciario, como mecanismo de devolucion para el pago del servicio de deuda de la operacion de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo 096-2000-EF; Que, con Oficio Nº 1246-2009-EF/75.22, el Ministerio de Economia y Finanzas comunico al Programa Agua

Para Todos (hoy Programa Nacional de Saneamiento Urbano), que el Gobierno Nacional acordo a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros, en una Mesa de Dialogo con la Provincia de Canchis ­ Sicuani que el financiamiento del citado proyecto sera asumido por el Gobierno Regional de MORDAZA con S/. 15 000 000,00; por la Municipalidad Provincial de Canchis con S/. 5 000 000,00; y el saldo del monto de la inversion estara a cargo del Gobierno Nacional a traves del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a fin de coadyuvar a la viabilidad financiera para la ejecucion del proyecto a traves de EMPSSAPAL S.A.; Que, con Oficio Nº 004-2012-C.L.P.I. Nº 01/EPSEMPSSAPAL S.A. de fecha 25 de octubre del 2012, el Presidente del Comite Especial de Licitacion Publica Internacional, lotes 4 y 5 Convenio de Prestamo PE-P29 EMPSSAPAL S.A., comunico a la empresa contratista COMSA S.A. Sucursal del Peru, la adjudicacion del contrato por la suma de S/. 64 102 317,68 (Sesenta y Cuatro Millones Ciento Dos Mil Trescientos Diecisiete y 68/100 Nuevos Soles); habiendose programado el inicio de la obra para el 01 de diciembre del 2012; Que, mediante el Convenio de Cooperacion Financiera entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la EPS EMPSSAPAL S.A., de fecha 31 de octubre del 2012, se establecio que los recursos a financiar por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento seran por la suma total de S/. 49 602 317,68, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para el financiamiento y ejecucion de las obras de los Lotes 4 y 5 "Ampliacion y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la MORDAZA de Sicuani"; en el MORDAZA del Convenio de Prestamo PE-P29, los cuales seran transferidos mediante Transferencias Financieras a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. ­ EPS EMPSSAPAL S.A.; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 264-2012VIVIENDA, de fecha 26 de noviembre de 2012, se autorizo una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, hasta por la suma de S/. 16 025 580,00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. - EMPSSAPAL S.A. para ser destinada a la ejecucion del proyecto "Ampliacion y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en la MORDAZA de Sicuani", en el MORDAZA del Convenio de Prestamo PE-P29; Que, mediante Informe Nº 013-2013-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/3.2, el Jefe de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Sistemas de Informacion del Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA - PNSU, informo que en el ano fiscal 2012, del total de las Trasferencias Financieras efectuadas a favor de la EPS EMPSSAPAL S.A., por la suma de S/. 16 025 580,00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se ha ejecutado a nivel devengado al 31 de diciembre 2012, la suma de S/. 16 025 579,00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; asi mismo, solicito gestionar la aprobacion de la Transferencia Financiera a favor de la EPS EMPSSAPAL S.A., por la suma de S/. 16 267 720,00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para el financiamiento de la continuidad de ejecucion de los Lotes 4 y 5 "Ampliacion y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la MORDAZA de Sicuani" (PEP29)"; en el MORDAZA del literal b) numeral 12.1 del articulo 12º de la Ley Nº 29951; Que, a traves del Memorandum Nº 138-2013/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, la Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, solicito gestionar el dispositivo que autorice la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. ­ EPS EMPSSAPAL S.A., por la suma de S/. 16 267 720,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada al financiamiento de la Obra: Lotes 4 y 5 "Ampliacion y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la MORDAZA de Sicuani"; en el MORDAZA del literal b) numeral 12.1 del articulo 12º de la Ley Nº 29951; asimismo, informo que la transferencia

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