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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de marzo de 2013 490120 Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para los cuales se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013. Artículo 5.- Información La EPS SEDACUSCO S.A. informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución del proyecto a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en el Convenio correspondiente, para efectos de lo dispuesto en el artículo 4 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 907605-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 057-2013-VIVIENDA Lima, 4 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 096-2000- EF del 30 de agosto del 2000, se aprobó la Operación de Endeudamiento Externo entre la República del Perú y el Japan Bank for International Cooperation – JBIC (Hoy JICA), hasta por la suma de ¥ 7,636’000,000.00 (Siete Mil Seiscientos Treinta y Seis Millones y 00/100 Yenes Japoneses), destinada a fi nanciar parcialmente el “Proyecto de Mejoramiento y Ampliación de Agua Potable y Alcantarillado en las Ciudades de Iquitos, Cusco y Sicuani”, suscribiéndose el respectivo Convenio de Préstamo PE-P29 el 4 de setiembre del 2000; Que, el citado Decreto Supremo, establece como unidad ejecutora del Proyecto de Mejoramiento y Ampliación de Agua Potable y Alcantarillado en las Ciudades de Iquitos, Cusco y Sicuani, al Ministerio de la Presidencia a través del Programa Nacional de Agua Potable – PRONAP, órgano que posteriormente fue subrogado en sus funciones y competencias por el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento – PARSSA, el que a su vez fue absorbido por el Programa Agua para Todos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, actualmente denominado Programa Nacional de Saneamiento Urbano – PNSU, conforme a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 002-2012-VIVIENDA; además, precisó que actuarían como Unidades Implementadoras la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Loreto S.A. – EPS SEDALORETO S.A.; Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco S.A. – EPS SEDACUSCO S.A. y la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. – EPS EMPSSAPAL S.A.; Que, con Resolución Ministerial Nº 329-2008-EF/75, se aprobó el Convenio de Traspaso de Recursos de la operación de endeudamiento externo aprobada por Decreto Supremo Nº 096-2000-EF, a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. – EMPSSAPAL S.A. por ¥ 1,852’000,000 (Mil Ochocientos Cincuenta y Dos Millones y 00/100 Yenes Japoneses); y la constitución de un Fideicomiso entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional de Endeudamiento Público (hoy Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público), la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de la Provincias Alto Andinas S.A. – EMPSSAPAL S.A., el Gobierno Regional de Cusco, la Municipalidad Provincial de Canchis y el Banco de la Nación, en calidad de fi duciario, como mecanismo de devolución para el pago del servicio de deuda de la operación de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo 096-2000-EF; Que, con Ofi cio Nº 1246-2009-EF/75.22, el Ministerio de Economía y Finanzas comunicó al Programa Agua Para Todos (hoy Programa Nacional de Saneamiento Urbano), que el Gobierno Nacional acordó a través de la Presidencia del Consejo de Ministros, en una Mesa de Diálogo con la Provincia de Canchis – Sicuani que el fi nanciamiento del citado proyecto será asumido por el Gobierno Regional de Cusco con S/. 15 000 000,00; por la Municipalidad Provincial de Canchis con S/. 5 000 000,00; y el saldo del monto de la inversión estará a cargo del Gobierno Nacional a través del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a fi n de coadyuvar a la viabilidad fi nanciera para la ejecución del proyecto a través de EMPSSAPAL S.A.; Que, con Ofi cio Nº 004-2012-C.L.P.I. Nº 01/EPS- EMPSSAPAL S.A. de fecha 25 de octubre del 2012, el Presidente del Comité Especial de Licitación Pública Internacional, lotes 4 y 5 Convenio de Préstamo PE-P29 EMPSSAPAL S.A., comunicó a la empresa contratista COMSA S.A. Sucursal del Perú, la adjudicación del contrato por la suma de S/. 64 102 317,68 (Sesenta y Cuatro Millones Ciento Dos Mil Trescientos Diecisiete y 68/100 Nuevos Soles); habiéndose programado el inicio de la obra para el 01 de diciembre del 2012; Que, mediante el Convenio de Cooperación Financiera entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la EPS EMPSSAPAL S.A., de fecha 31 de octubre del 2012, se estableció que los recursos a fi nanciar por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento serán por la suma total de S/. 49 602 317,68, con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para el fi nanciamiento y ejecución de las obras de los Lotes 4 y 5 “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de Sicuani”; en el marco del Convenio de Préstamo PE-P29, los cuales serán transferidos mediante Transferencias Financieras a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. – EPS EMPSSAPAL S.A.; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 264-2012- VIVIENDA, de fecha 26 de noviembre de 2012, se autorizó una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 16 025 580,00 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. - EMPSSAPAL S.A. para ser destinada a la ejecución del proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en la Ciudad de Sicuani”, en el marco del Convenio de Préstamo PE-P29; Que, mediante Informe Nº 013-2013-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/3.2, el Jefe de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Sistemas de Información del Programa Nacional de Saneamiento Urbano - PNSU, informó que en el año fi scal 2012, del total de las Trasferencias Financieras efectuadas a favor de la EPS EMPSSAPAL S.A., por la suma de S/. 16 025 580,00 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, se ha ejecutado a nivel devengado al 31 de diciembre 2012, la suma de S/. 16 025 579,00 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; así mismo, solicitó gestionar la aprobación de la Transferencia Financiera a favor de la EPS EMPSSAPAL S.A., por la suma de S/. 16 267 720,00 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para el fi nanciamiento de la continuidad de ejecución de los Lotes 4 y 5 “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la Ciudad de Sicuani” (PE- P29)”; en el marco del literal b) numeral 12.1 del artículo 12º de la Ley Nº 29951; Que, a través del Memorándum Nº 138-2013/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, la Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, solicitó gestionar el dispositivo que autorice la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. – EPS EMPSSAPAL S.A., por la suma de S/. 16 267 720,00, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinada al fi nanciamiento de la Obra: Lotes 4 y 5 “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la Ciudad de Sicuani”; en el marco del literal b) numeral 12.1 del artículo 12º de la Ley Nº 29951; asimismo, informó que la transferencia